El asentamiento otomano [versión antigua] 1916
34-12-56-78 Chéjov contra el Estado de Israel, P.D. 51 (2) Esta decisión fue apelada ante el Tribunal de Apelaciones.
- En su sentencia, el Tribunal de Apelaciones (del 13 de julio de 2025, el Honorable Dayanat contra Weinstock-Assis) El Tribunal señaló queEl Ministro del Interior tiene amplia discrecionalidad al ejercer sus poderes en materia de entrada en Israel, licencia y residencia allí, y la intervención a su discreción se limita solo a casos excepcionales. Se subrayó que la discrecionalidad también se aplica a una solicitud de estatus para alguien que se ha casado con un ciudadano israelí, en virtud de Sección 7 a la Ley de Ciudadanía, 5712-1952, una solicitud que está siendo examinada como parte del "Procedimiento para la Concesión del Estatus a un Cónyuge Extranjero Casado con un Ciudadano Israelí" (Procedimiento nº 5.2.0008). El tribunal destacó la importancia del requisito de una relación matrimonial válida y la sinceridad de la relación.
- El tribunal dictaminó que no había fundamento para intervenir en la decisión de que los apelantes no cumplían con la carga de demostrar una relación honesta y genuina, a pesar de las repetidas oportunidades que se les dieron durante más de una década para demostrar la relación entre ellos. Se dictaminó que solo en algunas de las preguntas existía una congruencia entre las respuestas de los apelantes. Así, mientras el apelante afirmaba que trabajaba en horarios fijos todos los días, el apelante afirmaba que trabajaba en turnos variables. Tampoco hubo inconsistencia en las respuestas sobre las vacaciones familiares. En cuanto a las pensiones, el apelante alegó que nadie recibe una pensión, y el apelante afirmó que él recibe una pensión por discapacidad. También se dieron respuestas contradictorias respecto al acuerdo prenupcial, así como sobre el deseo de tener hijos y la cuestión de por qué no visitan a la familia del apelante, y el alcance de la relación entre el apelante y su madre. Se dictaminó que entrevistas previas también señalan muchas lagunas en cuestiones relacionadas con los detalles de la vida de los apelantes. Se sostuvo que, incluso si se puede explicar una contradicción específica, el conjunto revela una imagen que es incompatible con una unidad familiar honesta y verdadera. El tribunal también rechazó la explicación sobre las dificultades lingüísticas del apelante, que no domina el inglés, y la explicación de que el apelante sufre problemas de memoria.
El Tribunal rechazó el argumento de los apelantes de que el demandado debería haber realizado investigaciones y exámenes adicionales antes de decidir el destino de los apelantes, argumentando que la jurisprudencia reconocía las entrevistas simultáneas como una herramienta central y más eficaz para examinar la relación matrimonial. En su decisión, el tribunal también abordó la reclamación de que los apelantes habían comprado una casa en Sri Lanka. Se dictaminó que esto no benefició a los apelantes, tanto porque no se presentaron documentos como porque su versión de los hechos respecto a la compra de la propiedad cambió varias veces.