Casos legales

Caso penal (Tel Aviv) 4368-05-16 Estado de Israel contra Siemens Israel Ltd. - parte 45

July 3, 2017
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Añade allí que no debe cumplirse la prueba formal: "Porque la ley no se conforma con la apariencia superficial de las cosas,  sino que examina su esencia."

Lederman, responsable de órganos, considera que, en lo que respecta a imponer responsabilidad penal a una corporación,  el enfoque debe centrarse en el comportamiento y el pensamiento delictivo de los altos cargos de la corporación:

"De hecho, por necesidad, la expresión 'organizadores y otros altos cargos de la corporación' es algo difusa y no establece un marco preciso y uniforme para la discusión.  Pero su lógica es clara.  Pretende abarcar a todas las figuras decisivas y a las principales instituciones de un órgano jurídico, responsables de moldear su política y operar la mayoría de sus actividades tanto interna como externamente, sin importar los títulos de los cargos o cargos.  La lista de cargos y cargos no es uniforme para todas las corporaciones, y en parte cambiará según la estructura de la organización, la naturaleza de su actividad y la forma en que se distribuyan los poderes y competencias del organismo objeto del examen.   Las consideraciones de política legal también suelen influir en la determinación del marco, y  naturalmente su peso aumentará en los casos fronterizos."

Kremnitzer y Ghanaim, Responsabilidad Corporativa, opinan igualmente  que la prueba jerárquica o funcional no debe aceptarse como simples pruebas,  y que debe adoptarse una prueba jerárquico-funcional.  En otras palabras, una cierta expansión del grupo de altos cargos, reduciendo su membresía solo a sus acciones como funcionarios de la corporación.  Los órganos de la corporación también son directores de sucursal e incluso directores de departamento, pero no empleados junior, y esto solo cuando tienen autoridad discrecional (ibid., pp. 87-88).  En el memorándum de enmienda, se propone aclarar este asunto.  En la página 2 del memorándum se indica lo siguiente:

"La enmienda propone afinar y aclarar las pruebas existentes en jurisprudencia respecto a la identidad del órgano cuyas acciones y pensamientos criminales serán considerados acciones y pensamientos de la corporación.  Entre otras cosas, la propuesta incluye una definición clara y limitada de la prueba funcional, así como la determinación de una condición según la cual la responsabilidad de la sociedad no se impondrá cuando el órgano no tenía intención de beneficiar a la corporación, y la ley no fue, por su naturaleza, un acto que beneficiara a la corporación.  La propuesta también incluye la incorporación de una obligación de supervisión por parte de la corporación para evitar la comisión de ciertos delitos por parte de una entidad vinculada a la corporación.  Por tanto, parece que la propuesta incluye varios equilibrios que, por un lado, reducen la responsabilidad penal en comparación con la situación actual y, por otro, la amplían de una manera más adecuada y apropiada para imponer responsabilidad penal a las corporaciones en la realidad actual."

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