"En lugar de ser un compañero y apoyar la lucha como prometió. En lugar de ayudar a salvar el valor de sus propias acciones de su esposa [la demandante - M.A.] evade sus deudas, enterrando la cabeza bajo la arena con el pensamiento equivocado de que no tiene responsabilidad - y hay momentos y momentos en los que saca la cabeza con la esperanza de que sus deudas hayan pasado, pone los ojos en blanco y se pregunta dónde están sus derechos" [Carta de respuesta de Gazit fechada el 25 de enero de 2022, que está adjunta como Apéndice 9 a la declaración jurada principal de Maor].
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"Tu respuesta no es más que ingenio... Ha presentado un poder notarial al expediente judicial en la disputa en cuestión y su respuesta es inocente" [Abogado del demandante en correspondencia fechada el 6 de junio de 2024, adjunto como Apéndice 15 a la declaración jurada principal de Maor].
- El proceso de mediación entre las partes no tuvo éxito.
- Además de Maor, Gazit actuó en 2022 para lograr la terminación de la sociedad localizando oportunidades para la venta de las acciones del demandante a un tercero [véase el Apéndice 6 de la declaración jurada principal de Maor, en las páginas 74-75]. Gazit tampoco expresó ninguna objeción en principio a la terminación de la sociedad entre las partes [por ejemplo, véase el párrafo 62 de la declaración de defensa enmendada].
- Como resultado, mi conclusión es que ha habido una pérdida de confianza entre las partes, lo que indica la necesidad deconceder un alivio respecto a la separación de poderes entre las Además, Gazit sospecha que Maor colabora con "elementos hostiles" hacia la empresa contra la que se están llevando a cabo procedimientos legales. Maor pidió vender sus acciones a un tercero, cuya identidad decidió revelar solo durante el proceso aquí. Es difícil ver cómo, en el contexto de estas sospechas y la ruptura descrita entre ambas, es posible mantener una gestión conjunta abierta y directa de la empresa. Parece que no hay otra forma de mantener la gestión adecuada de los asuntos de la empresa que ejerciendo una separación de poderes entre las partes. Esto sin tomar posición sobre la responsabilidad de ninguna de las partes por llegar a un estado de pérdida de confianza entre ellas, ya que no es necesario resolver la disputa en cuestión.
¿Fue el demandante privado por el demandado?
- Sin desmerecer mi conclusión anterior, he optado por examinar los argumentos de las partes respecto a los motivos de discriminación en cuanto al fondo del asunto. Abordaré cada una de las principales reclamaciones de la demandante por separado y examinaré hasta qué punto, si es que alguno, se han visto dañadas sus expectativas legítimas.
- Como he dicho, he comprobado que existe margen para clasificar una empresa como una especie de sociedad con el fin de discutir la causa de la discriminación. Puede haber casos en los que no se reconozca una violación de la expectativa de la cogestión en una empresa que es un tipo de sociedad. Esto, por ejemplo, ocurre cuando las partes gestionan conjuntamente la sociedad en la práctica, incluso si se ha violado el derecho "formal" de un accionista de la empresa [véase: Recurso Civil 6496/11 Yaakov Sasbon contra Ephraim (Ofer) Solomon, en el párrafo 22 de la sentencia del juez S. Jubran (Nevo, 28 de enero de 2014)].
Junto a lo anterior, se han identificado en la jurisprudencia diversas circunstancias que establecen una expectativa legítima por parte de los accionistas minoritarios. En el caso Ginzburg, el juez Stein analiza circunstancias en las que el tribunal puede reconocer el derecho de un accionista minoritario a una medida para eliminar la discriminación y la separación de poderes: