Como se ha dicho, he llegado a la conclusión de que la demanda debe ser desestimada, y ahora debo pasar a la cuestión de las costas, mencionando las coILSderaciones orientadoras, entre otras , el Reglamento 153(c) y el Reglamento 156 del Reglamento de Procedimiento Civil, 5779-2018.
- No se debe ignorar el hecho de que se llevó a cabo un largo procedimiento ante mí, que incluyó muchos procedimientos provisionales; Enmienda de los alegatos; Solicitudes de autorización para apelar presentadas ante el Tribunal Supremo; escuchar a muchos testigos en un número significativo de audiencias probatorias, y algunos testigos deben comparecer dos veces para testificar; Las audiencias probatorias generalmente se caracterizaban por la oposición, a veces la difamación y la participación del tribunal se requería más de una vez. Este archivo incluye 1.059 páginas de actas y 168 decisiones. Además, se puede obtener una impresión de las personas que trabajan, especialmente Rami por un lado y Atrakchi por el otro, por el estilo de sus testimonios y expresiones, lo que atestigua una gran confianza, cada uno de ellos en la rectitud de su propio camino, a veces sin respetar al otro lado. Además, no se debe ignorar la gran cantidad de reclamo que está en juego.
- He llegado a la conclusión de que ambas partes se han acumulado dificultades entre sí y la cuestión en disputa, que se centra en la interpretación de un acuerdo breve entre tres páginas, y cuando no hay duda de que la actividad del demandante en el marco de este acuerdo (cualquiera que sea) terminó después de aproximadamente un año, como máximo.
- Por lo tanto, a la luz del resultado al que he llegado, ya que ambas partes pecaron al prolongar el procedimiento innecesariamente, determino que cada parte asumirá los gastos de la transcripción y los gastos de sus testigos. Además, el demandante pagará los gastos legales de los demandados, incluidos los honorarios de abogados por la suma de 200.000 NIS, dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la sentencia. El monto no se pagará a tiempo, soportará diferenciales de vinculación e intereses hasta la fecha real de pago.
Dado hoy, 14 de julio de 2025, en ausencia de las partes.