A falta de la aplicabilidad del artículo 30(a)(5), no es necesario examinar la calificación establecida en el artículo 12a(a) ("con respecto a un activo situado en Israel") -una disposición que sólo califica el artículo 30(a)(5) de la Ley (y, por lo tanto, no es necesario examinar la cuestión de si el dinero encontrado en la cuenta bancaria del titular de la tarjeta, o en la propia cuenta, constituye un "activo" en el sentido del artículo 1 de la Ley, en vista de la exclusión de los "documentos negociables y los derechos sobre los mismos" en la definición de "bienes" allí- y cf. CA 419/86 MS Lifting Accessories Ltd. v. Estado de Israel - MiILSterio de Finanzas, dado el 12 de julio de 1987).
En caso afirmativo, queda por examinar la posible aplicabilidad del artículo 30 a) 7) de la Ley, que prevé un tipo impositivo cero debido a "la prestación de servicios en el extranjero por un comerciante cuyo establecimiento principal se encuentre en Israel". Como se ha dicho, no hay duda de que la conclusión se cumple. Además, según la interpretación aceptada de esta disposición, el lugar donde se "presta" el servicio es el lugar donde el destinatario consume el servicio, y las partes en cuestión no se opusieron a esta interpretación general.
Las partes han dedicado muchos argumentos al hecho de que la comisión cambiaria está relacionada (o no) con una operación de cambio de divisas. En mi opinión, las implicaciones de esta disputa se refieren en última instancia a la aplicación de la sección 30 (a) (7) y, en particular, con respecto al lugar donde se consume el servicio: si se dice que la tarifa de cambio de divisas se cobra efectivamente debido a la realización de un cambio de moneda (conversión), y la moneda cambiada (nuevos shekels) está en la cuenta del titular de la tarjeta en Israel (incluso si no es un "activo" como se mencionó anteriormente), entonces tal determinación respaldará el enfoque del demandado. Si, por otro lado, estamos de acuerdo con los apelantes en que el intercambio de monedas no tiene lugar realmente, sino solo la presentación o "traducción" de valores, entonces podemos decir más fácilmente que el consumo de los servicios del emisor está fuera de Israel.