- Las sociedades bancarias en este contexto son entidades de doble naturaleza, por lo que se aplican a ellas los principios del derecho público, incluyendo los deberes de equidad, razonabilidad y las normas de justicia natural. Por tanto, la revisión judicial de las decisiones del Banco es, en esencia, una revisión administrativa, aunque da peso a la calidad de las pruebas administrativas en las que se basó el Banco. Dentro del marco de este ámbito, la corporación bancaria tiene una discrecionalidad relativamente amplia, basándose en sus factores profesionales, para evaluar la naturaleza del riesgo e identificar factores y actividades de alto riesgo, en relación con las disposiciones de la ley, órdenes y directrices del Departamento de Supervisión Bancaria (Top Investments, párrafos 42-43; Caso Civil (Distrito de Hai) 39074-12-23 A.H. Lighting en la Apelación Fiscal contra Bank Hapoalim Ltd., párr. 40 (24 de enero de 2024)). Las decisiones del banco están sujetas a revisión judicial mediante la presentación de una acción en el tribunal civil.
- La mencionada discreción fue concedida al banco debido a su papel único en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, así como por su exposición a sanciones penales o civiles si cumple correctamente esta función (responsabilidad penal hacia el banco o sus empleados según el artículo 7(c) de la Ley Bancaria; sanción financiera según el artículo 14 de la Ley de Prohibición del Blanqueo de Capitales). A menudo se ha determinado que el tribunal no sustituirá el juicio profesional del banco por el suyo propio, sino que examinará si la decisión del banco excede el ámbito de la razonabilidad. En los casos en los que se haya establecido una base probatoria para la irrazonabilidad, la instancia judicial intervendrá en la decisión del banco (Top Investments, párrafo 42; Moción de apertura (Fiscal de Distrito) 11043-12-08 Kaplan Meat Marketing inTax Appeal contra Union Bank of Israel Ltd., párrafo 3(d) (23 de abril de 2009); Moción de apertura (Tribunal de Distrito) 20680-02-13 Tsker Boneh HaShamal para obras de construcción y renovación enapelación fiscal contra Bank Hapoalim enapelación fiscal (21 de febrero de 2013); Caso Toiga, párrafo 76; Caso Chodin, párrafos 34 y 47; Caso Civil (Distrito de Be'er Sheva) 40435-04-22 Sirius Network Services B Tax Appeal contra Discount Israel Ltd., párr. 29 (26 de octubre de 2023); Caso Civil (Shalom Tel Aviv) 45290-04-22 Nevo-Raphael contra Bank Leumi Le-Israel Ltd., párr. 24 (4 de junio de 2026)).
- En una sentencia en la que se preguntó la posición del regulador (el Supervisor de Bancos), Hela expresó su opinión de que la actividad de alto riesgo no conduce necesariamente al cierre de una cuenta existente, lo cual se considera el paso más extremo y final. La actividad de alto riesgo acentua la necesidad de que sea gestionada por la corporación bancaria. En este contexto, el Supervisor detalló las acciones que una sociedad bancaria debe tomar para reducir el riesgo asociado a esta actividad, incluyendo: tomar medidas adicionales para conocer al cliente; mayor monitorización de la actividad y los controles; restringir la actividad del cliente; informar a la Autoridad de Prevención de Blanqueo de Capitales y Prohibición de Financiación del Terrorismo sobre actividades inusuales; y cerrar una cuenta existente en una situación en la que el cliente se niega a cooperar con la entidad bancaria. El último paso, que se refiere al cierre de una cuenta existente, fue descrito por el Supervisor como el "paso más extremo", mientras que se aclaró que la falta de cooperación por parte de un cliente puede manifestarse en la falta de proporcionación de las referencias y explicaciones necesarias para la actividad o en un intento de eludir las restricciones impuestas por la sociedad bancaria (Civil Appeal 6389/17 Bits of Gold inTax Appeal v. Bank Leumi Le-Israel Ltd., párr. 6 (25 de febrero de 2018); Caso Civil (Distrito de Tel Aviv) 62322-11-23 Gisha - Centro para la Protección del Derecho a Moverse contra Bank Leumi Le-Israel Ltd., párr. 47 (11 de diciembre de 2023)).
