Sección 144(c) La Ley Penal establece lo siguiente:
"En esta sección, 'armas' -
(1) un buque capaz de disparar una bala, resortera, proyectil, bomba o similar, que tenga el poder de matar a una persona, e incluya una parte, accesorio y munición de dicha arma;
(2) Un recipiente capaz de emitir una sustancia destinada a causar daño a una persona, incluyendo una parte, accesorio y munición para dicho buque e incluyendo un recipiente que contenga o sea capaz de contener dicha sustancia y excluyendo un recipiente de gas lacrimógeno según lo definido en la Ley Kli Tiro, תש"ט-1949;
(3) ..."
- Delitos con armas registradas En la sección 144 La Ley Penal contempla delitos preventivos, que se refieren a la posesión, compra, porte, transporte, fabricación, importación, exportación, venta, etc., de armas como tales, y no importa para qué fin se haya cometido el "acto". La prohibición establecida en esta sección pretende proteger el valor de la vida humana, la integridad de su cuerpo y alma, así como promover el mantenimiento del orden público y un modo de vida adecuado, pacífico y seguro (Apelación Penal 5522/20 Nizar Haleichel contra el Estado de Israel (24.02.2021); Apelación Penal 147/21 Estado de Israel contra Biton (14.02.2021); Apelación Penal 8017/20 Estado de Israel contra Grifat (22 de diciembre de 2020)). La suposición subyacente a estos delitos es que una parte que no lleve a cabo estas acciones no cometerá el delito principal de usar armas como medio para hacer cumplir el cumplimiento o cualquier otro uso prohibido (Gabriel Halevi, Teoría del derecho penal, vol. 4, p. 211; 10 Kedmi, "Sobre el derecho en los casos penales, Derecho Penal", 5766-2006, Parte Cuatro, en pp. 1953-1962).
Los delitos relacionados con armas no requieren un resultado específico de un tipo concreto, ya que son esencialmente delitos preventivos, destinados a evitar crear posibles condiciones para una situación peligrosa. Por lo tanto, los delitos relacionados con armas son delitos de conducta. Para formular la ofensa, es necesario portar el arma, un elemento que debe interpretarse en su sentido lingüístico aceptado; es decir, quien sostiene un arma, en su cuerpo o al alcance, para poder usarla inmediatamente cuando lo desee, es portador de dicha arma En la sección 144(b) a la Ley Penal.