| Tribunal de Magistrados de Bat Yam |
| Demanda civil en audiencia rápida 26342-10-24 a.m. Tiger en Tax Appeal contra Hochman
Carcasa exterior: |
| Antes | El Honorable Juez Meital Ben Bassat
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Demandante |
A.M. Tiger enla apelación fiscal Por el abogado Benny Granovsky |
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Contra
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| Demandado | Assaf Hochman
Por el abogado Idan Kolb |
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Sentencia
Tengo ante mí una reclamación monetaria, presentada por el demandante, A.M. Tiger Ltd., contra el demandado, el Sr. Assaf Hochman, por su obligación de pagar un supuesto saldo de deuda, que deriva de la reclamación del demandante por la rescisión anticipada de un acuerdo para la prestación de servicios de consultoría empresarial que se celebró entre las partes, antes de la finalización de su plazo completo.
Resumen del contexto fáctico
- La demandante, A.M. Tiger en Apelación Fiscal ("Tiger"), es una empresa dedicada a la prestación de servicios de consultoría empresarial. El acusado, el Sr. Assaf Hochman, es un agente de seguros de viajes extranjero ("Hochman").
- El 6 de julio de 2017 se firmó un acuerdo previo entre las partes para la prestación de servicios de consultoría empresarial a Hochman (el "Acuerdo de Consultoría 2017"), que fue rescindido tras unos dos meses, a petición de Hochman.
- El 22 de julio de 2018, las partes firmaron un nuevo acuerdo para la prestación de servicios de consultoría empresarial (el "Acuerdo de Consultoría 2018") (Apéndice 1 de la declaración de reclamación enmendada).
- Cabe señalar que el acuerdo está firmado por Success, pero el número de la empresa registrada es el de Tiger, y según Tiger, Success es solo un nombre "comercial" y no de una empresa registrada.
- El 1 de abril de 2019, Hochman informó a Tiger de que estaba interesado en rescindir el compromiso del acuerdo de consultoría de 2018.
- En respuesta al aviso de terminación, Tiger envió a Hochman una carta de terminación de cuenta exigiendo pagos adicionales además de la cantidad pagada hasta la fecha de finalización del compromiso (Apéndice "H" a la declaración de defensa enmendada).
- Hochman se negó a pagar la cantidad requerida y, como resultado, Tiger presentó una reclamación monetaria (Demanda Civil en la Audiencia Rápida 49290-04-21), que fue eliminada debido a la falta de presencia de un representante de Tiger en la audiencia (la "Primera Reclamación").
- Tras la eliminación de la primera reclamación, se presentó una declaración de reclamación en el presente procedimiento, en la que se reclamaba una deuda por la suma de ILS 22.253 (la "declaración original de reclamación"). En una etapa posterior, Tiger modificó su declaración de demanda, y entre otras cosas el reparación solicitada en virtud de ella, a la suma de ILS 23.938 (la "Declaración de Reclamación Enmendada").
Resumen de las afirmaciones de Tiger
- Según Tiger, según el acuerdo de consultoría de 2018, Hochman se comprometió a recibir servicios de consultoría de ella durante un periodo de 12 meses a cambio de una suma de 2.900 ILS más una apelación fiscal mensual (párrafo 11 de la declaración de reclamación enmendada y párrafo 2 de los resúmenes de Tiger).
- Dado que hasta la finalización del compromiso el 1 de abril de 2019, Hochman pagó a Tiger una suma acumulada de 14.513 ILS más una apelación fiscal (párrafo 17 de la declaración enmendada de la reclamación y párrafo 4 de los resúmenes de Tiger), permaneció en deuda con Tiger la cantidad restante de 20.287 ILS más un recurso fiscal (párrafo 18 de la declaración de reclamación enmendada y párrafo 5 de los resúmenes de Tiger).
- También se afirmó que la suma pagada por Hochman hasta la fecha de la finalización del compromiso se había pagado como parte de un "alivio de flujo de caja" que Tiger le concedió, lo que le permitió pagar una pequeña suma con la promesa de que complementaría el saldo en el futuro. Tiger señaló que el resumen del "alivio de flujo de caja" se ofreció oralmente y no documentado, pero aclaró que no había renunciado al importe del pago contractual (párrafo 4 de los resúmenes de Tiger).
