Casos legales

Apelación Civil. (Tel Aviv) 67212-03-18 Israel Credit Cards Ltd. v. Petah Tikva Administración del Impuesto sobre el Valor Añadido - parte 43

August 24, 2025
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Si la transacción está denominada en moneda extranjera o la transacción se ejecutó en el extranjero (incluida una transacción en Internet cuando una empresa tiene su sede en el extranjero o cuando una empresa tiene su sede en Israel y deposita comprobantes en el extranjero y el informe de la transacción se ha recibido de la organización internacional), la cuenta se cargará en moneda israelí de acuerdo con el siguiente mecaILSmo:

Si la transacción está denominada en una moneda extranjera para la cual el Banco de Israel publica un tipo de cambio representativo, el monto de la transacción se convertirá a shekels de acuerdo con la tasa representativa de la moneda de la transacción como su tasa el día en que se recibe la transacción en las computadoras de Cal, y se le cobrará al cliente una comisión como se especifica en la tabla de tarifas de Cal, que se publica por ley.

Si la transacción está denominada en una moneda extranjera para la cual el Banco de Israel no publica un tipo de cambio representativo o si la transacción está denominada en una moneda israelí, el monto de la transacción se convertirá de la moneda de origen a dólares estadounidenses de acuerdo con la tasa de ventas de la organización internacional el día en que la organización internacional realice la conversión, y luego esa cantidad se convertirá de dólares estadounidenses a moneda israelí a la tasa representativa del dólar estadounidense como su tasa el día en que se recibió la transacción en las computadoras de Cal.  y cobrará al cliente una comisión como se especifica en la tabla de tarifas de Cal, que está debidamente publicada".

Por un lado, el título "conversión de moneda extranjera" y el uso del término "se convertirá" refuerzan ostensiblemente el enfoque del demandado de que estamos tratando con un acto de conversión; Por otra parte, el contenido de la disposición puede interpretarse en el sentido de que respalda el enfoque de los recurrentes de que se trata simplemente de un acto de "traducción" o "cálculo".  De hecho, en el acuerdo paralelo de Isracard con sus clientes (Apéndice 3A de la declaración jurada de la Sra.  Hacham), la cláusula es "Facturación a la cuenta por transacciones en moneda extranjera".

  1. Agregaremos que en el acuerdo de emisión conjunta entre [el emisor] y el banco ______, se establece (en la cláusula 4.3) que "los cargos por transacciones realizadas en moneda extranjera se cargarán a la cuenta del cliente en shekels de acuerdo con el mecaILSmo de conversión utilizado por [el emisor]..."; Del mismo modo, la cláusula 5.4 del acuerdo de oferta conjunta entre [el emisor] y el banco ____ establece que "los cargos por transacciones realizadas en moneda extranjera se cargarán a la cuenta del cliente en shekels o moneda extranjera (a solicitud del cliente), de acuerdo con el mecaILSmo de conversión habitual en [el emisor]".
  2. Con el fin de demostrar que la comisión cambiaria no es (o ya no es una "comisión de conversión"), los recurrentes hacen hincapié en los cambios que se han producido a lo largo de los años en las normas de comisiones antes mencionadas. Lo explicaré.
  3. Como se ha explicado, la imposición de la comisión cambiaria está consagrada en el Reglamento Bancario (Servicio al Cliente) (Comisiones), 5768-2008, tanto en la primera adenda a este reglamento como en la cuarta adenda.

Al establecer las reglas por primera vez (Reglamento 6637, del 8 de enero de 2008, en la página 310) en la primera adenda, que es la "lista completa de precios" de varias tarifas en la industria bancaria, la Parte 6 trató el tema de las "tarjetas de crédito".  En el punto 7) se mencionaba un servicio por el que se puede cobrar una comisión "conversión de divisas debida a transacciones en el extranjero y a retiros de efectivo de un cajero automático".  El cuarto apéndice era más específico y se titulaba "Lista de tasas de tarjetas de crédito".  Allí, en la cláusula (4), el servicio en cuestión se describe generalmente como "servicios en el extranjero o en moneda extranjera", y la subcláusula (4) (a) establece "conversión de moneda debido a transacciones en el extranjero y debido a retiros de efectivo de una máquina automatizada". 

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