"Los objetivos sociales que la empresa busca alcanzar a través del derecho penal son coherentes con el reconocimiento de la responsabilidad penal personal de la corporación. En la sociedad moderna, la corporación es una base principal para la actividad humana. Hay países donde hay más corporaciones que seres humanos. Cuando la corporación realiza conductas que la empresa percibe como delitos —evasión fiscal, violación de leyes de urbanismo y edificación, actividades contrarias a la moral pública (proxenetismo para prostitución), etc.— los valores que la empresa quiere proteger imponiendo responsabilidad penal personal a la corporación. De este modo, promovemos los objetivos de prevenir la recurrencia de los delitos y disuadirlo."
El Honorable Juez A. Procaccia enCriminal Appeal Authority 9008/01 Estado de Israel contra A.M. Turgeman Ltd., IsrSC 57(5) 799 (2003, en adelante: el caso Turgeman), en el párrafo 12 de su sentencia en la p. 810:
"Junto a la importancia de llevar a cabo procedimientos penales como valor general, existe una creciente conciencia sobre la importancia general de imponer responsabilidad penal a una corporación. Ciertamente, la cuestión de la responsabilidad penal impuesta a una corporación se conoce como un asunto complejo y plagado de dificultades conceptuales y morales....Sin embargo, a pesar de las dificultades conocidas que esto acompaña, la responsabilidad penal para una corporación se estableció en el artículo 23 de la Ley Penal, 5737-1977, y el concepto a favor de hacer cumplir dicha responsabilidad está arraigando en la ley con el fortalecimiento del estatus de las corporaciones en el derecho moderno y la conciencia que exige su subordinación a un sistema de normas de conducta que garantice el respeto de los valores esenciales para la sociedad y la conformidad con las percepciones predominantes de la vida."
(Énfasis añadido – M.A., 3).
Esto también fue tratado por el Honorable Juez D. Barak-Erez en el caso 4395/12 Dror Cohen contra la Oficina del Fiscal del Distrito Central (publicado en Nevo, 2012, en adelante: el caso ferroviario),