- Tiger aclaró además que, contrariamente a lo que ahora afirma Hochman, en tiempo real Hochman confirmó que la terminación del compromiso por parte suya se debió a falta de presupuesto y no a falta de satisfacción (Apéndice 2 de la declaración enmendada; párrafo 14 de la declaración enmendada y párrafos 6-7 de los resúmenes Tiger).
- El Tiger del Acuerdo Otomano [Versión Antigua] de 1916 también afirmó que, contrariamente a las afirmaciones de Hochman, él recibió todos los servicios requeridos de ella, y que la referencia a los beneficios listados en las Cláusulas 1.3.5-1.3.7 del Acuerdo de Asesoramiento de 2018, incluyendo 2 cursos particulares en Hubbard College; entradas para talleres impartidos por Success cada mes y 2 suscripciones para todo el periodo del Curso Universitario Success , es una de "aceptación" y "derecho" y no de obligación. Según él, este es un tipo de suplemento que los clientes de Tiger's pueden elegir de forma gratuita, a pesar de los precios indicados en estas secciones, y Tiger no puede obligar a los clientes a recibir y consumir estos beneficios (párrafo 12 de los resúmenes de Tiger).
34-12-56-78 Chéjov contra el Estado de Israel, P.D. 51 (2) Resumen de los argumentos de Hochman
- Hochman argumentó que Tiger no podía cambiar el precio de la contraprestación contractual como quisiera, ni cobrarle por todo el periodo. Según él, no debería permitirse determinar los términos de la retirada del acuerdo firmado por las partes sin informar a Hochman con antelación y sin que el asunto esté claramente regulado por el texto (párrafos 15 y 16 de los resúmenes de Hochman).
- En este sentido, Hochman señaló que Tiger cambió su posición varias veces respecto al importe de la reclamación y la forma en que se calculaba: así, en una carta de "cuenta final" enviada a Hochman (Apéndice "H" a la declaración de defensa enmendada), Tiger afirmó que Hochman había elegido un "paquete maestro" que incluía un descuento a cambio de su compromiso de recibir un acompañamiento durante un año. Se argumentó que si el contrato se termina antes de que termine el año, el descuento se cancela y, por tanto, a Hochman se le cobra el precio completo de los servicios (cláusula 10.1 de los resúmenes de Hochman).
- Tras la carta de finalización de la cuenta, se presentó una solicitud para la ejecución de una reclamación por una suma fija conforme al artículo 81A(1) de la Ley de Orden de Ejecución, 5727-1967 (Apéndice "I" a la declaración de defensa enmendada). En este marco, Tiger exigió a Hochman la suma de 16.417 ILS (párrafo 29 de la declaración de defensa y párrafo 10.2 de los resúmenes de Hochman). El importe del Apéndice "I" de la declaración de defensa enmendada se indica además del IVA).
- Posteriormente, se presentó la primera demanda (Demanda Civil en Audiencia Rápida 49290-04-21) [Nevo], en la que Tiger exigió el pago por la parte relativa de los meses que Hochman consumió, a una tasa mensual de ILS 3.616 más una apelación fiscal y un total de ILS 14.417 más IVA.
- En la declaración original de la demanda en este procedimiento, Tiger reiteró la afirmación de que la contraprestación en el acuerdo de consultoría de 2018 reflejaba un descuento respecto al valor de los servicios, y alegó que cuando Hochman solicitó terminar el contrato antes de que finalice su plazo, debía pagar por los servicios que consumió (párrafos 5 y 6 de la declaración original de la demanda).
- En cambio, en la declaración de reclamaciones enmendada, Hochman estaba obligado a pagar de acuerdo con la cantidad de la carga mensual en el acuerdo de compromiso de 2018 durante un periodo de 12 meses, aunque había solicitado rescindir el compromiso anteriormente. En otras palabras, en lugar de argumentar sobre un descuento que supuestamente se había concedido, en la declaración enmendada de la reclamación, Tiger exigió que la tarifa mensual se multiplicara por 12 meses, menos la cantidad pagada hasta la notificación de Hochman (párrafo 32 de la declaración de defensa).
