Se puede acordar que, idealmente, la policía debería examinar en detalle lo que contiene el expediente de la investigación y rastrear todas las pistas que hay en el mismo. Sin embargo, naturalmente, una investigación tan profunda por parte de las autoridades no es realista en todos los casos
Y la forma en que se lleva a cabo la investigación en la práctica es resultado de las limitaciones presupuestarias, el personal y la naturaleza de las tareas asignadas a los investigadores en las distintas comisarías.
El Estado está de acuerdo en que los acontecimientos posteriores a la presentación de la acusación debilitaron el poder de la prueba incriminatoria, pero argumenta que nada podría haber afectado la razonabilidad de la decisión de presentar una acusación.
En cuanto al segundo motivo para conceder compensación e indemnización —fundamentos basados en "otras circunstancias"— el Estado argumenta que no hubo mala intensión en la acusación y que el apelante no sufrió una injusticia. El Estado no fue negligente al examinar la reclamación de coartada —una reclamación que se planteó tardíamente y en su alcance— y esta afirmación no se demostró necesariamente correcta. Además, en las circunstancias del caso —y según la propia decisión del tribunal— está claro que la absolución del apelante fue una absolución debida a la duda. En cuanto a sus consideraciones al retractarse de la acusación, el argumento del Estado fue que estas se debieron a la acumulación de "dificultades" tanto en la cuestión de la coartada como en el asunto de la prueba de embarazo. De hecho, argumenta el Estado, todo lo que ocurrió durante la realización del juicio se debió a desarrollos imprevistos. El Estado admite que hubo errores durante la investigación y que hubo asuntos que no se examinaron, aunque deberían haberse examinado. Sin embargo, argumenta que estos no otorgan al apelante derecho a compensación e indemnización, ya que las pruebas existentes en ese momento antes de la demanda justificaban la continuación del proceso.