Casos legales

Caso Civil (Centro) 42064-01-25 Kibbutz Buchritz Ltd. contra Yitzhak Construction and Development Ltd. - parte 3

February 23, 2026
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La Reclamación y la Solicitud de Reparación Temporal

  1. El 1 de enero de 2025 se presentó la presente reclamación, junto con una solicitud de alivio temporal. Según lo que está escrito en ella, la demanda fue presentada por Kibbutz Buchritz.  La persona detrás de la presentación de la demanda es Yosef.

Copiado de Nevo10.         La demanda busca remedios para declarar la validez del acuerdo de 2008; Ejecución de este Acuerdo; una determinación de que los demandados 1-3 no tenían derecho a transferir sus derechos en los complejos de desarrollo a los demandados 4-6, y que los derechos del demandante prevalecían sobre sus derechos; una orden judicial que prohíbe al Grupo Tshuva y a los demandados 5-6 competir con Psagot en todos los asuntos relacionados con los complejos de desarrollo; Y así sucesivamente.  Como parte de la solicitud de alivio temporal, se solicitó una orden judicial temporal que prohibiera a los demandados promover la construcción en los complejos de desarrollo o ceder sus derechos en relación con estos complejos.

  1. Los demandados presentaron respuestas en las que se opusieron a la solicitud de reparación temporal (una respuesta se presentó en nombre del grupo Teshuva y otra en nombre del demandado 4). Una de las reclamaciones planteadas por el Grupo Tshuva es que el Kibutz Buchritz no presentó una demanda legalmente, ya que el consejo de administración de la empresa no tomó ninguna decisión legal para presentar la demanda (incluso se adjuntó una declaración jurada de Shalom a la respuesta, según la cual no aprobó la presentación de la demanda, pero la declaración jurada fue eliminada después de que Shalom no compareciera en la audiencia en la que se interrogó a los declarantes).  En la audiencia celebrada el 9 de febrero de 2025, el abogado de Yosef estuvo de acuerdo en que "en la medida en que se determine que la reclamación fue presentada ilegalmente y hay margen para cobrarle costes, será posible cobrarle costes" (p.  2, líneas 2-3 de la transcripción).  El 17 de febrero de 2025 se celebró una audiencia sobre la solicitud, en la que se cuestionaron las declaraciones de las partes.  Tras la presentación de sus resúmenes por parte de las partes, se tomó una decisión sobre la solicitud de medidas provisionales, que fue rechazada.  La razón principal para rechazar la solicitud fueron consideraciones relacionadas con el equilibrio de conveniencia.  En cuanto a la reclamación de que la reclamación se presentó sin autorización, se determinó que era una reclamación de peso y que "existe una verdadera incógnita sobre si la reclamación fue presentada por una persona mencionada en ella como 'demandante'" (párrafo 22 de la decisión).  Sin embargo, en vista de la conclusión de que la solicitud debía ser desestimada por el fondo, la alegación de falta de autoridad en el marco de la decisión no fue resuelta.  Se determinó además que "la cuestión de los gastos se decidirá una vez que se determine si la reclamación fue presentada por el Kibutz Bucheritz, y en cualquier caso si ella o Yosef deben ser cargados con costes" (párrafo 33 de la decisión).

La Moción de Eliminación Sumaria

  1. El 20 de abril de 2025, el Grupo Tshuva presentó una moción para desestimar la demanda in limine, alegando que no había sido presentada legalmente por Kibbutz Buchritz. En este contexto, el Grupo Tshuva sostiene que la decisión de presentar la demanda fue tomada únicamente por Yosef, en contraste con Sección 104 de la Ley de Sociedades, 5759-1999 ("Derecho de sociedades"), y por lo tanto esta decisión es inválida.  En su respuesta a la moción, la demandante argumentó que, de acuerdo con la Ley de Sociedades, los demandados no tienen legitimación para disputar la validez de las decisiones del consejo de administración de la empresa.

En la audiencia de la solicitud, que tuvo lugar el 29 de mayo de 2025, se determinó, con el consentimiento de las partes, que "al demandante se le concedió un plazo hasta el 1 de septiembre de 2025 para presentar al tribunal una declaración jurada debidamente preparada del Sr.  Shalom Buchritz, confirmando su consentimiento para la gestión de la demanda por parte del demandante y, alternativamente, una sentencia de un tribunal autorizado que establezca que el Sr.  Yosef Buchritz está autorizado para llevar a cabo la presente demanda en nombre del demandante...  Si dicha declaración jurada o sentencia no se presenta, se tomará una decisión sobre la moción de desestimación sumaria" (p.  17 de la transcripción).  Hasta la fecha, la demandante no ha presentado una declaración jurada ni sentencia como se indicó, ni ha solicitado una prórroga para hacerlo.  Cuando la fecha fijada haya pasado (e incluso más allá), la solicitud de desestimación debe decidirse en línea de plazo.

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