A: ¿Yo, si me entero? No, no puedo decir que haya oído de qué hablaban, pero vi que hablaban juntos."
Posteriormente declaró: (Véase p. 49, párrafos 18-19 para la transcripción de la audiencia del 12 de mayo de 2025)
"Honorable juez: ¿Ha oído el contenido de la conversación entre el impresionista del matrimonio y la dama?
R: Sí, he oído, sí, por supuesto, que no lo es, no he oído la ley de la Sharía, la ley de la Sharía, pero me lo imagino."
- El acusado y sus testigos fueron interrogados ante mí sobre las circunstancias del contrato matrimonial y sus términos. La versión del acusado y la versión de su hermana no resistieron el contrainterrogatorio y se encontró que contenían deficiencias, contradicciones y signos de interrogación que no tienen explicaciones convincentes, especialmente en lo que respecta a la explicación de la condición especial que se recogió en el contrato matrimonial, cuando recibí la explicación fiable en mi opinión del testigo del demandado, el Sr. el testigo D.P., el Registrador de Matrimonios, cuyo testimonio estaba convencido y bajo la impresión de que el Registrador de Matrimonios no da a las partes una explicación sobre los términos del contrato, y aunque esto se mencione, se menciona de forma incidental. Porque la "suposición de trabajo" es "que todo el mundo lo sabe". Sin embargo, esto va en contra de las disposiciones de la ley y la jurisprudencia, por lo que es necesario explicar y asegurarse en la práctica de que las partes realmente comprenden el significado de la condición.
Para resumir este punto:
- De todo lo anterior, y después de que el demandado no haya podido cumplir con la carga de la prueba como se ha dicho, ordeno el rechazo de la reclamación del demandado de que, en el momento del divorcio de las partes, se aplicará un acuerdo financiero según la ley islámica Sharia, y determino que las partes estarán sujetas a la Ley de Relaciones de Propiedad entre Cónyuges, 5733-1973.
Las determinaciones del actuario sobre los derechos financieros de las partes
- El 17 de junio de 2024 se presentó la opinión del perito sobre los derechos pecuniarios de las partes, en adelante: "la opinión del perito".
- El nombramiento de un perito tiene como objetivo ayudar al tribunal a decidir cuestiones que requieren conocimientos profesionales de la experiencia. Cuando el tribunal nombra a un perito para proporcionar datos profesionales con fines de decisión, es razonable que adopte las conclusiones del perito salvo que existan razones claras para no hacerlo.
Ver: Apelación Civil 5509/09 Masarwa contra la herencia del difunto Masarwa [Nevo] (23 de febrero de 2014).