En este contexto, la Ordenanza de Drogas Peligrosas [Nueva Versión], 5733-1973, estableció una disposición que extiende la aplicación de la Ordenanza más allá de los límites geográficos de Israel. Me refiero al artículo 38 de la Ordenanza, que estipula que la ley israelí se aplicará, en virtud de una conexión personal activa (conexión nacional), a los delitos relacionados con drogas cometidos por un ciudadano o residente de Israel en cualquier lugar (artículo 38(a)). También se aplicará, por su gravedad (conexión universal), a los principales delitos relacionados con drogas en los que se les considerará —incluso si fueron cometidos fuera de Israel y por alguien que no es israelí en absoluto— como si hubieran ocurrido en Israel (sección 38(b)). En este sentido, véase y compare también: Criminal Appeal 4002/01 Corkin contra el Estado de Israel [38], p. 256; Apelación Penal 7303/02 Hashek contra el Fiscal General (en adelante – el caso Hashek [39]), en la p. 502; Apelación Penal 4479/03 Oiko contra el Estado de Israel [40], 10 de marzo de 2004. La desviación del principio de aplicación territorial "estrecha" proviene del reconocimiento de que la plaga de las drogas ha dejado de ser un fenómeno interno israelí, y su erradicación justifica flexibilidad dentro de los límites de la aplicación del derecho penal estatal (véase también: el caso Elkayel [35], en p. 357 y la apelación penal 7230/96 Anónimo [22], en p.
El narcotráfico es también uno de esos delitos reconocidos en la Ley Penal como delitos "contra la ley de los pueblos". Esto se debe a la existencia de una convención en la que Israel es parte del 18 de junio de 2002, que prohíbe el tráfico de drogas, y me refiero a la Convención de las Naciones Unidas contra el Comercio Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, que se firmó en Viena en 1988. En la redacción de la Ley Penal, antes de la Enmienda 39, los delitos relacionados con drogas se listaban explícitamente como "delitos contra la humanidad" (en la sección 4 de la ley). Sobre la relación entre la Ley Penal y la Ordenanza de Drogas Peligrosas [Nueva Versión] en este contexto, véase Apelación Penal 7230/96 Anónimo, supra [22], en la p. 536). La inclusión del delito de trata en este conjunto de delitos, tal como entonces como ahora, también dará fe de la extrema gravedad atribuida a estos delitos relacionados con drogas y de la conciencia de la necesidad de cooperación internacional para tratarlos legalmente.