Casos legales

Apelación Penal 4596/05 Rosenstein contra el Estado de Israel P.D. S(3) 353 - parte 14

November 30, 2005
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Además, no se puede encontrar al apelante sujetando la cuerda por ambos extremos.  Su argumento, por un lado, de que la extradición de los hermanos Dadosh a Estados Unidos establece una defensa frente a la justicia porque perjudica su defensa si es juzgado en Israel, no puede escucharse junto con el argumento de que, por otro lado, el hecho de que ambos se comprometieran a regresar a Israel, en la medida en que se requiere su testimonio aquí, refuerza la conclusión de que el centro probatorio de gravedad está en Israel y, por tanto, no debe ser extraditado.  Por tanto, la pretensión de protección frente a la justicia debe ser rechazada por todos sus líderes.

Los arreglos procesales propuestos por el apelante

  1. No puede aceptarse la propuesta del apelante de "reducir el ámbito de la disputa" comprometiéndose a renunciar al testimonio de los testigos. Incluso dada la naturaleza adversarial de nuestro sistema jurídico, tal propuesta perjudica, en la medida de que no puede ser tolerada, el proceso procesal, y aún más grave - Puedo aclarar el asunto según lo sé.  El demandado señaló acertadamente que este acuerdo no tiene en cuenta la discrecionalidad que se otorga al tribunal para citar testigos ante él.  Pero no hace mucho, al tratar un asunto similar, este tribunal dictaminó lo siguiente:

"...La experiencia enseña... Porque procesar en Israel por delitos cometidos en países extranjeros implica tantas dificultades —entre otras: dificultades para localizar testigos y obligarlos a declarar— que solo pueden superarse con gran dificultad.  Las propuestas del apelante para superar estas dificultades —como mediante un cambio en las normas de procedimiento y las normas ordinarias de prueba— son tan difíciles de llevar a cabo y distorsionan el procedimiento hasta tal punto que resultan inadmisibles en la práctica" (El caso Feinberg [8], p. 62).

La lógica de este razonamiento se aplica igualmente en nuestro caso, y requiere que también se rechace la propuesta del apelante en cuestión.  Ahora que hemos retirado este asunto del camino, podemos pasar al examen de los asuntos centrales de la apelación.

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