Casos legales

Apelación Civil 4584/10 Estado de Israel contra Regev - parte 53

December 4, 2012
Impresión

En retrospectiva, se puede decir que esto es coherente con la versión final del demandado, según la cual se alojó en la casa del campista desde aproximadamente las 17:30.  Sin embargo, en tiempo real, la versión positiva del demandado, respaldada por el informe Perach que él mismo rellenó, era que estuvo en la casa del campista entre las 15:30 y las 19:30, lo que supuestamente le permitió estar presente en el lugar del incidente en el momento en que se cometió el delito.  En estas circunstancias, la determinación de que los interrogadores debieron emitir una salida de llamada, y errar en el hecho de que desde el momento en que la tuvieron en sus manos la "ignoraron", carece de sabiduría retrospectiva.  No solo la salida de las llamadas no tenía la intención de "limpiar" al demandado, sino que al contrario.  El resultado contradecía la afirmación de coartada del demandado de que estuvo en la casa del campista entre las 15:30 y las 19:30, y esto fue señalado por el oficial Sweid en su testimonio (p. 233 de la transcripción).  Cabe señalar que estas palabras del agente Sweid fueron criticadas por el tribunal de primera instancia, que expresó sorpresa por cómo había perdido la memoria de la llamada telefónica que salió de la casa del demandado unos 44 minutos después de la agresión sexual al menor, y por qué, en su opinión, esta conversación era irrelevante.  En cuanto a mí, opino que la conversación que tuvo lugar en la casa del demandado 44 minutos después del incidente es irrelevante en este sentido, ya que no puede atribuirse en absoluto al demandado, que vivía en el edificio donde se cometió la agresión sexual contra el menor.

En cuanto a la salida de las llamadas móviles, es importante mencionar que se trata de un teléfono móvil registrado a nombre de la madre del demandado, y que el demandado no presentó ninguna reclamación en este contexto hasta una etapa posterior.  Por lo tanto, ni siquiera la llamada desde el teléfono móvil a las 20:21 es un hallazgo concluyente que pudiera haber limpiado el nombre del demandado en tiempo real, ya que no era posible saber quién hizo la llamada.

  1. Por último, no es superfluo mencionar que la investigación en cuestión tuvo lugar en 1999. Según Yitzhak Stern, jefe del equipo de investigación en el caso, en ese momento las salidas de llamadas telefónicas solo se solicitaban en circunstancias de incidentes terroristas o de asesinato, por cuestiones presupuestarias, y por tanto no se solicitaba tal resultado (Protocolo, p. 160).  El tribunal de primera instancia rechazó el asunto y los consideró parte de "Una variedad de excusas patéticas." señalando que al final, Stern confirmó en su contrainterrogatorio que era necesario examinar los resultados (p. 14 de la sentencia).  He examinado el acta de la audiencia y, aunque existe una respuesta lacónica de Stern que dice que "era necesario comprobarlo" (Transcripción, p. 170), por la respuesta parece que se refería a esto Eso hoy en día Solía localizar y que le costaba recordar las cosas tal como eran.  En cuanto a mí, no creo que esta sea una excusa tan pobre, y lo que era habitual en 1999 no debe compararse con el periodo de 2010, cuando se escucharon las pruebas en el tribunal.  Hubo días en que la policía se limitaba, por razones de ahorro, a emitir salidas telefónicas y ubicaciones porque las compañías móviles les cobraban grandes sumas de dinero, y "Al examinar la razonabilidad de la acción de las autoridades policiales, debe basarse en los medios de investigación disponibles que tenían a su disposición en el momento pertinente." Hagai Yosef, en el párrafo 105).  Hoy en día, esto se hace de forma rutinaria, aunque la cuestión de quién será responsable del coste sigue siendo motivo de disputa entre el estado y las compañías de telefonía móvil.
  2. Resumen provisionalEn retrospectiva, se puede decir que la policía debería haber realizado exámenes adicionales sobre la cuestión de las salidas telefónicas, pero en mi opinión, esto es sabiduría retrospectiva, que no tiene en cuenta el estado de la investigación tal como se construyó en tiempo real y, en cualquier caso, es dudoso que pueda atribuirse a una conexión causal con la detención del demandado. Reiteraré la advertencia de la sentencia contra analizar las cosas con sabiduría a posteriori, y es beneficioso para nuestros fines Declaraciones del juez Hayut en el asunto Hagai Yosef:

"En la medida en que tratamos la razonabilidad de la conducta de los órganos de investigación, el asunto debe ser examinado, teniendo en cuenta que en muchos casos el trabajo de estos elementos es similar al de una persona que se abre camino a tientas en la oscuridad y busca puntos probatorios que iluminen la situación y le permitan llevar a los culpables ante la justicia.  No todos los errores cometidos durante la investigación y en tiempo real constituyen una violación del deber de cuidado y negligencia por parte de las autoridades investigadoras.  De hecho, una "pequeña" sabiduría en este contexto es la "sabiduría a posteriori", que presenta alguien que ya está iluminado, cuando se queja contra las autoridades investigadoras de que no notaron ni atribuíron importancia a esta o aquella información.  En mi opinión, un examen de la razonabilidad de la conducta de los organismos de investigación en este contexto debe examinarse a la luz  de la totalidad de los datos que se descubrieron o podrían haberse descubierto en tiempo real."

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