Casos legales

Caso penal (Tel Aviv) 4368-05-16 Estado de Israel contra Siemens Israel Ltd. - parte 92

July 3, 2017
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Hay quienes critican este argumento diciendo que quien es inocente y no miente no se enfrenta al trilema, y por tanto en la práctica la protección solo se otorga a quienes están obligados a ocultar la verdad  y no tienen lugar en dicha  protección (véase: Akhil Reed Amar & Renee B.  Lettow, "Principios Fundamentales de la Quinta Enmienda: La Cláusula de Autoincriminación", 93 Mich.  L. Rev.  857, 890 (1995)..  Para una discusión sobre esta cuestión, véase: Daniel J.  Seidmann & Alex Stein, "El derecho al silencio ayuda a los inocentes: un análisis basado en juegos del privilegio de la Quinta Enmienda", 114 Harv.  L. Rev.  430, 452 (2000), citando a Jeremy Bentham, A Treatise on Judicial Evidence, 241 (M.  Dumont ed., Fred B.  Rothman & Co.  1981) (1825).

La inmunidad frente a la autoincriminación se considera una de las garantías mínimas de un juicio justo y de igualdad ante la ley, por lo que está protegida  por el artículo  14(3)(9)  del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos  de 1966 (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 1966, Art.  14(3)(9)—así como en constituciones de ciertos estados, como la Quinta Enmienda de la Constitución de los EE. UU., que establece: "Ninguna persona será...  obligado en cualquier caso penal a ser testigo contra sí mismo...".  En Estados Unidos, el derecho a la autoincriminación está establecido en la Quinta Enmienda de la Constitución (más adelante ampliaré en el capítulo sobre el derecho a la autoincriminación).

4.2.1.b.  El derecho a guardar silencio y el derecho a abstenerse de autoincriminación en Israel

La ley israelí reconoce el derecho del acusado a no incriminarse y, en este contexto, su derecho a guardar silencio, tanto durante el interrogatorio como durante el juicio.  Existen varias disposiciones de la ley que consagran estos derechos, algunas relacionadas con la investigación y otras con el juicio.

El artículo 2(2) de la Ordenanza  de Procedimiento Penal (Testimonios) autoriza a los agentes de policía a realizar investigaciones sobre la comisión de delitos.  El artículo 2(2) de la Ordenanza se refiere a los derechos en cuestión y establece lo siguiente:

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