Casos legales

Caso de Delitos Graves (Centro) 16924-10-22 Estado de Israel contra Iman Musrati - parte 52

January 21, 2026
Impresión

Además, aunque la afirmación del demandado de que su huella dactilar fue insertada solo el 28 de agosto de 2022, no se presentó ninguna corroboración ni confirmación; en la extracción dirigida realizada en el teléfono A32 como parte de la investigación de la citación, se encontró una captura de pantalla el 28 de julio de 2022, a las 19:21, de verificación de identidad mediante TA en la aplicación de WhatsApp [P/187 - Informe de Información sobre Descargas Telefónicas - Documento marcado como M.K.  13]. En este contexto, el abogado del demandado argumenta en sus resúmenes que el 28 de julio de 2022 no se realizaron llamadas telefónicas desde el suscriptor 685, y que es posible que otro miembro de la familia activara las medidas de protección e insertara la huella digital.

Ante este argumento, es apropiado presentar una respuesta triple.  En primer lugar, como se ha aclarado, no hay pruebas de que ningún otro familiar utilizara el dispositivo A32 mientras estaba retenido para el uso del demandado.  Por el contrario, las pruebas indican que el teléfono estaba protegido por un código que solo conocía el demandado, y todos los usos para los cuales se puede llegar a una conclusión concluyente para el abonado 685 apuntan al demandado como único usuario.  En segundo lugar, si otro familiar realmente había "bloqueado" el acceso a WhatsApp en el dispositivo usando su huella digital, entonces surge la cuestión de cómo el acusado logró usar WhatsApp durante todo el mes que transcurrió desde el 28 de julio de 2022 hasta el día de su arresto, el 29 de agosto de 2022.

Finalmente, como han podido demostrar los fiscales, la afirmación de que el 28 de julio de 2022 el acusado no mantuvo conversaciones a través del A32 es correcta, pero un examen de los productos de la penetración del dispositivo como parte del asunto invitante muestra que la noche del 28 de julio de 2022 hubo una correspondencia activa en el marco de WhatsApp entre el A32 y el suscriptor 054-9748557 (en adelante: "557"), cuya identidad no se conoce con certeza, pero con quien el acusado ha mantenido una extensa correspondencia comercial desde agosto de 2021.  Correspondencia que duró hasta el día del arresto [P/187 - Sección 7A, P/187A - Información en bruto - M.K.  [11]. Mientras tanto, el 28 de julio de 2022, a las 19:22:46, solo un minuto después de la captura de pantalla del enfrentamiento de identificación en TA, un mensaje de WhatsApp enviado desde la A32 al suscriptor 557 fue documentado como parte integral de la correspondencia en la que el acusado es parte [ibid., M.K.  11 - Columna 7258].

Parte previa1...5152
53...164Próxima parte