Casos legales

Caso penal (Be’er Sheva) 20958-08-24 Estado de Israel – F.M. contra Muhammad Azzam - parte 3

April 30, 2026
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34-12-56-78 Chéjov contra el Estado de Israel, P.D.  51 (2) El acusado vio numerosas publicaciones y vídeos en nombre del ISIS, incluidos vídeos de guerra de la organización, disparos durante batallas, atentados, e incluyendo publicaciones y vídeos que incluyen una llamada directa a cometer un acto terrorista, así como palabras de elogio, simpatía o estímulo por un acto terrorista, así como documentación de dicho acto.

  1. En la parte fáctica de la acusación Se atribuyen los siguientes hechos al acusado: Desde 2014 hasta la fecha de su detención, en fechas desconocidas por el acusador, y de forma continua y continua, el acusado, que sabía que Da'ar'ar era una organización terrorista, se interesó frecuentemente por estos contenidos y, en algunos casos, incluso lo hizo con otros.

El acusado navegó por Internet, canales y sitios web designados de la organización Estado Islámico; Leía las noticias y actualizaciones de la organización y mostraba gran interés por las actividades de la organización en todo el mundo; Mira los vídeos de guerra de la organización, incluyendo tiroteos, batallas, atentados, ejecuciones y más.  En algunos casos, el acusado veía y compartía este contenido junto con otros.

En una fecha desconocida por el acusador, después del 7 de octubre de 2023, y en el contexto de la guerra de la "Espada de Hierro", el acusado decidió unirse al ISIS.

Posteriormente, en una fecha desconocida para el acusador, el acusado hizo una 'bi'a' a Abu Hefetz al-Hashemi al-Qurashi, el nuevo califa de la organización, y así se unió como miembro.

Poco después, hasta la fecha de su detención el 16 de julio de 2024, y de forma más intensa e intensa, el acusado navegó por numerosos contenidos mediáticos del ISIS, incluyendo las noticias de la organización, guerras de guerrillas, tiroteos y ejecuciones, atentados con bombas, decapitaciones, cuerpos mutilados y más.

En una fecha desconocida por el acusador, durante el transcurso de 2024, el acusado descargó numerosos archivos multimedia con información sobre la preparación de explosivos y venenos, entre otros, utilizando su dispositivo móvil.  En sus acciones mencionadas, el acusado era miembro de una organización terrorista, y eran capaces de perjudicar la seguridad del Estado.

  1. En la audiencia del 10 de octubre de 2024, la defensa presentó un argumento preliminar según Sección 149(4) de la Ley de Procedimiento Penal [Versión Consolidada], 5742-1982, en Gedera argumentó que los hechos de la acusación no constituyen un delito. Se argumentó que la ejecución de un juramento de lealtad a la organización terrorista Da'ar'ar Shashna (en adelante: "bi'a") no es posible de forma privada y "unidireccional", sino que requiere la aceptación por parte de la organización terrorista a la que el juramento pretende unirse.  La acusadora solicitó que el argumento fuera rechazado en la audiencia y en una respuesta escrita suplementaria que ella presentó.  En mi decisión del 24 de noviembre de 2024, se determinó que la solicitud debía decidirse tras escuchar todas las pruebas, y está claro que, dado que esta es la principal cuestión legal en disputa, se trató en detalle en esta sentencia.

Copiado de NevoRespuesta a la Acusación

  1. El acusado negó sin saberlo lo que se alegó en los párrafos 1 a 7 de la parte general de la acusación, y añadió que no se referían directamente a él.

El acusado confirmó los párrafos 8-9, según los cuales había visto vídeos que hacían referencia al ISIS, pero negó haber "consumido" contenido o materiales propagandísticos detallados en ellos.

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