La reparación depende del lugar donde se presta el servicio y, según la posición de los recurrentes, se determina en función del lugar donde se consume el servicio. En su opinión, el lugar de consumo de los servicios del emisor, que le dan derecho a una comisión cruzada, está fuera de Israel. Esta conclusión es ciertamente correcta, según el argumento, en la medida en que se considera que el servicio es consumido por el adquirente extranjero y la empresa extranjera, pero según el enfoque de los recurrentes, la conclusión es correcta incluso si el servicio también se considera necesario para un titular de tarjeta israelí que compra un producto o servicio en una empresa en el extranjero. Como mínimo, hay espacio para decir esto con respecto a las transacciones con un documento completo, que muestran la presencia del titular de la tarjeta en el extranjero, y también con respecto a las transacciones con un documento faltante en aquellas industrias en las que es probable que la presencia del consumidor en el extranjero esté presente en el momento de la transacción.
Otro argumento esgrimido por los recurrentes es que la garantía de pago que proporcionan a los adquirentes y a las empresas extranjeras debe considerarse como un caso de "venta de un activo intangible a un residente extranjero", que goza de un tipo impositivo cero en virtud del artículo 30(a)(2) de la Ley. Según ellos:
"La finalidad de los servicios de garantía de pagos es examinar, a raíz de la solicitud del adquirente extranjero a los recurrentes, si es posible garantizar al adquirente extranjero el reembolso de la contraprestación con respecto a una transacción básica realizada con tarjeta de crédito [...] Una promesa que constituye, en la práctica, la concesión del derecho al olvido.
... El derecho a la pérdida es un "derecho" que tiene "valor económico" y constituye un "derecho" a la luz de la Ley del IVA. ... El derecho de caducidad (el derecho que recibe el adquirente extranjero para reembolsar la contraprestación de la transacción básica) es un activo".