Ingresos por dividendos: Parte de los ingresos de la sociedad minoritaria se atribuirá a su accionista mayoritario cuando se trate de un ingreso derivado de un dividendo distribuido por una empresa en la que el accionista de control sea un accionista activo, siempre que la sociedad minoritaria no sea accionista mayoritario de la empresa que distribuyó el dividendo. Cabe señalar que en esta sección el término "accionista activo" se define como un accionista cuyos ingresos se derivaron de los ingresos de la empresa que distribuyó el dividendo, total o parcialmente, provenientes de su trabajo personal (Sección 62A(A3) a la Ordenanza). Esta alternativa tampoco lo es está en el centro de las peticiones.
Al mismo tiempo, se determinó que En la sección 62A La Ordenanza contiene varias disposiciones sobre la manera en que se deben deducir los distintos gastos de la sociedad minoritaria al calcular su renta imponible, cuando se determina que sus ingresos deben atribuirse al accionista o accionista controlador en la misma (Apartado (C1)); Y en cuanto a la forma en que debe actuarse cuando se determine, a efectos fiscales, que los ingresos de una sociedad minoritaria se consideran ingresos de un accionista en ella (apartado (c2)).
- Y ahora, el segundo arreglo central expuesto en el marco de la ley. Los artículos 81a-81F de la Ordenanza condujeron a la creación de un nuevo impuesto: un impuesto sobre los beneficios excedentes acumulados en las arcas de unas pocas empresas (en adelante: el Impuesto sobre los Beneficios Excedentes). Como se señaló anteriormente, cuando una empresa no distribuye dividendos a sus accionistas, en realidad se beneficia de un préstamo estatal sin intereses por un periodo ilimitado, por la cantidad de impuestos que se les cobrará tras la distribución. El objetivo del impuesto sobre los beneficios excedentes es restar a las empresas que no aprovechan el beneficio fiscal para el fin para el que fue determinado, el incentivo económico para evitar la distribución. El impuesto adicional establecido sobre los beneficios excedentes, a un tipo del 2%, está destinado a reflejar el valor temporal del dinero en relación con el periodo durante el cual los beneficios se mantienen en las arcas de la empresa. Cabe señalar que, dado que la decisión de mantener los beneficios excedentes en las arcas de la empresa tiene un impacto negativo en el público general, el impuesto impuesto sobre los beneficios excedentes es en realidad un impuesto pigouviano, es decir, un impuesto destinado a corregir el fallo del mercado y a promover la conducta socialmente eficiente de los distintos actores.
- En el núcleo del acuerdo que determina el impuesto sobre los beneficios excedentes están los artículos 81B y 81C de la Ordenanza. La sección 81B(a) establece que:
Una sociedad minoritaria estará sujeta a pagar un incremento fiscal, por cada año fiscal, al tipo del 2% del importe de los beneficios excedentes de la empresa minoritaria, calculado según la sección 81c, después de que se haya deducido el importe de un dividendo distribuido en el año fiscal (en esta sección - una suma al impuesto).