34-12-56-78 Chéjov contra el Estado de Israel, P.D. 51 (2) El acusado vio numerosas publicaciones y vídeos en nombre del ISIS, incluidos vídeos de guerra de la organización, disparos durante batallas, atentados, e incluyendo publicaciones y vídeos que incluyen una llamada directa a cometer un acto terrorista, así como palabras de elogio, simpatía o estímulo por un acto terrorista, así como documentación de dicho acto.
- En la parte fáctica de la acusación Se atribuyen los siguientes hechos al acusado: Desde 2014 hasta la fecha de su detención, en fechas desconocidas por el acusador, y de forma continua y continua, el acusado, que sabía que Da'ar'ar era una organización terrorista, se interesó frecuentemente por estos contenidos y, en algunos casos, incluso lo hizo con otros.
El acusado navegó por Internet, canales y sitios web designados de la organización Estado Islámico; Leía las noticias y actualizaciones de la organización y mostraba gran interés por las actividades de la organización en todo el mundo; Mira los vídeos de guerra de la organización, incluyendo tiroteos, batallas, atentados, ejecuciones y más. En algunos casos, el acusado veía y compartía este contenido junto con otros.
En una fecha desconocida por el acusador, después del 7 de octubre de 2023, y en el contexto de la guerra de la "Espada de Hierro", el acusado decidió unirse al ISIS.
Posteriormente, en una fecha desconocida para el acusador, el acusado hizo una 'bi'a' a Abu Hefetz al-Hashemi al-Qurashi, el nuevo califa de la organización, y así se unió como miembro.
Poco después, hasta la fecha de su detención el 16 de julio de 2024, y de forma más intensa e intensa, el acusado navegó por numerosos contenidos mediáticos del ISIS, incluyendo las noticias de la organización, guerras de guerrillas, tiroteos y ejecuciones, atentados con bombas, decapitaciones, cuerpos mutilados y más.
En una fecha desconocida por el acusador, durante el transcurso de 2024, el acusado descargó numerosos archivos multimedia con información sobre la preparación de explosivos y venenos, entre otros, utilizando su dispositivo móvil. En sus acciones mencionadas, el acusado era miembro de una organización terrorista, y eran capaces de perjudicar la seguridad del Estado.
- En la audiencia del 10 de octubre de 2024, la defensa presentó un argumento preliminar según Sección 149(4) de la Ley de Procedimiento Penal [Versión Consolidada], 5742-1982, en Gedera argumentó que los hechos de la acusación no constituyen un delito. Se argumentó que la ejecución de un juramento de lealtad a la organización terrorista Da'ar'ar Shashna (en adelante: "bi'a") no es posible de forma privada y "unidireccional", sino que requiere la aceptación por parte de la organización terrorista a la que el juramento pretende unirse. La acusadora solicitó que el argumento fuera rechazado en la audiencia y en una respuesta escrita suplementaria que ella presentó. En mi decisión del 24 de noviembre de 2024, se determinó que la solicitud debía decidirse tras escuchar todas las pruebas, y está claro que, dado que esta es la principal cuestión legal en disputa, se trató en detalle en esta sentencia.
Copiado de NevoRespuesta a la Acusación
- El acusado negó sin saberlo lo que se alegó en los párrafos 1 a 7 de la parte general de la acusación, y añadió que no se referían directamente a él.
El acusado confirmó los párrafos 8-9, según los cuales había visto vídeos que hacían referencia al ISIS, pero negó haber "consumido" contenido o materiales propagandísticos detallados en ellos.