Casos legales

Caso penal (Be’er Sheva) 6901-04-23 Estado de Israel contra Shuruk Tzaluk - parte 26

January 6, 2026
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"...  a los precedentes relativos al castigo de quienes fueron condenados por delitos fiscales, que se determinaron en las sentencias de los tribunales de los tribunales superiores, que le obligan.  En estas sentencias, se ha determinado, una y otra vez, que en los delitos fiscales, ciertamente aquellos que contienen un elemento de fraude y evasión, la consideración pública y la necesidad de disuasión deben tener prioridad sobre las circunstancias personales."

  1. Además, ni siquiera los informes del Servicio de Libertad Condicional en nuestro caso no pueden constituir una base para desviarse del rango de castigo adecuado por motivos de rehabilitación.

En este contexto, me gustaría enfatizar que las recomendaciones del Servicio de Libertad Condicional para limitar con una pena indulgente en forma de prisión por servicio comunitario se dieron desde el principio, en el primer informe de cada uno de los acusados, antes de que los acusados comenzaran un proceso terapéutico, e incluso antes de que se formulara tal plan para cualquiera de ellos.  No es casualidad que se pidiera al Servicio de Libertad Condicional que presentara un informe complementario que aclarara la naturaleza del plan propuesto para cada acusado.

El Servicio de Libertad Condicional explicó su recomendación punitiva en el caso del Demandado 1 "Porque está lidiando con dificultades emocionales como consecuencia del proceso de divorcio que atravesó...  llevó una vida normativa, y al recibir ...  Puedes manejarlos otra vez."

y su recomendación punitiva indulgente en el caso del acusado 2 "Por ser madre de niños pequeños, incluido su hijo pequeño al que le diagnosticaron autismo, lo cual es muy difícil para ella y desafía y afecta a toda la familia."

Está claro que no estamos tratando de motivos de rehabilitación en el sentido de una cláusula 40 min de la Ley Penal, y ciertamente no se puede decir que el encarcelamiento entre rejas perjudique la rehabilitación de ninguno de ellos.  De hecho, el encarcelamiento causará dolor y tristeza a los acusados, y especialmente al acusado 2, pero no hay nada entre esto y las consideraciones de rehabilitación.

  1. Los acusados no tienen antecedentes penales, es evidente que continúan llevando una vida normativa y una educación superior, y como la mayoría de los implicados en delitos de "cuello blanco", no deberían considerarse "necesitados de rehabilitación". El plan de tratamiento propuesto puede ser implementado por cualquier acusado durante su encarcelamiento o tras su liberación.

En este sentido, véase Apelación Penal 3927/16 Estado de Israel contra Gershon Bar Ziv (23.2.2017):

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