- A los escritos de este procedimiento, Tiger no adjuntó el documento final de cuentas, y la reclamación relativa a un "paquete maestro" fue omitida en ellos (párrafo 10.4 de los resúmenes de Hochman).
- Hochman argumentó que esta era una forma diferente de calcular las cantidades y que la diferencia entre los métodos de cálculo no se aclaró adecuadamente.
- Además, Hochman alegó que Tiger no reclamó "alivio de flujo de caja" antes de sus conclusiones, y por tanto plantear la reclamación constituye una ampliación de un frente prohibido. Además, incluso si no se acepta el argumento sobre la ampliación de la fachada, es una condición discriminatoria en un contrato estándar (cláusula 7.1 de los Resúmenes de Hochman).
- También se alegó que Tiger no cumplió con la carga de probar los elementos de la demanda y, según Hochman, fue Tiger quien incumplió el acuerdo al no proporcionarle los servicios que ofrecía. Por tanto, se alegó que no se proporcionó ningún plan de negocio; No se proporcionó ningún plan estratégico ni se impartieron dos cursos en el colegio del demandante, ya que Hochman fue descalificado para cursar los cursos debido al uso de antidepresivos, de acuerdo con los valores de la Cienciología (párrafos 14 y 17 de los Resúmenes de Hochman; párrafos 46-54 de la declaración de defensa).
- También se alegó que en el contrainterrogatorio de la señora Iris Perlman (" Perlman"), profesora en Hubbard College en ese momento, así como en la investigación de Hochman, Tiger afirmó que la elegibilidad para dos cursos mencionados en el acuerdo de orientación de 2018 era transferible. Hochman argumentó que esta afirmación no se había hecho antes y que Tiger estaba impedido de plantearla (párrafo 7.2 de los resúmenes de Hochman).
- Además, Hochman alegó que durante su contrainterrogatorio y durante el interrogatorio de la Sra. Perlman, se argumentó que no existía la obligación de proporcionar los beneficios, sino solo derechos. Hochman argumentó que esta afirmación constituye una expansión de un frente prohibido. Además, se argumentó que, incluso si se determina que esto no es una ampliación de la fachada, es una cuestión interpretativa que debe interpretarse en detrimento del formulador (Tiger) (párrafo 7.3 de los resúmenes de Hochman).
- Además, se argumentó que el acuerdo entre las partes es un contrato uniforme, porque sus estipulaciones privan al consumidor (párrafos 12-13 de los resúmenes de Hochman). Hochman afirmó que había sido engañado por el uso de los términos "college", "university" y "Hubbard College" (párrafos 18.1-18.3 de los Resúmenes Hochman). También se alega que la conexión con la doctrina de la Cienciología ha sido ocultada (párrafos 18.5-18.8 de los Resúmenes Hochman).
Discusión y decisión
- Dado que el demandado planteó un argumento sobre una cláusula discriminatoria en un contrato celebrado bajo un contrato estándar, el 12 de enero de 2026 se solicitó el cargo de Fiscal General, de acuerdo con el artículo 20 de la Ley Uniforme de Contratos, 5743-1982 (la "Ley Uniforme de Contratos").
- El 22 de junio de 2026, el Estado anunció que los organismos profesionales del Ministerio de Justicia opinaban que no había motivo para presentar una posición en este procedimiento sin manifestarse sobre el fondo del asunto, incluyendo no respecto a la conducta adecuada del demandante.
- Además, para completar el panorama, el Estado añadió que había recibido una solicitud de los organismos profesionales del Ministerio de Justicia, que indicaba que se habían recibido numerosas consultas de clientes sobre la actividad de la demandante, principalmente sobre cuestiones relacionadas con la rescisión del contrato, y que la demandante gestiona cientos de demandas contra sus clientes.
- Tras aceptar la postura del Estado y revisar los escritos y resúmenes; escuchar a los testigos de las partes y examinar las pruebas presentadas, llegué a la conclusión de que la demanda debía ser desestimada, por las razones que se detallarán a continuación:
- Interpretación del Acuerdo Consultivo de 2018
- Cabe aclarar que, a pesar de la firma "Éxito" en el acuerdo, el número de la empresa registrada es el de Tiger, y en ausencia de una reclamación concreta por parte del demandado respecto a la identidad de las partes contractuales, Tiger es parte del acuerdo y de esta reclamación.
