Objeto del juramento: El acusado dijo la redacción de la declaración al nuevo califa, "Abu Hefetz";
Forma de ejecución del juramento: Independientemente, entre sí mismo, el acusado leía para sí mismo la redacción de la declaración ("Aya" y conocida como "Harush") cuando se hacía en una práctica familiar y legítima según el concepto religioso midásico (y en vista del liderazgo de los Midrás y los elementos halájicos en su nombre), lo cual es habitual especialmente en ámbitos no institucionalizados como Israel, donde no es posible celebrar un proceso de juramento "grupal". En este sentido, se determinó que el demandado llevó a cabo el proceso de juramento de manera coherente con las características de la escena en la que se encontraba, y de manera coherente con las "reglas de la ceremonia de la Mada";
El significado del juramento: El acusado declaró en su interrogatorio que, tras jurar lealtad al califa, se consideraba perteneciente al "Estado Islámico". El perito de la ISA señala que la conducta del demandado es coherente con la conocida doctrina religiosa (detallada en la sección de opinión) según la cual el acto de prestar juramento a los artistas constituye en realidad un "mecanismo para unirse y pertenecer" a las filas de los Madas. Esto ocurre tanto si el acto de juramento se realiza en un marco grupal (en un distrito oficial) como en un marco personal-individual, como en el caso del acusado.
De hecho, el acusado admite que era plenamente consciente de la importancia del acto de expresión como un billete de entrada a las filas de la MDAS y de su ingreso en miembro de la organización.
Compartir el juramento: El acusado compartió el hecho de que había cumplido un juramento de artista al jalifa Abu Hefetz ante un jeque de Dasi, su amigo Tamer Ismail. El experto en Shin Bet explica que el acto de participar en la ejecución de una declaración refuerza la importancia que el acusado atribuye al acto de juramento, ya que es un proceso significativo que simboliza la incorporación a la organización, y por ello quería "mostrar" el proceso ante otros miembros de la comunidad Madasit.
- La defensa, que no presentó una opinión experta en su nombre, argumentó que no se debía confiar en la opinión del perito de la ISA, ya que se basaba únicamente en conocimiento personal y no respaldaba ni fundamentaba la determinación de que el acusado era miembro de la organización terrorista ISIS. En su opinión, el papel de un experto en la ISA se limita a identificar riesgos y no a interpretar la ley.
Resulta desconcertante cómo se supone que debe conciliarse el argumento mencionado con el hecho de que la defensa se tomó la molestia de recitar el testimonio experto en el tribunal para respaldar su afirmación de que hacer una defensa propia por sí solo no convierte al acusado en miembro de una organización terrorista.