El testimonio del agente Aviv está corroborado por el informe de acción elaborado por la policía Ambiela Tesfahon fechado el 20 de julio de 2022, según el cual, durante el registro, la madre del acusado le preguntó qué había hecho su hijo y de qué se sospechaba, y él respondió que no podía decírselo (P/62). Como se ha indicado, la madre del acusado estuvo presente en la búsqueda de su hijo. Estas declaraciones refuerzan la versión de que en ese momento el acusado no fue informado del incidente de tiroteo que se le atribuye.
- En el informe de detención del acusado del 20 de julio de 2022, a las 15:25, se registró que el acusado preguntó en su respuesta al arresto: "Necesito que cuides de mi familia para que no salgan heridos" (P/13).
- Se señaló que en el momento de la detención del acusado Zapatos negros de Under Armour llenos de arena en la parte inferior (P/10). Sin embargo, dado que no se presentó ninguna evidencia sobre el tipo de arena y/o un intento de rastrear su origen, no encontré ningún peso que se pudiera dar a este detalle.
- Durante sus interrogatorios con la policía, se le preguntó al acusado sobre el movimiento de su mano en su domicilio cuando El agente Aviv señaló la forma de una pistola en su mano derecha y le pidió que protegiera su hogar y familia, pero él decidió permanecer en silencio (P/74A, P/74B). En su testimonio en el tribunal, el acusado negó haber mostrado al policía la forma de un arma, así como que le hubiera dicho que le mostrara dónde había escondido el arma si prometía proteger a su familia (pp. 616-617 del protegido).
- Por tanto, surge la cuestión de si la descripción anterior constituye una primera confesión por parte del acusado. Como es bien sabido, una "primera confesión" es una declaración o comportamiento de un acusado que expresa un sentimiento de culpabilidad o una admisión de culpabilidad, pero no equivale a una admisión completa y explícita de la comisión del delito; Sirve como evidencia independiente con peso y puede ser una ayuda o apoyo a otras pruebas, pero no es suficiente como base independiente para una condena. A diferencia de una confesión completa, que es una admisión directa y perfecta de la existencia de un hecho incriminatorio o de la comisión del delito, primero una confesión refleja un sentido de culpa sin una admisión explícita de un hecho incriminatorio. Una confesión, incluida una "primera confesión", no tiene por qué ser explícita, y también puede estar implícita. Debe hacerse mediante la expresión, ya sea oralmente o por escrito, e incluso puede incluir la expresión mediante gestos y signos. El comportamiento incriminatorio, como aquel que expresa un sentimiento de culpa o conduce a una conclusión complicada, también constituye una especie de "primera admisión" de comportamiento (véase: Yaniv Vaki Ley de la Prueba Vol. 2, p. 881 (2020)).
- Los movimientos de las manos y dedos del acusado, tal y como describió el oficial Aviv sin ocultarlos, constituyen pruebas incriminatorias, con todo lo que esto conlleva en las circunstancias del caso, en la medida en que puede considerarse una "declaración", y en este sentido me referiré a lo que se indica en el libro del Honorable Juez Y. Kedmi, "Sobre la evidencia" (Parte Uno), La ley a la luz de la sentencia, 5770-2009, p. 21: "Dicha expresión puede y será en el habla, puede y será por escrito; Y no hay ningún impedimento para el "lenguaje corporal", es decir, en los signos y movimientos que "hablan" por sí mismos. Así es como se expresó el asunto en C.A. 4004/93: 'Como es bien sabido, una confesión externa... puede hacerse oralmente ante cualquier persona, siempre que cumpla las condiciones de admisibilidad establecidas en la sección 12 ... En cuanto a su peso probatorio, está claro si se hizo por escrito y ante una persona de autoridad, o oralmente, incluyendo 'movimientos y señales' ante alguien que no es una persona de autoridad'; Y más adelante, "En mi opinión, no hay impedimento para 'decir'... Se expresará en "movimientos y signos" que sirven como "sustituto" del texto o la escritura, y de los "oradores" como tales por derecho propio. Por lo tanto, la grabación muda de 'movimientos y señales' significativos se convertiría, en mi opinión, en una 'declaración escrita' a efectos del artículo 10a..." (p. 166 de la sentencia)".
- Para nuestros propósitos, el agente Aviv describió lo que vio con sus propios ojos y también testificó sobre el contenido de la conversación que mantuvo con el acusado, lo cual es suficiente para reforzar la descripción visual. Marcar la forma de un arma en la mano por un sospechoso puede considerarse una "primera confesión", ya que la jurisprudencia reconoce que una confesión, incluido el inicio de una confesión, puede expresarse no solo en declaraciones explícitas, sino también mediante gestos, gestos y comportamientos que expresan un sentimiento de culpa. Por lo tanto, opino que el movimiento de la mano del acusado, así como su intento de llevar a cabo una especie de negociación con el agente Aviv, en el sentido de que ofreció averiguar dónde había escondido el arma, que supuestamente marcó con su gesto de la mano, a cambio del compromiso de la policía de protegerle a él y a su hogar, son suficientes para servir como una "primera confesión" que indica culpabilidad por parte del acusado. Sin embargo, una "primera confesión" no es suficiente por sí sola para una condena, sino que sirve más bien como prueba corroborativa o como "algo adicional" a la totalidad de la evidencia.
- También llegué a la misma conclusión en relación con la declaración del acusado durante su interrogatorio ante la policía el 27 de julio de 2022, cuando fue interrogado por cuarta vez, tras consultar con su abogado. Como se detallará más adelante, el acusado no colaboró en sus interrogatorios con la policía y respetó el derecho a guardar silencio. Sin embargo, cuando se le acusó de que si el denunciante no sobrevivía, violaría la orden "No matarás", el acusado respondió en los siguientes términos:Vete ahora, independientemente de lo que digas, si no matas, hay algo en la Torá que es temprano matarte, matarlo pronto" (P/74A, P/74B).
Cabe señalar que estas declaraciones se hicieron en el contexto de las declaraciones del acusado en ese interrogatorio, por lo que se puede entender que, en lo que a él respecta, fue víctima de fraude económico. Y él dijo: "Me han engañado, no he vivido toda mi vida, ¿vale? Me engañaron, me amenazaron, me hicieron cosas, me firmaron para una amistad, me quejé, no eres nada, no ayudas en nada, estás matando a una persona poco a poco, su alma" ... "Amigos me han dado el visto bueno por cosas que no sé, que son amenazas... Quemaron mi edificio...".