Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 13203-10-16 Sol.E Investments & Entrepreneurship Group Ltd. contra la cadena de cafeterías Landau Reznieli - parte 36

January 7, 2025
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No se adjuntó una opinión experta en nombre de la sociedad para probar la estimación de los daños.

La reclamación en este asunto no ha sido probada.  La cafetería de Herzliya fue la primera sucursal de la cadena de cafeterías Rothschild.  Saul tenía 25 años y no tenía experiencia gestionando una cafetería.  En virtud de la cláusula 15A del contrato de franquicia, era necesario un mayor acompañamiento [formación, conocimiento y experiencia] de la sociedad en la cafetería de Herzliya, y esto debería haberlo sabido la sociedad antes de firmar el contrato de franquicia con un franquiciado sin experiencia demostrada.

No se demostró la intensidad ni la cantidad de las quejas.  No se invitó a testigos a declarar en nombre de la sociedad.  No es posible determinar que en el breve periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2015 y el 31 de diciembre de 2015, durante el cual Sol operó la primera sucursal de la cadena, se haya dañado la reputación de la cadena de cafeterías Rothschild. 

La reclamación sobre buena voluntad es desestimada en ausencia de pruebas.

  1. Compensación por no presentar informes a la sociedad del 16 de abril al 16 de junio de 2016:

La sección 75B(b7) de la reconvención reclama una compensación por un importe de ILS 50.000 por cada mes en el que no se presentaron informes a la cadena Rothschild. 

En el artículo 10 de la Sentencia sobre la Transferencia del Lugar de Audiencia, la reclamación relativa a la no presentación de informes fue desestimada por el periodo posterior a la notificación de cancelación del acuerdo de concesión, a partir del 16 de junio de 2016.

La sociedad estaba vinculada a las arcas del café y emitía cuentas Sol para los pagos de regalías basadas en los datos de las arcas del café.  Durante el periodo en que el café fue operado por Sol, no encontramos en las pruebas que el procedimiento de notificación fuera meticuloso, y que Sol tuviera que informar después de que no se les diera. 

La demanda por la no presentación de informes del 16 de abril al 16 de junio de 2016 queda desestimada.

  1. Compensación por impago de tasas publicitarias por un importe de 60.000 ILS - Sección 75B(8) de la contrademanda:

La contrademanda se refiere al periodo comprendido entre el 16 de abril y el 16 de junio de 2016.  Como se indicó, respecto al periodo posterior al aviso de cancelación, a partir del 16 de junio de 2016, la reclamación fue desestimada [véase el párrafo 10 de la sentencia].

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