Una revisión de los informes adjuntos muestra los siguientes gastos:
Honorarios de gestión (salario) por un importe de 905.477 ILS para 2018 y por un importe de 1.113.033 ILS para 2017;
Servicios profesionales por un monto de ILS 97,992 para 2018 y NSI 154,692 NSI para 2017;
Consultoría por un monto de 16.092 ILS para 2018 y por un monto de 54.799 ILS para 2017;
Impuestos y tasas por un monto de 1.488 ILS para 2018 y 6.610 ILS para 2017;
Tener un negocio por un monto de 12,003 para 2018 y por un monto de 3,694 para 2017;
seguros por un monto de 226,187 para 2018;
Transporte y entregas por un monto de 70.150 ILS para 2018.
En su contrainterrogatorio, Berman no fue interrogado sobre los detalles de los daños que reclamó, excepto por el salario del CEO, y su testimonio no se ocultó.
Cabe señalar que los demandados en sus resúmenes de argumentos se abstuvieron de abordar esta demanda.
Dado lo anterior, y una vez probado que el establecimiento del demandante 2 tenía la intención de promover el emprendimiento que es objeto del sistema y que el emprendimiento fracasó debido a la falla del sistema como los demandados trataron de transmitir a los demandantes, hecho que condujo a la insolvencia del demandante 2, los gastos antes mencionados deben considerarse como parte de los daños directos causados a los demandantes que invirtieron los gastos antes mencionados con el fin de establecer el emprendimiento.
Por lo tanto, considero oportuno obligar a los demandados a pagar una indemnización a los demandantes por la suma de 2,67 millones de ILS.
A falta de presentación de datos de fecha de pago, determino que el monto antes mencionado se pagará de la siguiente manera:
- Los gastos totales incurridos por los demandantes para 2017 (un total de 1.332.828 ILS) soportarán diferenciales de vinculación e intereses desde el 1 de diciembre de 2017 hasta la fecha del pago real.
- Los gastos totales incurridos por los demandantes para 2018 (ILS 1,329,389) tendrán diferenciales de vinculación e intereses desde el 1 de diciembre de 2018 hasta la fecha del pago real.
Conclusión
- Se acepta la reclamación. Determino que los demandados incumplieron el acuerdo con ellos al no proporcionar un sistema que coincida con lo acordado.
En consecuencia, los demandantes tienen derecho a la devolución de las sumas que pagaron, incluida la indemnización por los daños directos que se les hayan causado, todo ello como se ha detallado anteriormente.