- Además de las funciones mencionadas anteriormente del banco, está obligado a actuar de forma justa hacia el cliente incluso si existe sospecha de actividad ilegal en su cuenta. Como parte de esta obligación, el banco debe aclarar al cliente la base de sus sospechas y darle una oportunidad razonable para disiparlas o corregir sus hábitos. Solo después de que se haya dado esta oportunidad y no se hayan eliminado las preocupaciones del banco, el banco tiene derecho a tomar medidas para cerrar la cuenta. Esta obligación deriva del aumento del deber de diligencia del banco hacia sus clientes (Estímulo de apertura (Distrito de Tel Aviv) 24089-02-17 MLGI Finance and Investments in Tax Appeal contra Bank Hapoalim Ltd., párr. 86 (9 de diciembre de 2020); (Caso Civil (Distrito de Hai) 40765-05-18 Schwartz contra Israel Discount Bank Ltd., párr. 36 (26 de diciembre de 2020)). Esta base normativa requiere su implementación en nuestro caso.
Análisis de la evidencia en la etapa de alivio provisional
- En la fase de la medida provisional, se analizó el material probatorio y se determinaron los siguientes hallazgos dividiéndolos en "señales de alerta" que el Banco señaló, de la siguiente manera:
- Actividad de caja extensa sin la posibilidad de identificar el origen de los fondos: La primera y principal "señal de alerta" señalada por el banco es un aumento significativo en el volumen de actividad de efectivo en la cuenta de la asociación en 2023, junto con el hecho de que la asociación no conoce el origen de los fondos. Según el banco, de septiembre de 2022 a septiembre de 2023 se depositó en la cuenta una suma elevada de 2,13 millones de ILS. Los depósitos se realizaban cada pocos días, en sumas que iban desde unos pocos miles hasta decenas de miles de shekels al día en efectivo. Según el banco, esta conducta eludió el sistema de supervisión del banco respecto a las fuentes de fondos, en contravención de las directrices regulatorias a las que está obligado por el Banco de Israel. El banco afirmó que no podía verificar que el origen de los fondos no estuviera en actividades prohibidas, incluyendo blanqueo de capitales o financiación del terrorismo. El banco permitió a la asociación proporcionar una explicación sobre el origen de los fondos antes de bloquear la actividad, pero no recibió una respuesta satisfactoria. Según el banco, esto es una señal de alerta significativa, como se determinó, entre otras cosas, en el caso Al-Rahmon.
- Yazid Jaber ("Jaber"), director administrativo de la organización, declaró que los fondos se recaudaron en efectivo en las mezquitas en pequeñas cantidades (desde unos pocos shekels hasta cientos de shekels de un donante), y que estimó que no se donaron más de 5.000 shekels. El dinero se dona tras las oraciones en las mezquitas (hay unas 100 mezquitas) y se emiten recibos a nombre de las mezquitas para su seguimiento. Jaber confirmó lo que no estaba en disputa: la asociación no sabe cómo identificar el origen de los fondos en efectivo y no puede señalar la identidad de los donantes (pp. 5-6 de la acta del 6 de mayo de 2024).
- La base probatoria presentada incluyó 253 recibos emitidos por la asociación para pagos en efectivo en 2023. De estos, el banco indicó una duplicación de 48 ingresos. El 93% de los ingresos, que suman 1,6 millones de ILS, no se destinaron a un beneficiario específico. Se emitieron veintiocho recibos, que sumaban alrededor de 278.000 ILS, a nombre de una mezquita específica en ciertas localidades. Sesenta y cuatro recibos, por una suma acumulada de ILS 571.000, fueron designados para el beneficiario a nombre de "Quafil al-Aqsa" (Convoyes de Al-Aqsa) con el nombre de una localidad. En 21 ingresos, por un importe total de ILS 294.000, se especificaron "donaciones" junto con el nombre de la localidad, sin especificar un beneficiario o mezquita específico. En 11 ingresos, por un importe total de aproximadamente 53.000 ILS, se especificó el "fondo" de una localidad concreta sin especificar un beneficiario ni una mezquita. Se emitieron cuatro recibos, que sumaban 78.000 ILS, a nombre de la persona que hizo la donación (Fa'el Khir) sin el nombre de la localidad. Se emitieron 12 recibos, que sumaban alrededor de 13.000 ILS, en nombre del "Fondo de la Carretera 6"; Se emitieron varios recibos a nombre de "Yazid".
