Casos legales

Tribunal Superior de Justicia 244/23 Asociación por los Derechos Civiles en Israel contra la Policía de Israel - parte 6

December 14, 2025
Impresión

Ejemplos:

  1. Identificación de una persona que esté presente en el lugar, tiempo y circunstancias de los cuales se puede inferir que está allí con un propósito prohibido o indebido.
  2. Identificación de los implicados o testigos para futuras citaciones de aclaración o investigación.
  3. Una persona rechaza las instrucciones de un agente de policía según la ley y está obligada a documentar el encuentro, y para ello se requieren los detalles que aparecen en la tarjeta de identidad.
  4. Los demandantes alegan que en la sentencia en el Tabqa Se determinó que el procedimiento debe incluir criterios objetivos y claros para ejercer la autoridad bajo Sección 2 a la ley; y que, en contraste, el estándar establecido en la sección 4a(5) del procedimiento - "Preocupación" - Subjetivo y vago. Los demandantes enfatizan que el primer ejemplo presentado en el marco de la sección en cuestión ilustra el riesgo que la sentencia en el asunto Tabqa buscaba impedir, ejercer la autoridad en cuestión de manera arbitraria y discriminatoria; Porque el segundo ejemplo expresa un intento de "eludir" las instrucciones La Ley de Arrestos respecto a la detención de un sospechoso o testigo; y que el caso descrito en el tercer ejemplo ya está regulado por disposiciones específicas de la ley, por lo que no debería ser regulado por la autoridad general En la sección 2 a la Ley del Documento de Identidad.
  5. Por otro lado, el Demandado sostiene que el artículo 4A(5) del Procedimiento es plenamente coherente con los principios establecidos en el asunto Tabqa, según lo cual, entre otras cosas, el ejercicio de la autoridad bajo Sección 2 La ley no depende de la existencia de una "sospecha razonable" de la comisión de un delito. El Demandado enfatiza que la cláusula en cuestión del procedimiento regula la autoridad para exigir identificación en circunstancias que afectan al complejo núcleo de las funciones policiales - Mantener el orden público, prevenir delitos y detener a delincuentes.  Además, se argumentó que el argumento de que, en ausencia de una sospecha razonable de que se había cometido un delito, la policía no tenía autoridad para exigir la identificación, era un intento de impugnar el precedente establecido en el asunto Tabqa; y que aceptar este argumento perjudicará gravemente el trabajo de la policía, ya que el requisito de que una persona se identifique dada la sospecha de que se ha cometido un delito es una herramienta esencial, básica y proporcionada en la caja de herramientas policial.  El Demandado añade que los poderes establecidos en el La Ley de Arrestos, que trata sobre la detención de un sospechoso o testigo, están "muy fuera de la autoridad" para exigir identificación, por lo que estos artículos no crean un "arreglo negativo" en nuestro caso.

Sección 4A(5) del Procedimiento - Discusión y Decisión

  1. Como se ha indicado, la petición ante nosotros se refiere al procedimiento del demandado En el asunto Sus competencias según Sección 2 de la Ley del Carné de Identidad; Por lo tanto, volveré y prepararé todoy Ante nuestros ojos:

Sostener y presentar una tarjeta de identificación

  1. Un residente que haya cumplido 16 años debe llevar siempre una tarjeta de identidad y presentarla a un oficial superior de policía, al jefe de una autoridad local, a un agente de policía o a un soldado en el desempeño de sus funciones, cuando sea necesario.

Sin embargo, como se detalla arriba, en el asunto de Tabqa Se dictaminó que Sección 2 La ley autoriza, por sí misma, a las entidades en ella enumeradas - incluida la policía - Exigir que la persona se identifique con un DNI.  Sin embargo, esto no significa que la sección de la ley en cuestión autorice a estos organismos a exigir a una persona presentar un documento de identidad en cualquier circunstancia.  La cuestión en qué casos se permite a esas entidades ejercer la autoridad en cuestión implica por tanto interpretación Sección 2 a la ley (véase: Materia Tabqa, versículo 19).  Como punto de partida para nuestra interpretación de esta sección están las sentencias sobre la cuestión de Tabqa, donde se sostiene, entre otras cosas, que "el requisito de que una persona se identifique ante un agente de policía mediante un carné de identidad puede conducir a una violación real del derecho a la dignidad humana" (ibid., párrafo 21); e incluso entra dentro de la definición de "retraso", tal como la define la ley Los arrestos, teniendo en cuenta la restricción de libertad que esto conlleva (ibid., v.  20; véase también: Sugerencia La Ley de Procedimiento Penal (Poderes de Ejecución - Detención, detención y liberación), 5755-1995, H.H.  2366 (en adelante: El proyecto de ley de detenciones), en p.  327).

  1. Como se indica, la Sección 4A(5) del Procedimiento establece, Sección 2 La ley autoriza a un agente de policía a exigir a una persona que presente una tarjeta de identidad, dado el "preocupación" de que la persona ha cometido, o está a punto de cometer, un delito; O si se les da la "preocupación" de que se haya cometido un delito y que esa persona fuera testigo de ello.

Si es así, debemos decidir la cuestión exegética, si es que en efecto Sección 2 La Ley de Tarjeta de Identidad incluye la autoridad establecida en la sección 4a(5) del procedimiento; Quiero empezar diciendo que creo que esto debería responderse negativamente.

  1. Como es bien sabido, en nuestro sistema jurídico, una ley debe interpretarse de acuerdo con su lenguaje y propósito; La interpretación debe ser factible en términos del lenguaje de la legislación y cumplir mejor su propósito (véase, entre muchos: Tribunal Superior de Justicia 7755/14 ¡Libre - Asociación de Protección Ambiental contra el Comisionado de Asuntos Petroleros, versículo 9 [Nevo] (28.12.2016)).
  2. En cuanto al nivel lingüístico, dadas las normas de la Tabqa, estoy dispuesto a asumir que Sección 2 La Ley de Tarjeta de Identidad puede tener el significado que se le atribuye en la sección 4a(5) del procedimiento. Sin embargo, Sección 2 La ley guarda silencio respecto a las circunstancias en las que se establecerá la autoridad concedida en virtud de ella, y en cualquier caso no indica explícitamente el significado que se le atribuye en la sección 4a(5) del procedimiento.

Por lo tanto, pasamos a rastrear el propósito de Sección 2 a la ley.

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