Casos legales

Caso penal (Tel Aviv) 4368-05-16 Estado de Israel contra Siemens Israel Ltd. - parte 33

July 3, 2017
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En el artículo 47 de la Ley de Sociedades, el legislador adoptó la teoría de los órganos en relación con la sociedad en general.   El artículo 47, titulado  "Los actos del órgano como actos de la Sociedad", establece que: "Las acciones e intenciones de un órgano son las acciones e intenciones de la Sociedad".

Esto es discutido por Bar-Mor, Corporations, en la página 56:

"La Ley de Sociedades resolvió las dificultades de la humanización de la compañía definiendo la relación entre los órganos y la compañía en el artículo 47: Las acciones e intenciones de un órgano son las acciones e intenciones de la compañía.  Esta estructura legal se aplica tanto a situaciones de pensamiento  adecuado como a situaciones de comportamiento desviado,  y refleja la percepción realista de la corporación, que la ve como una criatura con personalidad propia.  La técnica de imponer responsabilidad a la empresa en virtud de la acción del órgano se lleva a cabo imponiendo responsabilidad directa a la compañía."

Principios similares fueron discutidos por Irit Haviv-Segal, Companies, en la página 139:

"La sociedad carece de conciencia humana y solo opera a través de su órgano, pero según la concepción realista  de la empresa: las acciones del órgano se consideran acciones de la propia empresa, y la conciencia del órgano se considera la conciencia de la sociedad.  Esta es la teoría de los órganos.  Según la teoría de los órganos,  la personalidad de la empresa comercial se considera idéntica a la personalidad del individuo, con la excepción de una característica: la sociedad, a diferencia del individuo natural, no actúa por sí misma, sino que opera a través de su órgano.....La teoría de los órganos concluye que la propia empresa es directamente responsable."

Y también Gross, The Companies Law, ibid., en la p. 235:

"Esta identificación de la intención del órgano con la intención de la empresa permitió que la ley inglesa, y posteriormente la israelí, pudieran atribuir intención criminal a la compañía.  Así, se estableció la teoría de los órganos como base para determinar la relación entre la empresa y el consejo de administración, así como entre el consejo de administración y las partes externas de la empresa.....La responsabilidad penal es la responsabilidad directa por las acciones de los órganos.  La corporación es el verdadero autor de las acciones, y el pensamiento criminal es el del órgano ejecutor.".

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