Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 12050-12-17 Nirolin Life Sciences Ltd. contra la Dra. Manana Dan – Centro de Medicina Estética Ltd. - parte 18

December 24, 2024
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En estas circunstancias, la demandante, que intentaba ver a la demandada como alguien que admitió las transacciones a la luz de la absolución, no puede ser escuchada alegando que las transacciones son válidas desde el momento en que cancela las facturas y devuelve el dinero que pagó.  El demandante no aclaró qué era esa "cancelación temporal", no se refirió a ninguna disposición de la ley y no presentó pruebas que permitan la cancelación temporal de las facturas en contraste con una cancelación no temporal.  En estas circunstancias, la cancelación de las facturas por parte de la demandante muestra que, por su parte, la transacción también fue cancelada de manera coherente con el testimonio del Dr.  Dan. 

  1. Antes de concluir, añadiré que la demandada añadió argumentos en la declaración jurada de la testigo principal en su nombre respecto a sumas que tuvo que presentar en el marco de la objeción, y no se aclaró por qué no se hizo de esta manera. Por lo tanto, acepto la postura del demandante de que esto es una extensión de la fachada y que estos argumentos no serán examinados. 

También debe señalarse que la demandada planteó un argumento que había descuidado en sus resúmenes y, por tanto, no se discutió, y parece que era redundante a la luz de las conclusiones de la sentencia.

Conclusión y decisión

  1. La demanda que tiene ante ella es una nota. En estas circunstancias, se suponía que el demandado debía asumir la carga de persuadir que no era responsable de pagar los cheques por los que fue demandado.  La demandada negó la responsabilidad y presentó reclamaciones por diversos motivos, desde el robo y falsificación de los cheques hasta la finalización de los mismos sin su consentimiento y la falta de la contraprestación.  En la práctica, la acusada no presentó pruebas suficientes para respaldar su versión.  La demandada tampoco presentó pruebas para respaldar sus afirmaciones sobre la conducta de la demandante de manera similar hacia otros clientes, a pesar de que afirmaba que traería testigos.

Aclararé que la falta de pruebas por parte del demandado, más allá de la denegación generalizada del pedido de los bienes, en contraste con la descripción detallada del demandante sobre el deseo de cooperar en la empresa en otros países también, plantea cuestiones y no puede descartarse que se realizara una transacción entre el demandante y el demandado, ya que las partes no niegan que existiera una relación comercial entre ellas ni que hubiera un ajuste de cuentas entre ellos. 

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