Casos legales

Caso Civil (Centro) 42064-01-25 Kibbutz Buchritz Ltd. contra Yitzhak Construction and Development Ltd. - parte 2

February 23, 2026
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34-12-56-78 Chéjov contra el Estado de Israel, P.D.  51 (2) "Entre Itzik Teshuvá

y el Grupo Buchritz a través de Shlomi Buchritz

Se acordó con Itzik Tshuva y Shlomi Buchhritz lo siguiente:

  1. Los gastos del Grupo Buchritz serán reembolsados con el complemento bancario.
  2. Todo el Complejo D será transferido a la autoridad y responsabilidad de Itzik.
  3. A cambio, Itzik transferirá al Grupo Buchritz 3 apartamentos en cualquier caso, 6 apartamentos sujetos a la aprobación de 136 unidades.
  4. Pinchas Buchritz ayudará a aprobar el plan de zonificación en el comité del distrito.

Se elaborará un acuerdo detallado entre las partes."

El alcance exacto de la interpretación del acuerdo de 2015 no se aclaró en el procedimiento, pero está claro que, en la medida en que es un acuerdo vinculante, modifica sustancialmente los acuerdos incluidos en el marco del acuerdo de 2008.  Así, según el acuerdo de 2015, se supone que el Kibutz Buchritz debe recuperar el dinero invertido, así como varios apartamentos (tres o seis), y a cambio renunciar a sus derechos sobre el proyecto (y al menos algunos de ellos).  Aunque solo Shalom es firmante del acuerdo, Yosef aparentemente no niega que la firma también se hizo por iniciativa propia y que, en principio, podría vincular al Kibbutz Buchritz (véase su testimonio en las páginas 8-9 de la acta del 17 de febrero de 2025).  Sin embargo, según él, el documento no fue perfeccionado hasta convertirse en un contrato válido.

  1. Desde la firma del acuerdo de 2008, y al menos hasta hace poco, no se han realizado obras de construcción en los complejos urbanísticos. Existe una disputa entre las partes sobre la causa de esto, así como sobre si se tomaron acciones durante este periodo con el propósito de promover los proyectos o si fueron abandonados.

El 30 de abril de 2025 se firmaron acuerdos entre Tshuva (a través del demandado 3) y el demandado 4, destinados a promover la ejecución de los proyectos en los complejos de desarrollo por ambas empresas.  Como parte de estos acuerdos, y para la ejecución de los proyectos, se establecieron los demandados 5-6, con una resolución del 51% a favor de Tshuva y del 49% del demandado 4.  No hay duda de que estos acuerdos son incompatibles con el esquema establecido en el marco del acuerdo de 2008.

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