Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 13315-08-20 RENTA VARIABLE DE ESTILO DE VIDA C.V contra Don Gilley Ltd. - parte 5

June 2, 2026
Impresión

"P.  Tu contacto era Yoav Hasson.

  1. Nuestro agente en Israel era Yoav Hasson."
  2. El Sr. Haddad confirmó además en su testimonio en la solicitud de una orden judicial anterior que durante el periodo del contrato de licencia visitó las oficinas de Jinli una vez, en 2013, y que esa fue la única vez que se reunió con el Sr.  Jinli (ibid., pp.  8, párrafos 8-11).
  3. El fortalecimiento del estatus del Sr. Hasson como representante exclusivo de los demandantes frente a los demandados durante toda la vigencia del contrato de licencia, que no se limita a ser un "factor de conexión" o un "conducto" como los demandantes intentaron presentarlo (párrafo 13 de los resúmenes de los demandantes), se encuentra en el testimonio de la Sra.  Alexandra Boritz (en adelante: "Sra.  Boretz"), jefa del departamento de diseño en el Demandante nº 2, que fue llevado a testificar por los propios demandantes.  En su declaración jurada, la Sra.  Boritz declaró que su conducta diaria respecto a la aprobación de las modelos se llevó a cabo frente al Sr.  Hasson, quien transmitía las aprobaciones o rechazos a los demandados (párrafos 3, 5 de la declaración jurada de la Sra.  Boretz).
  4. En su testimonio, la señora Boritz confirmó que el señor Haddad le había instruido que todo el contacto con los acusados era únicamente con y a través del señor Hasson; que el señor Hasson estaba "gestionando todo lo relacionado con la licencia en Israel [...] el proceso de aprobación"; y que durante el transcurso de la actividad diaria, el Sr. Hasson "debía enviarme todos los planes de la empresa, los estilos, las marcas, todo lo relacionado con el embalaje para que veríamos que todo iba bien, la representación de la marca en Israel" (acta de la audiencia del 10 de noviembre de 2025, p.  22, párs.  16-21; p.  26, s.  3-4; p.  27, párrafos 12-15).
  5. Además. La Sra.  Boritz declaró que el Sr.  Hasson actuó como representante de las demandantes en Israel , de acuerdo con una directiva que le dieron sus responsables, y esto no necesariamente se debía a las supuestas lagunas de lenguaje entre las demandantes y los demandados (transcripción de la audiencia del 10 de noviembre de 2025, p.  29, párrafos 6-18).
  6. A esto debe añadirse la declaración del Sr. Hasson (en el párrafo 15.1 de su declaración jurada) de que todos los franquiciados que trabajaron con los demandantes no los conocían ni al Sr.  Hadad, y que toda la actividad relacionada con la marca, incluyendo aprobaciones de productos, informes de ventas, pagos, publicaciones, etc., se llevó a cabo a través de Global Brands.  Está claro que, como representante de los demandantes, el Sr.  Hasson no tenía autoridad para aprobar o no productos por sí mismo, e incluso el Sr.  Hasson confirmó en su testimonio que no era su trabajo (transcripción de la audiencia del 12 de noviembre de 2025, p.  259, párrafos 1-3; p.  292, párrafos 8-9).  Sin embargo, esto no resta al estatus del Sr.  Hasson como único representante de los demandantes en su actividad en Israel frente a los demandados en todos los asuntos relacionados con la aprobación para la comercialización y venta de productos que lleven la marca de los demandantes, y en sus propias palabras: "Fui agente de [los demandantes]...  Soy el emisario" (transcripción de la audiencia del 12 de noviembre de 2025, p.  240, párrafos 16-17).
  7. Por tanto, de hecho, parece que en este momento es difícil encontrar una disputa real entre los demandantes y los demandados sobre el estatus del Sr. Hasson y el grado de su significativa implicación como representante de los demandantes durante toda la interacción entre las partes respecto a la aprobación de los modelos y el trabajo en curso bajo el acuerdo de licencia.  Parece que el hecho de que el Sr.  Hasson sea un "agente", un "agente" de los demandantes en las actividades de los demandantes en Israel, constituye una continuación directa y natural de su estatus significativo como tal incluso en la fase de negociaciones que precedió a la firma del acuerdo de licencia.
  8. En cuanto a la transferencia de los informes trimestrales a los demandantes: el Sr. Haddad confirmó durante la audiencia sobre la solicitud de orden cautelar en la demanda anterior, que tuvo lugar el 16 de septiembre de 2015, que el Sr.  Hasson, como agente de los demandantes en Israel, fue quien proporcionó a los demandantes los informes trimestrales conforme al acuerdo de licencia, y que "era responsabilidad [del Sr.  Hasson] transmitir la información." También testificó allí que "confío en que mi agente me transmita información." Cuando le preguntaron al señor Haddad si había realizado alguna prueba sobre Don Geely, respondió: " Confiaba en mi agente" (p.  8, párrafos 21-23; pp.  9, 13-16).
  9. De este testimonio del Sr. Haddad solo se deduce una imagen según la cual los demandantes no veían al Sr.  Hasson como alguien que actuaba únicamente como "intermediario" o "conducto" entre ellos y los demandados, cuyo papel era transmitir información de manera "técnica", sino más bien como representante de los demandantes en todos los asuntos relacionados con la actividad de la marca en Israel, que actúa como una parte en la que se podía "confiar" dentro de su área de responsabilidad, que transmitiría información completa y completa, y que haría su trabajo con fidelidad.  No es casualidad que en su testimonio el Sr.  Haddad se refiriera más de una vez al Sr.  Hasson como "nuestro agente", de una manera que demuestra que lo veía como alguien en quien se podía confiar para representar el interés que debía representar: el interés de los demandantes bajo el acuerdo de licencia.
  10. De lo anterior, parece que, en relación con la conducta continua de la relación comercial entre las partes, incluyendo la transferencia de los informes trimestrales conforme al acuerdo de licencia, el Sr. Hasson actuó como único representante de los demandantes, y esto incluso según el propio Sr.    Él era quien servía como "dirección" de los demandantes en todos los asuntos relacionados con la representación de la marca en Israel frente a los demandados, quienes también, como se les presentó como tal, lo veían como su portavoz en todos los asuntos relacionados con la implementación del acuerdo de licencia y la transferencia de los informes trimestrales conforme a él, como parte de su actividad continua.

Las implicaciones legales del hecho de que el Sr.  Hasson sea un factor central en el sistema comercial entre las partes

  1. En sus resúmenes, los demandados intentan deducir de estos conjuntos de hechos la conclusión de que el Sr. Hasson es un agente de los demandantes a todos los efectos, y aunque, según ellos, actuó desviándose de la autorización, su acción es vinculante para los demandantes (párrafo 10 de los resúmenes de los demandados).
  2. La Sección 2 de la Ley de Shlichut, 5725-1965 (en adelante: "la Ley de Shlichut") establece que: "El agente de una persona como él, y el acto del shlichut, incluyendo su conocimiento e intención, obliga y otorga, según el caso, al remitente está obligado y tiene derecho."
  3. El artículo 6 de la Ley de Shlichut establece lo siguiente:

"6(a) Si una persona actúa como agente de otra sin estar autorizada para ello o desviándose de su autorización, esa persona podrá, sujeto a las disposiciones del apartado (b), aprobar la acción de forma retroactiva; y aprobación retroactiva - como permiso desde el principio, siempre que no se viole un derecho adquirido por otra persona de buena fe y en contraprestación previa a la aprobación.

Parte previa1...45
6...18Próxima parte