- En la cláusula 2 del acuerdo de consultoría de 2018, bajo el título "La Contraprestación", se indica que el precio del paquete es de 2.900 ILS más una apelación fiscal mensual, con un plan de duración de 12 meses. También se indicó que las opciones de pago son: siete pagos iguales al mes que se entregarán en el momento de la firma, el primer pago en efectivo por cheque/orden permanente, o entre 8 y 18 pagos con tarjeta de crédito.
- La cláusula 2.1.2 del Acuerdo establece que la tarifa anterior constituye una condición para recibir los servicios y/o asesoramiento y no es reembolsable bajo ninguna circunstancia. La sección 2.1.3 se refiere a un pago del 10% de la mejora en la facturación mensual.
- Según Tiger, bajo el apartado "contraprestación" de la cláusula 2 mencionada, también existe el compromiso de consumir los servicios en un importe total de 12 meses multiplicado por 2.900 ILS, no como pago mensual sino como una cantidad total a pagar tanto si el acuerdo dura un mes como si es 12 meses.
- En este sentido, el abogado Kolb le preguntó al Sr. Hadar: "No hay problema. ¿Puede mostrarme en el acuerdo dónde está escrito en el compromiso de un año completo?". El señor Hadar respondió: "Si miras la sección en sí, dice... Dice que es por 12 meses... El plan es el paquete" (página 6, línea 38 a página 7, línea 5).
- Aparentemente, el Sr. Hadar se basó en las palabras de la cláusula 2.1.1 del acuerdo de consultoría de 2018: "Cuando el programa dure 12 meses."
- Tras revisarlo, no creo que un contratista razonable en el contrato de consultoría de 2018 pudiera haber entendido que la intención de la cláusula 2 era crear una obligación contractual por 12 meses, sin la posibilidad de rescindir el periodo del contrato antes. Por tanto, el contrato de consultoría de 2018 no tiene un título separado respecto a la duración del contrato ni incluye una declaración clara de que el periodo del contrato es de 12 meses y que el acuerdo no puede rescindirse antes, a menos que el cliente pague la contraprestación contractual completa.
- La redacción "cuando el programa dura 12 meses" y la redacción "no reembolsable en cualquier caso" se absorben en el contexto de la referencia a la contraprestación y recepción de servicios, y no crean una obligación contractual clara e inequívoca por parte del cliente por un periodo contractual de 12 meses sin posibilidad de liberación.
- Esta es una estipulación muy sustancial, que tiene implicaciones financieras significativas para el cliente, y el demandante debería haberla formulado clara y por separado.
- El tribunal no puede completar para el redactor una estipulación sustantiva del compromiso del cliente durante el periodo, en ausencia de una disposición explícita en el asunto conforme al principio de "quien saca la prueba de su amigo"; la carga de probar esta condición recae en el demandante.
- Además, incluso si hubiera supuesto que las palabras "cuando el programa dura 12 meses" o "no revocable en cualquier caso" habrían creado ambigüedad en el lenguaje del acuerdo, mi conclusión no habría cambiado.
- En tal situación, el tribunal está obligado a rastrear las intenciones subjetivas de las partes mediante circunstancias externas que rodean la relación contractual, incluyendo: la conducta de las partes tras la firma del contrato, la conducta de las partes en el marco de otros contratos, y similares. Para poder utilizar circunstancias externas, se requiere una base probatoria sólida que indique que esta era la intención real de las partes (Apelación Civil 2308/20 Paz Oil Company en Tax Appeal v. Eliyahu Maman , párr. 64 [Nevo] (28 de agosto de 2022)).
- Este es un obstáculo probatorio que no puede superarse fácilmente, y deben presentarse pruebas concretas que lo respalden (Apelación Civil (Distrito de Tel Aviv) 43884-04-14 Bynet K.H.M. en Tax Appeal contra el Fondo de Salud Meuhedet, en el párrafo 10 [Nevo] (30 de marzo de 2015)).
- Una de las pruebas que pueden usarse como circunstancias externas es la afirmación de Tiger de que el compromiso contractual por la duración del acuerdo se dio oralmente. Esto es lo que el abogado Kolb le preguntó al Sr. Hadar: "¿Cómo se supone que voy a saber que esto es lo que me costará retirarme del acuerdo?El Sr. Hadar respondió: "Esto se explica en una reunión individual, y también está escrito junto a cada sección si se mira" (página 7, líneas 18-19 del acta de la audiencia). El abogado Kolb añadió: "¿Se supone que debe entender todo esto por sí mismo?", y fue respondido por el Sr. Hadar: "No, se lo expliqué uno a uno en la reunión, fue en un acuerdo escrito" (página 7, líneas 32-33 del acta de la audiencia). El abogado Kolb preguntó: "No está escrito en el acuerdo", a lo que el Sr. Hadar respondió: "Señor, si ese es el caso, el acuerdo tenía 7 páginas" (página 7, líneas 34-35 del acta de la audiencia).
- Sin embargo, Tiger no cumplió con la carga de demostrar que existían acuerdos orales según los cuales se le explicó a Hochman que estaba obligado por el acuerdo durante 12 meses, y que la cantidad escrita en la cláusula de contraprestación es un importe total que se recaudará incluso si el periodo de consumo de los servicios es más corto. Por lo tanto, Tiger no cumplió con la carga de la prueba sobre el reclamante de la existencia de un acuerdo verbal, especialmente cuando se trata de acuerdos orales que cambian los términos materiales de un acuerdo escrito.
- En estas circunstancias, no puedo aceptar el argumento de Tiger de que se dio oralmente un compromiso material sobre la posibilidad de rescisión del acuerdo para evitar detalles completos en el acuerdo escrito.
- Otra prueba que puede servir como circunstancia externa es la conducta de las partes en el marco de los contratos firmados entre ellas en el pasado. El Sr. Hadar explicó en su testimonio que en el acuerdo de consulta de 2017, se permitió a Hochman ser liberado del acuerdo antes de que terminara el periodo porque se le tuvo en cuenta, y que era su derecho decidir a quién tenía en cuenta y a quién no (página 3, línea 30 del acta de la audiencia). Por otro lado, Hochman declaró que, en el momento de firmar el acuerdo de consultoría de 2018, entendía que podía rescindir el compromiso en cualquier momento, como había hecho en el acuerdo anterior (páginas 38, líneas 14-22 y línea 28 de las actas de la audiencia).
- En ausencia de cualquier aclaración explícita por parte de Tiger de que la conducta pasada fue una excepción única, parece que la afirmación de Hochman de que se basó en la conducta de Tiger que le permitió ser liberado del acuerdo de consulta de 2017 sin ninguna sanción fue razonable. Este comportamiento reforzó la percepción de Hochman de que podía terminar el compromiso en cualquier momento, como había hecho en el pasado.
- Además, el acuerdo redactado por Tiger no especifica claramente el mecanismo para "desmantelar el paquete" ni para recalcular la contraprestación a un precio más alto debido a la terminación anticipada. Los términos de la cancelación también están ocultos entre líneas, según el enfoque de Tiger, y solo Tiger los conoce. Esto indica una falta de buena fe o un intento de engañar al consumidor, ya que esta condición esencial no está clara y claramente detallada.
- En circunstancias en las que existe una disputa entre las partes respecto a la interpretación de un contrato, una interpretación contra su redactor es preferible a una interpretación a su favor, de acuerdo con el artículo 25(b1) de la Ley de Contratos (Parte General), 5733-1973, según la cual: "Un contrato que se concede a diferentes interpretaciones y una de las partes tiene prioridad en la definición de sus términos, una interpretación en su contra es preferible a una interpretación a su favor."
- En nuestro caso, no hay disputa de que el acuerdo de consultoría de 2018 fue redactado por Tiger. Como se indicó, la opinión del testigo en su nombre, el Sr. Hadar, también fue necesaria para proporcionar una explicación oral detallada al cliente sobre la naturaleza del compromiso para el periodo y su importancia económica en caso de una terminación anticipada (páginas 7, líneas 29-35 del acta de la audiencia). La necesidad de una explicación oral de tal detalle material, que no surge clara y explícitamente del lenguaje del acuerdo, constituye una falta fundamental de claridad que justifica la aplicación de la regla de interpretación en detrimento del redactor. Por lo tanto, el acuerdo debe interpretarse en perjuicio de Tiger (el redactor).
