Casos legales

Apelación Penal. 4466/98 Honey contra el Estado de Israel IsrSC 56(3) 73 Juez M. Cheshin - parte 21

January 22, 2002
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"... esa prueba fue presentada ante él que no deja ninguna duda razonable sobre la culpabilidad del acusado.  En tal caso, el tribunal no dictamina que el acusado no cometió el delito, sino solo que su culpabilidad no ha sido probada.  Tal absolución por sí sola no hace innecesaria la lesión [al acusado – A.C.] como resultado del procedimiento penal, ya que su final da testimonio de su inicio, porque desde un punto de vista público era necesario existir" (Criminal Appeal 7826/96 [Reich Case [8] – M. H.], p. 492).

La condición para la absolución de un acusado es idéntica en la disposición  del artículo 81(a) de la Ley Penal – respecto a la obligación de un demandante frente a un acusado absuelto – y en el artículo 80(a) de la ley, por lo que las palabras del  juez A. Goldberg son directamente relevantes para nuestro caso.  De hecho, se puede argumentar que existe una diferencia entre las disposiciones  de los artículos 80 y 81 de la Ley Penal; que la absolución de un acusado, tal  como se establece en el artículo 80,  también incluye la absolución de la duda, y que en ciertas circunstancias también será posible absolver dicha absolución para otorgar motivos para recibir indemnización y compensación del Estado, al menos parcialmente.  Sin embargo, no estaremos de acuerdo en que el tipo y la naturaleza de la absolución no constituyan una contraprestación enperjuicio del tribunal si este dictamina y si no concede indemnización y indemnización al demandado absuelto.  Véanse también las palabras del juez A. Goldberg en el caso Reich [8], en las páginas 492-493.

  1. En Parashat Macmillan [18] Se libró una dura batalla en torno a la cuestión de qué efecto tendría una absolución "completa" sobre el derecho del acusado a recibir indemnización y compensación del Estado. La opinión mayoritaria (Juez Dorner Y el juez Englard) se sostuvo que una absolución absoluta justifica, en principio, la indemnización y compensación del demandado.  En palabras de Juez Dorner (Nombre, p. 303):

... Opino que una absolución completa del cargo —a diferencia de una absolución por duda— justifica, por regla general, el pago de los gastos de defensa al acusado, así como la compensación debida por arresto o prisión.

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