Casos legales

Caso penal (Tel Aviv) 4637-12-15 Estado de Israel – Fiscalía del Distrito de Tel Aviv (Fiscalidad y Economía) contra Binyamin Fouad Ben-Eliezer (procedimientos detenidos por fallecimiento El Demandado) - parte 53

August 28, 2019
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Me parece que esta conclusión es coherente con las pruebas presentadas respecto a la naturaleza del eje "Ben-Zaken-Azoulay", con la necesaria suma – no solo se trata de una relación independiente y significativa, sino de una relación en la que ambos miembros demostraron estar dispuestos a llevar a cabo acciones indebidas en el marco de las cuales constituyen un delito.

Resumen de la discusión de cuestiones que son la base para la decisión en los ámbitos de la disputa

  1. A partir del análisis de las tres cuestiones básicas detalladas arriba, con las diversas determinaciones fácticas que he discutido, se deduce que, aunque el acusado tenía un interés económico significativo, no hay razón para concluir "automáticamente", con la certeza requerida en un juicio penal, que las acciones llevadas a cabo a favor de ese interés o en nombre de ese interés fueron necesariamente llevadas a cabo por Ben-Eliezer o necesariamente mientras él (el acusado) era consciente de ellas. Esta cautela es necesaria en vista de la caracterización de la conducta de la sociedad entre el demandado y Ben-Zaken, y en vista del eje independiente que se creó entre Azoulay y Ben-Zaken (quien, al igual que su socio, compartía el mismo interés económico).

Me gustaría decir que, dada la posibilidad, que está respaldada por las conclusiones probatorias detalladas, de que algunas de las acciones fueron llevadas a cabo por Azoulay por iniciativa de Ben-Zaken, y no necesariamente por iniciativa o conocimiento del demandado, toda la evidencia relevante relacionada con la escena de la disputa debe examinarse en profundidad y examinarse, y no es posible bastarse con la suposición de que "dado que se tomaron acciones a favor de la Compañía Shemen, esto constituye evidencia concluyente de la existencia de un entendimiento u otro que prevaleció entre el demandado y Ben-Eliezer".

Es importante enfatizar que, así como no se pueden hacer suposiciones "automáticas" sobre la obligación del demandado, no hay razón para hacer suposiciones "automáticas" a su favor (que le distancien de la "zona de disparo") únicamente por la caracterización de la sociedad entre él y Ben-Zaken, y la existencia del eje independiente "Ben-Zaken-Azoulay".

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