Casos legales

Apelación Civil 4584/10 Estado de Israel contra Regev - parte 41

December 4, 2012
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Presentar una apelación ante el Tribunal Supremo, realizar acuerdos de identificación vocal y otras acciones investigativas, liberar al demandado

  1. El 31 de agosto de 1999, unas dos semanas después de la decisión del Tribunal de Distrito de retener al demandado hasta el final del proceso, el demandado presentó una apelación ante el Tribunal Supremo. La apelación, que duró 29 páginas, trataba en detalle las supuestas pruebas y las dificultades que se derivaban de ellas, e incluía argumentos sobre la cuestión de la identificación del demandado, los fallos en el interrogatorio y los intentos de la policía de vincularle con el acto, incluso mediante mentiras y violencia.

En la declaración de apelación, el demandado planteó Por primera vez Una nueva coartada afirma, según la cual el día del incidente estuvo en la casa de un campista de Perach entre las 17:30 y las 21:30 (y no hasta las 19:30, como se había dicho antes, según el registro en Perach).  Como prueba de su afirmación, el demandado se basó en la grabación de llamadas telefónicas desde su domicilio, lo que muestra que a las 17:23:07 se realizó una llamada a la casa del campista, y a las 17:23:58 se hizo una llamada a Ruppin College, donde estudiaba en ese momento.  Según el demandado, llamó a la casa del aprendiz para informarle de que llegaba un poco tarde, y inmediatamente después llamó al colegio para solicitar una prórroga respecto a un libro que tenía prestado.

  1. El día de la audiencia de la apelación en el Tribunal Supremo, el 8 de septiembre de 1999, el abogado defensor del demandado contactó con el abogado del Estado y declaró que disponía de pruebas adicionales que podían ayudar al demandado, y las partes acordaron pedir al tribunal que pospusiera la audiencia de la apelación para permitir nuevas acciones investigativas. El tribunal (el Honorable juez Dorner) aceptó la solicitud y aplazó la audiencia hasta el 22 de septiembre de 1999 (Solicitudes Penales Diversas 5874/99 Schweber contra el Estado de Israel).

El nuevo documento presentado a la fiscalía era el resultado de llamadas desde el teléfono móvil de la madre del demandado, que el demandado afirmó tener en su poder el día en que el menor fue atacado, e indica que se realizó una llamada telefónica desde el teléfono esa misma tarde a las 20:22.  Cabe señalar que tan pronto como el acusado es arrestado y se registran sus datos personales, como dirección y números de teléfono, aparece un número de móvil, que es el teléfono de su madre.  Sin embargo, esta fue la primera vez desde el inicio de su interrogatorio que el acusado alegó que, en la víspera del incidente, había llevado un teléfono móvil consigo e incluso lo había usado.

  1. Al día siguiente, un representante de la Fiscalía contactó con la policía solicitando localizar el lugar desde donde se hizo la llamada. También se señaló que el demandado aceptó por primera vez realizar una procesión de identificación de voto en vivo.

El 13 de septiembre de 1999, el sargento Sweid llamó a un representante de Pelephone, quien aclaró que no era posible determinar con certeza la ubicación del oyente, ya que si había una carga en el relé cerca del suscriptor, la llamada se transferiría a otro repetidor.  Ese mismo día, el jefe de la Oficina de Investigaciones del Distrito de Sharon rechazó la solicitud para realizar dicha ubicación, alegando que el examen era ineficaz.

  1. Al día siguiente, el abogado del demandado contactó con un representante de la Fiscalía del Estado y adjuntó a su carta un acuerdo de compromiso entre la hermana del demandado y Orange, que refuerza la versión del demandado de que él poseía el teléfono móvil registrado a nombre de su madre. Además, el abogado del demandado alegó que en la víspera del incidente, el demandado llamó al propietario de la pensión donde vivía su padre y acudió a él para pagar el alquiler.  El abogado del demandado adjuntó un recibo manual firmado por el propietario de la pensión, fechado el 18 de abril de 1999, el día del incidente.

Ese mismo día, un representante de la Fiscalía del Distrito regresó y pidió a la policía que completara la siguiente investigación: obtener la ubicación de la llamada que salió del teléfono móvil, que el demandado alegó que tenía en su poder, que tuvo lugar el día del incidente a las 20:22; interrogar al propietario de la pensión; comprobar las llamadas marcadas en la salida flash de la casa del demandado – si realmente se hicieron llamadas a la casa del campista y a Ruppin College, y si la respuesta es sí, comprobar dónde estaban el hermano y la hermana del demandado en esas horas; tomar una fotografía en primer plano de las orejas del demandado; Realiza urgentemente un sistema de reconocimiento de voz.

