Casos legales

Tribunal Superior de Justicia 35810-08-25 Unión de Representantes contra Knéset de Israel

May 3, 2026
Impresión
En el Tribunal Supremo como Tribunal Superior de Justicia

 

Tribunal Superior de Justicia 35810-08-25
Tribunal Superior de Justicia 6251-11-25

 

 

Antes: La Honorable Jueza Ofer Grosskopf
La Honorable Jueza Alex Stein La
Honorable Magistrada Ruth Ronen 
Los peticionarios en el caso del Tribunal Superior de Justicia 35810-08-25:

Los peticionarios en el caso 6251-11-25 del Tribunal Superior:

1.  Asociación de Representantes

2.  La Cámara de Comercio de Tel Aviv y Central, Asociación de Cámaras

de Comercio 1.  Edificios Rubinstein Ltd
.  2.  Gil Rubinstein Inversiones y Propiedades Ltd.3
.  Gil Rubinstein

 

Contra

 

Demandados en el Caso 35810-08-25 del Tribunal Superior de Justicia:

Los demandados en el caso 6251-11-25 del Tribunal Superior de Justicia:

1.  La Knéset de Israel

2.  El Comité de Finanzas de la Knéset

3.  El Ministro de Finanzas

4.  Director de la Autoridad Tributaria

5.  Jefe de la Autoridad de Sociedades

6.  El Comisionado de Procedimientos de Insolvencia y Rehabilitación Económica

7.  El Comisionado de Competencia

1.  Knéset de
Israel 2.  Comisión de Finanzas de la Knéset
3.  Asesor Jurídico de la Knéset
4.  El Gobierno de Israel
5.  Ministro de
Hacienda 6.  La Autoridad Tributaria

Peticiones de orden nisi
 

Fecha de la reunión:

22 Cheshvan 5786 (13.11.2025)
En nombre de los peticionarios en el caso del Tribunal Superior de Justicia 35810-08-25:

En nombre de los peticionarios en el caso 6251-11-25 del Tribunal Superior de Justicia:

 

El abogado Raz Nizri; Abogado Avinoam Segal-Elad; el alvogal Yossi Cohen; Abogado Danny Freiman

Abogado Eitan Liraz; Abogado Yaad Rotem; Abogada Shira Hauser

En nombre de los demandados 1-2 en el caso 35810-08-25 del Tribunal Superior de Justicia y los demandados 1-3 en el caso 6251-11-25:

En nombre de los demandados 3-7 en el caso del Tribunal Superior de Justicia 35810-08-25 y de los demandados 4-6 en el caso 6251-11-25:

Abogado Yitzhak Bart

Abogado Jonathan Berman; Abogado Adam Tehrani

 

Sentencia

Juez Ofer Grosskopf:

Las peticiones ante nosotros tratan sobre la validez constitucional de la Ley de Eficiencia Económica (Enmiendas Legislativas para Alcanzar los Objetivos Presupuestarios del Año Presupuestario 2025) (Tributación de Beneficios No Disputados), 5785-2024, también conocida como Enmienda Nº 277 a la Ordenanza del Impuesto sobre la Renta (en adelante también: La Ley o Ley de Imposición de Beneficios No Distribuidos).  El propósito de la ley, cuya importancia es indiscutible, es reducir el número de casos en los que Abuso El régimen fiscal que se aplica a las empresas con el propósito de diferir el pago del impuesto por un periodo prolongado.  La principal disputa entre las partes se refiere a la forma en que elegimos abordar este fenómeno - los peticionarios en las dos peticiones (en adelante conjuntas): Los peticionarios yLas peticiones, respectivamente) opinan, por un lado, que los arreglos establecidos en la ley para lograr este objetivo tienen muchos defectos, cuyo resultado es que esta es una ley que no solo no cumple su propósito, sino que también conduce a un daño significativo a los derechos básicos protegidos y a la economía israelí.  El Estado, por su parte, considera que la ley es muy beneficiosa, ya que conducirá a un aumento significativo de sus ingresos, junto con una reducción del incentivo para abusar del régimen fiscal de dos etapas que se aplica a las empresas.

El asentamiento otomano [versión antigua] 1916       Para mayor comodidad del lector, señalaré que la ley ya ha establecido dos acuerdos principales que se aplicarán a unas pocas empresas (compañías controladas por hasta cinco personas, que no son filiales ni compañías en las que el público tenga un interés real): La primera, pretende ampliar el rango de casos en los que los ingresos de la empresa se atribuirán a las personas que los poseen (según se detalle En la sección 62A a la Ordenanza del Impuesto sobre la Renta [Nueva Versión] (en adelante: El Mando o Ordenanza del Impuesto sobre la Renta)); La segunda, establece un nuevo impuesto del 2% sobre los beneficios que la empresa haya decidido no distribuir como dividendo a sus accionistas (según se detalla Secciones 81A-81F a la Ordenanza).  Detrás de esta descripción simplista, y como suele ocurrir en el derecho fiscal, hay muchas páginas de legislación compleja y complexa, que incluye definiciones, referencias, condiciones, excepciones y más.  A partir de ahora, la presentación del asunto se realizará de acuerdo con el nivel de detalle requerido para la resolución de las peticiones.  Cuando es posible condensar y simplificar, las cosas se presentarán desde una perspectiva aérea y en el lenguaje de los seres humanos; Pero en los lugares donde es necesario ampliar y profundizar la mirada, no habrá más remedio que sumergirse en el pantano rápido y exigente que es Ordenanza del Impuesto sobre la Renta.

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