Casos legales

Expediente familiar (Haifa) 58512-10-24 S. contra H. - parte 13

May 6, 2026
Impresión

En nuestro caso, opino que no se ha demostrado en absoluto que la conducta vergonzosa tardía que se alega cancelar el regalo establezca en las circunstancias motivos para su cancelación.

  1. A la luz de lo anterior, no solo el demandado no levantó la carga que le impusieron respecto al comportamiento vergonzoso del demandante, y en cualquier caso nunca presentó ninguna demanda para cancelar el regalo, sino que incluso confirmó que su deseo de cancelar la transacción de donación no tenía nada que ver con el demandante, sino  con su "interés personal" y que también se llevó a cabo bajo la presión de su hermano.
  1. Conclusión:
  1. A la luz de todo lo anterior, acepto la reclamación y ordeno la ejecución del acuerdo de donación. Se puede presentar una orden formal para su firma.
  2. Teniendo en cuenta el procedimiento que se llevó a cabo hasta el final, el número de audiencias celebradas (3 vistas preliminares y 1 audiencia probatoria), y cuyo resultado obligo al acusado a pagarle la suma de NIS 15,000 en el transcurso de los gastos legales.

La secretaría dictará sentencia a las partes y cerrará el caso.

Se permite la publicación de la sentencia, omitiendo cualquier detalle identificativo, corrección y corrección.

Se aclara que la publicación solo se llevará a cabo a través del tribunal por el portavoz y el sistema de información del poder judicial en Israel, y que solo esta redacción estará permitida para su publicación.

Dado hoy, 6 de mayo de 2026, en ausencia de las partes.

 

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