  1. El propietario de la pensión, que se hace llamar Yoram Cohen, fue interrogado ese mismo día. Confirmó que el padre de la demandada vive con él y que sabe quiénes son sus hijos, incluido el demandado.  El sargento Sweid entregó al señor Cohen el recibo manuscrito que había firmado, y confirmó que el demandado le había llamado ese día para saber dónde vivía y así pagar el alquiler de su padre.  Según él, recuerda que el demandado vino a verle después de las 20:00, ya que es la hora a la que cierra el negocio, y en sus palabras, "ocho o más, quizá nueve o nueve y media, no después de las 10 de la noche, porque no le dejé venir después de las 10 de la noche."  En respuesta a la pregunta del investigador sobre la llamada recibida en su teléfono móvil a las 20:22 de la noche del incidente, Cohen respondió que recordaba que uno de los chicos efectivamente le había llamado para saber dónde vivía, pero no podía decir con certeza cuál de los chicos llamó, porque no reconocía sus voces.  Sin embargo, está seguro de que fue el demandado quien vino a su casa esa noche para pagar el alquiler.  En respuesta a la pregunta del investigador sobre por qué el demandado fue a pagar, Cohen respondió que era posible, dado que el padre del demandado había sido hospitalizado una o dos semanas antes.  Cohen también dijo que a veces el padre del demandado paga a principios de mes, otras a mitad y otras veces después, pero no le presiona en cuanto al pago.

Cohen dio otro aviso al día siguiente, 15 de septiembre de 1999, y afirmó que el padre del demandado era quien siempre pagaba, y que no sabía por qué el propio demandado había ido a pagar el alquiler, ya que no le presionó para que viniera a pagar.  Cohen también afirmó que no guardaba registros ni entregaba recibos del alquiler, y aceptó la petición del demandado de entregarle una nota, ya que este último insistía en recibir algo en mano.

  1. Ese mismo día, se emitió una orden a Pelephone instruyéndole a localizar la llamada telefónica que se realizó desde la fecha del delito a las 20:22. La Fiscalía del Distrito incluso envió una carta a la policía solicitando que se llevara a cabo la ubicación con urgencia.  Empezaremos con esto último y señalaremos que unas dos semanas después, el 30 de septiembre de 1999, recibió una respuesta de Pelephone, según la cual la llamada en cuestión se realizó desde el Sector nº 3 en Netanya.  También se informó que la dirección de casa del campista está cubierta por el Sector 3 en Netanya, pero no exclusivamente, por lo que no es posible determinar desde dónde se realizó la llamada.  Además, un examen realizado el 29 de septiembre de 1999 reveló que las llamadas realizadas desde la zona del patio del edificio donde fue atacado el menor estaban cubiertas por los sectores 5 y 6 y el centro de Netanya (es decir, sectores diferentes del sector 3).
  2. El 16 de septiembre de 1999, el acusado fue interrogado de nuevo y dio su versión de que el día del incidente se encontraba en la casa del campista aproximadamente entre las 17:40 y las 21:30. A la pregunta de por qué se registró en la forma de Perach horas diferentes a las horas en que realmente estaba, Él respondió: "Primero, tenía dos semanas y no lo recordaba exactamente.  Y además, estos son los horarios que no son habituales porque son niños tan pequeños."  Según su versión, llamó desde su apartamento a las 17:23 a la casa del campista para informarle que llegaba tarde, y al Ruppin College para ampliar la validez de pedir prestado un libro de la biblioteca del colegio.
  3. Ese mismo día se celebró un desfile de identificación vocal, en el que participaron 8 figurantes, cuyas voces se escuchaban una tras otra a los menores. Describiremos brevemente lo que ocurrió en la lista de identificación, tal y como se revela en el informe del investigador infantil.

El menor preguntó por el comisario nº 5 si era ruso, y añadió "porque no era ruso"; Al Comisionado nº 6, el menor pidió hablar más despacio; Tras escuchar al Comisionado nº 7 preguntar: "¿Qué número era ese?" y luego "Vale, siguiente"; Y tras escuchar al Comisionado Nº 8, preguntó: "¿Puedo oír al Nº 7 otra vez?"  En respuesta, a la menor le dijeron que tendría que escucharlos todos de nuevo, y ella respondió que no necesitaba oírlos todos de nuevo, sino solo al número 7.

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