Más adelante (ibid. [18]):
... La norma, según la cual el Estado debe asumir los gastos de defensa y la compensación por el arresto o encarcelamiento de un acusado absuelto de una absolución absoluta, es necesaria por la correcta interpretación del artículo 80(a) de la Ley Penal a la luz de las disposiciones de la Ley Fundamental: Dignidad y Libertad Humana y la Ley Fundamental: Libertad de Ocupación.
Y más (ibid., en p. 304):
... Por lo general, negar a los acusados el derecho a pagar los gastos de defensa y la indemnización en caso de absolución absoluta —es decir, cuando en retrospectiva se demuestra que su acusación no tenía fundamento, ya que no cometieron los delitos por los que fueron acusados— es ilegal. Esto se debe a que abstenerse de pagar gastos y compensaciones a dichos demandados les perjudica en mayor medida de lo necesario... Abstenerse de pagar gastos y compensaciones incluso a acusados que han sido absueltos por completo – una situación que la experiencia demuestra no es común... Nariz
puede fomentar el excesivo entusiasmo de la fiscalía por continuar celebrando juicios incluso después de haber descubierto, o tener el poder de aclarar, que terminarán en una absolución completa.
De hecho, como señala el juez Dorner, existen excepciones a la regla (ibid., en p. 305):
... La norma propuesta, según la cual el tribunal otorgará costas y compensación a los acusados que se determine que no cometieron los delitos que se les imputan, no es absoluta. Puede haber situaciones, en el espíritu de las mencionadas en las directrices inglesas mencionadas anteriormente [Directrices 1973 – M. 8], en las que no se concedan costas ni compensación ni siquiera a los acusados absueltos directamente, o se reduzca la cantidad de gastos y compensación otorgada. Así, por ejemplo, se pueden negar gastos o compensaciones a acusados que se determinó que dieron falso testimonio, o a quienes se abstuvieron de dar su versión o prueba de que debían absolverlos por adelantado.
Sin embargo, añade lo siguiente (ibid.):