- El banco alegó que no hubo coincidencia entre las cantidades de ingresos recibidas cada mes en 2023 y las cantidades de efectivo depositadas ese mes en la cuenta del demandante. Por ejemplo, en junio de 2023, se depositó efectivo por un importe de ILS 121.500, y se adjuntaron recibos por un importe de ILS 36.450 a la declaración jurada de Jaber. En julio de 2023, se depositaron efectivos por la suma de ILS 221.862, y se adjuntaron recibos por un importe de ILS 306.602 a su declaración jurada. El banco concluyó a partir de esto que los ingresos no coincidían con las cantidades recibidas.
- En respuesta, la asociación afirmó que a veces se genera un recibo en un mes determinado y los fondos se depositan al mes siguiente. Por ejemplo, el Eid al-Adha se celebra del 27 de junio de 2023 al 1 de julio de 2023, y para el dinero recibido en vísperas de la festividad, se emitieron recibos después de la festividad. La cantidad total de dinero depositada en junio y julio fue de 343.362 ILS, y los ingresos totales emitidos durante estos meses fueron de 343.052 ILS. La diferencia es insignificante. La cantidad de efectivo depositada durante todo el año 2023, según los ingresos, fue de ILS 1.769.569 y la cantidad de efectivo según los estados de cuentas fue de ILS 1.745.948. De nuevo, una diferencia insignificante de 23.621 ILS, lo que se explica por el hecho de que esta suma se depositó en 2022 y los ingresos se depositaron a principios de 2023.
- Teniendo en cuenta el método de la asociación para recaudar dinero -recoger dinero en mezquitas sin identificar donantes, emitir un recibo a una mezquita o comunidad, y hacer un depósito tardío- determiné que la explicación de la asociación para las discrepancias en las cantidades en efectivo entre recibos y depósitos no es descabellada. A pesar de los intervalos mensuales, en ausencia de una obligación legal de hacer un depósito inmediato y dada la insignificante diferencia en las perspectivas bimensuales y anuales, esta señal de alerta se considera de baja intensidad y severidad en relación con el temor al blanqueo de capitales.
- El banco alegó que la doble suma de muchos recibos (48 en total) a la declaración jurada indica irregularidades financieras. La asociación respondió que solo se trataba de un fallo técnico, que el mismo recibo se adjuntó dos veces, y no que se emitieron recibos diferentes por la misma cantidad (como se detalla en el "Aviso Breve y Solicitud en nombre del Banco" presentado el 5 de mayo de 2024). Determiné que la afirmación del fallo técnico no fue contradicha y que es difícil sacar una conclusión significativa de una doble combinación del mismo documento. Como mucho, esto es una "señal de alarma" de peso particularmente bajo que indica un temor al blanqueo de capitales.
- La asociación explicó que "Quapel Al-Aqsa" es su proyecto insignia para el transporte a Jerusalén, y que estos ingresos no están destinados a un donante específico, sino que sirven como una herramienta interna de seguimiento de la mezquita o localidad de la que proviene el dinero y qué cantidad se ha recibido. Confirmó que los recibos a nombre de Fa'el Khir o Yazid (refiriéndose a Yazid Jaber) estaban a nombre de los recaudadores y no a nombre de los donantes. En cuanto a los fondos recaudados en el "fondo de la Carretera 6": la asociación explicó que se trataba de donaciones recogidas en una sala de oración móvil en la Ruta 6, cerca de Baqa al-Gharbiya. La asociación no negó que los recibos no tuvieran la intención de indicar la identidad del donante.
- Se presentaron tres recibos con números consecutivos para la misma fecha y la misma cantidad (29 de agosto de 2023, para un total de ILS 12.000, para un total de ILS 36.000); Se emitieron dos recibos día tras día por la misma cantidad (6.600 NIS). En cuanto a la suma de 36.000 NIS: la asociación explicó que su representante en Sakhnin informó al director de la asociación, sin dar detalles y de manera excepcional, la división entre tres mezquitas diferentes. Por ello, el administrador atribuía la misma cantidad a cada mezquita. En cuanto al doble recibo por la misma cantidad, la asociación alega que se trata de un fallo inusual: aparentemente, tanto el secretario de la asociación como su gerente emitieron un recibo por la misma cantidad.
