Para otros fuera de los Países Designados, incluidos aquellos que viven fuera de Estados Unidos: Tú y LinkedIn acordáis que las leyes del estado de California, EE. UU., excluyendo sus normas de conflicto de leyes, regirán exclusivamente en relación con este Contrato y/o los Servicios. Tú y LinkedIn estáis de acuerdo en que todas las reclamaciones y disputas solo pueden litigarse en los tribunales federales o estatales del condado de Santa Clara, California, EE. UU., y tú y LinkedIn acordáis jurisdicción personal en esos tribunales.
- Así, aunque el subtítulo de la sección no es claro y se puede entender de él que pueden existir varias posibilidades respecto a la ley que se aplicarán a disputas que puedan surgir entre las partes, el contenido de la cláusula indica claramente que su intención era determinar que solo la ley del Estado de California se aplicará a usuarios residentes fuera de los estados designados especificados en el acuerdo.
En estas circunstancias, parece que, a pesar de la aparente ambigüedad del subtítulo, la cláusula en sí es bastante clara y se puede concluir que su intención era aplicar la ley del Estado de California exclusivamente a cualquier disputa o disputa que pudiera surgir entre las partes.
En cualquier caso, como detallaré más adelante, consideré que en las circunstancias de nuestro caso, no hay margen para decidir en esta etapa cuál es la ley aplicable al proceso, y es posible concluir que existe una posibilidad razonable de que la ley israelí se aplique y que la cuestión de la ley aplicable se aclare y decida más adelante en el proceso. En estas circunstancias, tampoco he encontrado espacio para decidir entre las interpretaciones de las partes respecto a la cláusula de elección de ley.
Derecho aplicable
- La cuestión de si una elección de ley estipulada en un contrato uniforme se considera una condición discriminatoria por el hecho de que, independientemente del contenido de la ley extranjera, ha conocido un desarrollo en la jurisprudencia. En la Autoridad de Apelación Civil 5860/16 Facebook Inc v. Ben Hamo [Nevo] (31 de mayo de 2018) (en adelante: el Asunto Ben Hamo) El Tribunal Supremo legalizó Una cláusula de elección de ley de Facebook, que aplicaba la ley de California. En una sentencia dictada unos años después en el טרוים מילר El Tribunal Supremo, mediante una opinión mayoritaria, anuló exactamente la misma estipulación por considerarla una condición discriminatoria. La cuestión de la relación entre ambas sentencias provocó bastantes fallos, hasta que se dictó la resolución del Tribunal Supremo sobre el asunto Agoda, en la que se sostiene, por opinión mayoritaria, que la Ben Hamo No se aplicará a los derechos concretos de los pequeños clientes (consumidores privados y pequeñas empresas) frente a las corporaciones globales (párrafo 76 de la sentencia del juez Grosskopf). Así se resumió la nueva halajá (ibid., párrafo 77):
"La norma que se aplicará, por tanto, es que en la relación entre las corporaciones globales que operan en Israel y pequeños clientes, no es posible estipular las normas israelíes de conflicto de leyes mediante una estipulación de elección de ley incluida en un contrato uniforme. Tal estipulación es discriminatoria por definición, sin que el cliente tenga que demostrar que la propia ley extranjera es discriminatoria. Por lo tanto, puede ser descalificado."