De acuerdo con la Sección 30 (a) (5) de la Ley, se aplicará una tasa impositiva cero a una transacción que:
"Prestación de un servicio a un residente extranjero, excepto un servicio determinado por el MiILStro de Finanzas a este respecto; No se considerará que un servicio se presta a un residente extranjero cuando el objeto del acuerdo sea la prestación efectiva del servicio, además del residente extranjero, también a un residente israelí en Israel, a una sociedad en la que la mayoría de los derechos pertenezcan a socios residentes de Israel o a una empresa que, a los efectos de la Ordenanza sobre el impuesto sobre la renta, se considere residente de Israel, a menos que se trate de un servicio para el que forme parte del valor de los bienes determinado como se indica en los artículos 129 a 133T de la Ordenanza de aduanas. Según sea el caso;"
El párrafo 5) mencionado anteriormente beneficia a un servicio prestado a un "residente extranjero", y su propósito es fomentar la actividad económica en el ámbito internacional.
Esta regla está sujeta a tres excepciones importantes:
El artículo 30 c) contiene una definición especial del término "residente extranjero" a los efectos de la aplicación del artículo 30. Según esta definición, un residente extranjero es "un residente extranjero según se define en la sección 1 cuando se encuentra fuera de Israel y no tiene negocios o actividades en Israel ...".[6] En otras palabras, cuando se presta un servicio a una persona que es residente extranjero de conformidad con la definición de este término en el artículo 1 de la Ley, y esa persona, el destinatario del servicio, está presente en Israel, el servicio no se beneficia de una tasa cero en virtud del artículo 30 a) 5);
De conformidad con el artículo 12a, letra a), del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, 5736-1976 (el "Reglamento"), "a los efectos del artículo 30, letra a), apartado 5, de la Ley, no se aplicará un tipo cero a un servicio prestado con respecto a un activo situado en Israel...". En otras palabras, incluso si el servicio se presta a un residente extranjero (y el propio residente extranjero no se encuentra en Israel), si el servicio se presta "con respecto a" un activo ubicado en Israel, no se aplicará una tasa impositiva cero;