Casos legales

Ltd. 48399-09-24 Anónimo vs. Anónimo - parte 2

March 23, 2026
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34-12-56-78  Chéjov contra el Estado de Israel, P.D. 51 (2)

  1. Es apropiado comenzar presentando las disposiciones de la ley relacionadas con el asunto – Derecho de las relaciones de propiedad entre cónyuges, 5733-1973 (en adelante: Derecho de las Relaciones de Propiedad) y la ley Tribunal de Familia, 5755-1995 (en adelante: Derecho del Tribunal de Familia).
  2. Derecho de las Relaciones de Propiedad - Las disposiciones pertinentes en nuestro asunto están fijas En la sección 2 de la Ley de Relaciones de Propiedad, y establecen lo siguiente:

"(a) Un acuerdo prenupcial requiere la aprobación del Tribunal de Familia (en adelante – el Tribunal) o del tribunal religioso que tiene jurisdicción sobre asuntos de matrimonio y divorcio de los cónyuges (en adelante – el Tribunal), y un cambio en dicho acuerdo requiere dicha aprobación.

(b) La aprobación no se dará hasta que el tribunal o tribunal haya comprobado que la pareja ha realizado el acuerdo o el cambio con consentimiento libre y entiende su significado y resultados.

(c) En un acuerdo prenupcial celebrado  antes del matrimonio o en el momento de su redacción, la verificación del registrador  matrimonial puede ser sustituida por la aprobación del tribunal o tribunal.

(c1) Un acuerdo prenupcial celebrado  antes del matrimonio puede ser autenticado por un notario público  conforme a  la Ley de Notarios, 5736-1976, siempre que el notario público determine que la pareja anterior a él hizo el acuerdo con consentimiento libre y entienda su significado y resultados."

Esta sección regula la posibilidad de que los cónyuges aprueben un acuerdo prenupcial que hayan celebrado entre ellos.  El término "cónyuges" no está definido por ley Relaciones prenupciales, pero ya hace muchos años, este tribunal dictaminó que sus disposiciones serían aplicables Solo para parejas casadas (Ver: Apelación Civil 640/82 Cohen contra el Fiscal General, IsrSC 39(1) 673, 678 (1985) (en adelante: la Cohen)).  Más concretamente, Sección 2(A) Derecho Relaciones prenupciales Las normas que obligan a los cónyuges que deseen redactar un acuerdo prenupcial están obligados a aprobarlo en el Tribunal de Familia o en el tribunal religioso correspondiente, que tiene jurisdicción paralela en este asunto (véase: Tribunal Superior de Justicia 473/24 Anónimo contra el Tribunal Rabínico Regional de Jerusalén, párrafo 34 [Nevo] (22 de junio de 2025) (en adelante: Tribunal Superior de Justicia 473/24)).  En ausencia de dicho acuerdo, el equilibrio de recursos que aparece en el Capítulo Dos de la Ley se aplicará en el caso de la pareja casada Relaciones prenupciales.  Además, Secciones 2(III)-(C1) Derecho Relaciones prenupciales Permitir que la pareja acredite un acuerdo prenupcial celebrado entre ellos ante el registro matrimonial o ante un notario, como sustituto de su aprobación en los tribunales.  También cabe destacar que, de acuerdo con su redacción, la cláusula permite la aprobación de un acuerdo prenupcial incluso antes del matrimonio.  De acuerdo con lo establecido en la sentencia en el asunto de Cohen, no se debe distinguir entre un certificado entregado antes del matrimonio y un certificado entregado después (Nombre, en la p. 679).

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