- Está claro que el procedimiento para llevar a cabo una demanda civil de la manera prescrita en el nuevo Reglamento de Procedimiento Civil no es adecuado para impugnar una decisión o sentencia de una institución interna de una asociación deportiva. El procedimiento de agresión es esencialmente similar a una petición ante el Tribunal Superior de Justicia o a una petición administrativa ante el Tribunal de Asuntos Administrativos, por motivos limitados de falta de autoridad, violación de las normas de justicia natural y extrema irrazonable, y el procedimiento establecido para una demanda civil no es adecuado para este tipo de procedimiento.
Así, en el marco de un procedimiento para impugnar una sentencia del Tribunal Supremo, generalmente no hay margen para procedimientos preliminares, e incluso la presentación de pruebas solo se realizará en los casos más raros.
Por tanto, aunque en el pasado el marco procesal establecido en la jurisprudencia sobre agresión mediante un procedimiento civil mediante una orden judicial era adecuado para el fondo del procedimiento, está claro que hoy en día un procedimiento de acción civil regular no es un procedimiento adecuado para dicha investigación.
- Cabe señalar que los nuevos Reglamentos de Procedimiento y las sentencias que les siguieron, no solo no respondieron a la cancelación del incentivo de apertura, sino que también determinaron explícitamente que el uso del Reglamento 54 del Nuevo Reglamento de Procedimiento, en casos en los que no existe una posibilidad expresa de hacerlo, no puede sustituir el proceso de incentivo a la apertura. En este sentido, véase el Dr. Yaakov Shaked, "Procedimiento civil" (2026):
"El tribunal añadió en el caso Abbasi que el Reglamento 54 no estaba destinado a servir como alternativa a todas las situaciones en las que, según las antiguas regulaciones y la práctica habitual, era posible emprender un procedimiento principal distinto a la presentación de una declaración de reclamación, como incentivar la apertura. "
- Sin embargo, las nuevas Reglas de Procedimiento permiten al tribunal determinar el marco procesal en el que se llevará a cabo la demanda civil, incluyendo la fijación de plazos cortos, así como otras disposiciones para agilizar el procedimiento y adaptarlo a una decisión sobre el fondo de las disputas que tiene en cuestión. Una fuente para esta autoridad puede encontrarse, entre otras cosas, en el Reglamento 176(a) de los Nuevos Reglamentos, que establece:
"176.( a) El tribunal podrá en cualquier momento dar instrucciones sobre cualquier asunto en el procedimiento y corregir cualquier defecto o error en cualquier procedimiento, incluido uno decidido conforme al Reglamento 33(d), si lo considera necesario para lograr el propósito de estos Reglamentos. "