Casos legales

Apelación fiscal (Tel Aviv) 46969-05-22 Centro de Expertos Superior Ltd. contra Tel Aviv y el Centro de Administración del Impuesto sobre el Valor Añadido - parte 3

November 6, 2025
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Véanse también las palabras del abogado del demandado en la audiencia del 4 de junio de 2025: "Así que, vale, obviamente, se aceptó la posición de que hay transacciones sobre las que no se debería haber pagado impuesto cero, y algunas de ellas son...(p.  12, párrafos 16-18 del acta de la audiencia del 4 de junio de 2025).

  1. Según el demandado, el apelante no puede pagar el impuesto de entrada por un lado y, por otro, alega que esta es una transacción sujeta a gravado a tipo cero. Sin embargo, opino que existe una base para la afirmación de la apelante de que fue indiferente al propio pago del impuesto al proveedor de servicios, y que pagó el impuesto de entrada aunque pensara que la transacción era sujeta a impuestos en cero.  Cuando la apelante paga el impuesto por transacción al proveedor de servicios médicos y lo deduce inmediatamente como insumos, aunque considere que el emisor de la factura está equivocado, no tiene un interés económico especial en iniciar un largo proceso de contacto con el proveedor de servicios, que puede incluso no aceptar su puesto.  La apelante incluso afirmó, en cierta contradicción con lo anterior, que se había dirigido a los proveedores de servicios para solicitar la modificación de la factura (pero aparte de una mera reclamación, no lo probó y el representante de la apelante ni siquiera sabía cuáles eran los resultados de las investigaciones, p.  25, párrafos 1-29 de las actas de la audiencia probatoria).
  2. Por lo tanto, a la luz de la confianza del demandado en esa "presunción", debatí si existía margen para devolver el procedimiento a la fase de evaluación, en la que el demandado examinaría las transacciones por su fondo. Sin embargo, no lo consideré oportuno.
  3. Esto se debe a que el apelante, que tiene la carga de demostrar al demandado que las condiciones para aplicar el impuesto a tipo cero (Reglamento 12 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, 5736-1976), tuvo la oportunidad de demostrar al tribunal y al demandado que las transacciones en sí cumplen las condiciones del artículo 30(a)(8)(g) de la Ley, pero ni siquiera intentó hacerlo.
  4. También en la decisión enmendada de la objeción, en el párrafo 22, el demandado detalló el punto de partida de su cálculo y los argumentos del apelante en contra: "El hospital, que presta el servicio médico al paciente, emitió facturas que incluían impuestos al tipo completo, un hecho que demuestra que estos servicios, en su opinión, no formaban parte de una 'hospitalización' (de lo contrario, el hospital habría emitido facturas fiscales que incluyeran impuestos a tipo cero, como hizo en otros casos). Cabe señalar que la empresa exigió el impuesto sobre entradas que estaba incluido en estas facturas fiscales.  Si la empresa creyera que las facturas fiscales emitidas por el hospital eran inapropiadas, debería haberlo dicho en tiempo real, y no ahora, años después...  Después de que la empresa exigiera el impuesto de entrada incluido en estas facturas...  - se silencia de alegar que las facturas emitidas por el hospital, según afirma, son improcedentes."

Véanse también las palabras del abogado del apelante en la audiencia previa al juicio: "Esta es mi señora, enfatizo, no la fórmula sino lo que se incluye en cada uno de los componentes de la fórmula, aquí está nuestra disputa" (p.  7, párrs.  33-34 de las actas de la audiencia previa al juicio).

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