Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 59951-01-22 Avner Hofstein contra Politikali Reader (R.A.) - parte 20

December 17, 2024
Impresión

Si es así, entonces, por regla general, el tribunal debe tener cuidado de no sustituir la discreción del editor por su propio juicio.  Cuando el titular elegido por el editor es el que está sujeto a examen, se debe dar peso a sus características especiales: el título, por su naturaleza, pretende atraer la atención y generar interés entre los lectores, y se formula como una especie de "remate" al principio del artículo.  Estas características permiten otorgar autonomía a la elección y estilo del editor.  Soy consciente de que existe la preocupación de que el titular "coloree" todo el artículo y pueda fijar al lector durante la lectura, pero a la luz de sus características, se puede suponer que el lector razonable leerá el titular con atención bajo la suposición de que busca dar "color" y crear interés.

  1. En las circunstancias de este caso, el subtítulo elegido es realmente llamativo y su estilo es directo, pero está situado en el centro de todo el artículo, y al leerlo se le da todo el contexto. Además, dado que el nombre del demandante no aparece en el subtítulo ni se menciona previamente, cualquiera que solo haya leído el subtítulo y no haya seguido el cuerpo del pasaje no estará expuesto al hecho de que el título se atribuye al demandante; Por otro lado, el lector que continuó leyendo el pasaje adyacente al subtítulo, que trata sobre el demandante, recibió la imagen completa y el contexto en el que se dijo la frase que aparece en el encabezado.  Sin embargo, hay que tener cuidado de que la motivación para generar interés y atraer lectores no lleve al editor a elegir un título que cruce la línea entre "color" y "ficción completa".  Sin embargo, en las circunstancias de este caso, incluso si fuera posible bastarle con un título diferente, "Esto no es una edición maliciosa y manipuladora, y entra dentro del ámbito del 'respiro' que debe dejarse al editor, sin la intervención del tribunal" (Dayan's Civil Appeal, 519).
  2. En resumen de esta parte, los demandados 1-3 tienen una defensa de "buena fe" incluso respecto al título.
  3. En la declaración de demanda, el demandante también se quejó de las publicaciones publicadas por el demandado 2 en Facebook y Twitter. Como no argumentó sobre este asunto en sus resúmenes, se puede ver que abandonó sus argumentos en este asunto - y por tanto no los trato.
  4. Para resumir esta parte: la demanda contra los demandados 1-3 queda desestimada.
  5. Cobertura y difusión del artículo por parte de otros
  6. El artículo desató un debate público tras su publicación y fue cubierto y compartido por otros, algunos en los medios y otros en redes sociales (ejemplos de esto se adjuntaron como Prueba 10 a los documentos del acusado 6). En el marco de esta acción, el demandante solicita un "artículo" que se emitió en el programa "Before the News" en el Canal 13 y que discutió el artículo, en el que el demandado 2, un editor político, fue entrevistado en el estudio y se emitió una entrevista con el demandante "Dana"; Y sobre los tuits de Chaim Levinson en Twitter, que también incluyeron la difusión de la parte del artículo en Politikaly que trataba sobre el demandante y la difusión del "artículo" que se emitió en el Canal 13.
  7. Antes de analizar las propias publicaciones, abordaré la base normativa respecto a la compartición y repetición de publicaciones anteriores. El artículo 19 de la Ley de Prohibición de Difamación permite la consideración y la indulgencia para otorgar una compensación en un caso donde la difamación es una repetición de una expresión anterior.  De esta sección aprendemos que la repetición de difamación, o la cita de palabras de otra persona, que son expresiones difamatorias, no otorgan, por sí solas, inmunidad ni protección al anunciante.  De hecho, en una larga serie de sentencias, se ha sostenido que "un anunciante que repite las palabras de otro no puede generalmente beneficiarse de la protección de la verdad de la publicación alegando que la persona a la que citó dijo esas palabras.  La razón de esto es que una persona razonable suele concluir de una publicación que repite la difamación dicha por otra persona, porque las palabras en sí eran verdaderas" (The Greedy Case, párrafo 120).  Al mismo tiempo, se sostuvo que "cuando la mera declaración de cosas difamatorias constituye un hecho importante en sí mismo, y la republicación no verifica las afirmaciones ni les aporta un toque de credibilidad, sino que las presenta como una mera reclamación de una persona en particular, el tribunal puede ser suficiente para demostrar que las palabras fueron realmente dichas" (Caso Civil (Distrito de Beer Sheva) 7129/99 Shemesh contra Shimon, Párrafo 11 (10.10.2004); Greedy Matter, párrafo 120; Caso Civil (Shalom Tel Aviv) Kaufman contra Shaul, párrafos 17-18 (25 de julio de 2010); Caso Civil (Shalom B.Y.) 10872-11-20 Galili contra YNET, párr.  40 (28 de junio de 2022)).
  8. La cuestión de las republicaciones está cobrando cada vez más relevancia a la luz de los avances tecnológicos que caracterizan hoy en día, y la realidad muestra que muchas expresiones se están revisitando y compartiendo, de forma rápida y a gran escala. Estas tendencias plantean preguntas de peso y plantean desafíos en la aplicación de la Ley de Prohibición de Difamación, que "fue promulgada en Israel en una época en la que gran parte de los medios cuyo uso actual es el más común, no existía en absoluto" (Civil Appeal Authority 1239/19 Shaul contra Portable Communications Ltd., párr.  8 (8 de enero de 2020) (en adelante: el Caso)Shaul).
  9. En el caso Shaul, que trató sobre la republicación en redes sociales, el Tribunal Supremo dictaminó que el acto de "compartir" se consideraría publicación independiente según el artículo 2 de la Ley de Prohibición de Difamación. Al mismo tiempo, el Tribunal Supremo señaló las reservas y preocupaciones planteadas por tal reconocimiento (temor a una "demanda selectiva"; preocupación por "silenciar demandas" y "efecto disuasorio"; Miedo a desbordar los tribunales y a múltiples procedimientos legales).  A la luz de esto, se sostuvo que las protecciones establecidas en la ley debían interpretarse con finalidad, "teniendo en cuenta la importancia de la existencia de un espacio abierto en internet en el que los usuarios puedan ejercer su derecho a la libertad de expresión" (ibid., párrafo 55 de la sentencia del juez D.  Barak-Erez).  En su fallo, el tribunal detalló mecanismos adicionales que ayudarán en el acto de equilibrio: tanto el uso de herramientas de audiencia (como la desestimación sumaria por temor a abuso del proceso legal) como la flexibilización de las sentencias de compensación (ibid., párrafos 53-64).  Así se resumió (en el párrafo 65):

 

Parte previa1...1920
21...30Próxima parte