- Basándome en esta base probatoria y en los argumentos de las partes, determiné en la decisión del remedio provisional, y de hecho no estaba en disputa, que la asociación no podía señalar el origen del dinero donado en efectivo. Determiné que la forma en que se recaudaban las donaciones en efectivo, sin la posibilidad de identificar al donante, junto con irregularidades en la gestión de los libros de recibos, levantan una "señal de alerta" que genera preocupación por el blanqueo de capitales, debido a una actividad en efectivo extensa a gran escala de origen desconocido. La asociación sí afirmó que recaudar donaciones en pequeñas sumas sin identificar al donante es una práctica común y legal que lleva años practicando, y que existe una "orden" interna en la correspondencia entre las sumas recibidas y los depositantes. Sin embargo, esta orden no se relaciona con la identidad de los donantes. También planteé una cuestión sobre las cantidades de recibos y depósitos "redondos", que no son necesariamente consistentes con la afirmación de pequeñas donaciones. Jaber confirmó en su interrogatorio que no estaba en las mezquitas recogiendo donaciones y no conocía el origen del dinero, lo que plantea la posibilidad de recibir sumas derivadas de actividades ilegales, incluido el "dinero negro". Esta importante "señal de alerta" no se ha abordado. También mencioné la dificultad de la asociación para probar el origen del dinero a la luz de la falta de documentación.
- En resumen, esta "señal de alerta": se determinó que la recaudación de donaciones no identificadas, que asciende aproximadamente a 2,13 millones de ILS al año (unos 177.000 ILS al mes), sin conocer el origen del dinero, genera una "señal de alerta" que genera preocupación de que el origen del dinero sea actividad ilegal y blanqueo de capitales. Por lo tanto, se espera que la decisión del banco de prohibir a la asociación operar en efectivo en una cuenta sea razonable en ese momento.
- Detención de activista Daoud y apertura de una investigación penal: Daoud, activista de la organización, fue detenido en la entrada de la mezquita de Al-Aqsa con efectivo (14.500 shekels y 1.500 dólares) y otras pertenencias, incluyendo recibos, certificados de depósito, cheques, una tarjeta de cajero automático y un teléfono móvil. Fue llevado a la comisaría, interrogado y liberado. La asociación presentó una solicitud para la liberación de las personas incautadas, que fue abandonada. Finalmente, el dinero fue devuelto a Daoud, quien lo depositó en la cuenta de la asociación en el banco.
El banco afirmó que esta detención indicaba la implicación de Daoud en actividades delictivas de una manera que levantaba una "bandera roja". La asociación, por su parte, afirmó que esto fue "un gran alboroto por nada", ya que Daoud fue liberado, no se presentó ninguna acusación contra él y se le devolvieron el dinero y las propiedades confiscadas.
- Determiné que el peso de esta bandera roja como indicio de la implicación de la asociación en actividades ilegales, o del miedo al blanqueo de capitales, no es a primera vista muy grande. En ausencia de una acusación formal y en vista del regreso de las personas incautadas, es difícil atribuir el arresto y el interrogatorio a una indicación de actividad ilegal por parte de la asociación.
- Informes de los medios sobre investigaciones abiertas contra la asociación: El banco afirmó que durante 2023 se enteró de varios informes de medios que atribuían actividades ilegales a la asociación como sigue (Apéndice C a la primera solicitud de alivio temporal):
(a) Tres artículos del 2 de noviembre de 2021 en las webs "Ynet"Israel Hayom" y "Maariv": Los artículos informaban que la policía israelí investiga a la asociación bajo sospecha de recaudar donaciones y usarlas para pagar multas impuestas por estructuras ilegales en el barrio de Beit Safafa en Jerusalén. Los informes se basaban en una denuncia presentada por organizaciones de derechas (Im Tirtzu y Lech Jerusalén) y en una consulta de la miembro de la Knéset Orit Struk. Los artículos afirman que el movimiento Ad Kan afirma que la asociación está vinculada al partido Ra'am; que recibiera fondos de una organización terrorista; cuyos fondos fueron confiscados por el Shin Bet tras la firma del Ministro de Defensa; Y la asociación organiza conferencias con elementos radicales.