Casos legales

Apelacion Civil (Tel Aviv) 3223-03-19 Yoar Elzo Investments Ltd. vs. Aura Israel – Development and Investments Ltd. - parte 2

July 14, 2025
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Visto y coILSderando que,    usted ha puesto en nuestra conocimiento el asunto del proyecto y la propuesta pública en cuestión (en adelante: la "Licitación") y hemos decidido presentar una oferta en la licitación en cooperación con usted, y después de leer y estudiar los documentos de licitación, hemos decidido presentar una oferta en una licitación para la ejecución del proyecto en cuestión;

CoILSderando que                   nos ha declarado que puede y desea ayudarnos a acompañarnos y asesorarnos en todos los asuntos relacionados con la preparación de la oferta para la licitación y, en caso de ganar, coordinará todo el asunto de los inquilinos que viven en el complejo del proyecto firmando acuerdos Pinui-Binui con nosotros, así como acompañándonos, asesorándonos y asistiéndonos en todos los asuntos necesarios frente a los órganos y autoridades relacionados con la gestión, ejecución y promoción del proyecto;

Por lo tanto, se declaró, estipuló y acordó lo siguiente:

  1. Nos acompañarás, asesorarás y asistirás en todo lo relacionado con la presentación de una oferta en una licitación, y en caso de que la licitación resulte ganada, coordinarás todo el asunto de los inquilinos que viven en el complejo del proyecto firmando con nosotros los acuerdos de evacuación y reconstrucción, y también nos acompañarás, asesorarás y asistirás en todo lo necesario frente a los órganos y autoridades relacionados con la gestión, ejecución y promoción del proyecto.
  2. Si ganamos la licitación, si los inquilinos que viven en el complejo del proyecto, en la cantidad requerida para que el proyecto se ejecute y comience la construcción, firman un contrato Pinui-Binui con nosotros, y si se aprueba un plan de zonificación final que permita la construcción de 630 unidades de vivienda en el complejo del proyecto, si se firma un acuerdo de acompañamiento con un banco que acompaña el proyecto, si los inquilinos que viven en el complejo del proyecto han desocupado, si la venta de los apartamentos ha comenzado y si se ha obtenido un permiso de construcción final, Porque entonces, a cambio de lo indicado en la sección 1 anterior, tendrá derecho a recibir de nosotros una suma que constituye el 2% de la contraprestación recibida por la venta de cada apartamento en el mercado libre (y no del valor de los apartamentos que se entregará a los inquilinos que viven en el complejo del proyecto como parte de un contrato de evacuación y reconstrucción firmado con ellos). Por ejemplo: si el número de apartamentos entregados a los inquilinos que viven en el complejo del proyecto como parte de un contrato de evacuación-reconstrucción firmado con ellos es de 180 apartamentos, entonces tendrá derecho a recibir el 2% de la contraprestación recibida por la venta de solo 450 apartamentos), sin IVA (en adelante: la "Contraprestación"), junto con el IVA de acuerdo con la ley.

Si decidimos llevar a cabo el proyecto a pesar de que no se ha cumplido una de las condiciones anteriores, excepto la condición de aprobación de un plan de zonificación que permita la construcción de 630 unidades de vivienda, tendrá derecho a la contraprestación especificada en esta sección anterior.

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