- Además, la declaración enmendada de la demanda no decía nada sobre la reclamación que hubieran detalles adicionales acordados entre las partes en su reunión. Esta afirmación se hizo por primera vez durante el interrogatorio del señor Hadar. Estos son detalles que están en el centro de la demanda, y tiene un peso significativo el hecho de que no se mencionaron previamente en los escritos y constituyen una ampliación de un frente prohibido.
- También se rechaza la interpretación propuesta por el demandante, según la cual la cláusula 2.13 del contrato de consultoría de 2018 indica un compromiso de 12 meses. Esta sección se refiere al método de cálculo de un pago adicional, pero no especifica ni aclara que un compromiso es por un periodo irrevocable. Por el contrario, la sección 2.13 establece que la prueba de mejora del ciclo menstrual se realizará durante el periodo de consulta y hasta tres meses después de finalizar la consulta. En otras palabras, la referencia se refiere al periodo de la consulta y a los tres meses posteriores al final de la consulta, y no a la ausencia de asesoramiento.
- A la luz de lo anterior, determino que la interpretación dada por el demandante a la disposición de la cláusula 2.1.2 del contrato de consultoría de 2018, según la cual en caso de terminación anticipada del compromiso Hochman debe pagar los importes de pago a la tasa completa durante 12 meses, es incompatible con el lenguaje de la cláusula y su interpretación razonable, y es rechazada.
- Tiger cambió su versión respecto al importe de la deuda de Hochman y la forma en que se calculaba
- Esto se agrava por el hecho de que, durante sus tratos con Hochman, Tiger cambió sus reclamaciones respecto a la cantidad que debía pagarle por la terminación del compromiso y la forma en que se calculaba.
- El método para calcular la cantidad solicitada en la declaración enmendada de la reclamación no fue explicado claramente, ni tampoco se explicó la diferencia entre esta cantidad y la cantidad original de la reclamación, ni la cantidad en la carta de terminación, y esto puede restar credibilidad a las reclamaciones de Tiger (Avishai Adad, Argumento Inconsistente: Finalidad, Prevención y Estoppel 103 (2021)). Cabe destacar que en la declaración enmendada de la reclamación se reclamó bajo el capítulo "Reclamación que fue eliminada" sin numerar ninguna cláusula, que las cantidades de la reclamación diferían debido a un cálculo incorrecto de la deuda en las reclamaciones anteriores, pero no se dio explicación más allá de eso.
- Inicialmente, Tiger afirmó que las tarifas pagadas por Hochman incluían un descuento, que se cancelaba si el compromiso terminaba antes de que terminara el periodo. Así, tras el anuncio de Hochman sobre la terminación del compromiso, la señora Adva Fuchs, consultora encargada de Tiger, le envió una carta de terminación de cuentas (Apéndice "H" a la declaración de defensa enmendada) (página 24, líneas 1-2 del acta de la audiencia).
- En la carta final de la cuenta, se afirmó que el paquete se basa en el hecho de que en un año de acompañamiento se paga la suma de 2.900 ILS además de la recadación fiscal mensual, repartida en 7 cuotas y el 10% del aumento generado. Sin embargo, cuando el cliente decide no continuar durante todo un año, "tan pronto como el paquete esté desmontado. Los precios varían y se cobran según sus precios completos según el contrato" (Apéndice H de la declaración de defensa enmendada).
- El comunicado también explicaba que se deben pagar 15.000 ILS más IVA durante el primer trimestre; respecto al segundo trimestre de consultoría por un importe de 9.000 ILS más IVA; Un mes del tercer trimestre por un valor de ILS 1.500 más una recaudación fiscal y una suscripción mensual a la Universidad de Saxes por valor de ILS 3.430 más IVA. Un total de 28.930 ILS más IVA. y que, dado que la suma de ILS 14.513 más IVA se había pagado hasta la fecha de la redacción de la carta, Hochman debe completar un saldo de ILS 14.417 más IVA.
- Posteriormente, el 13 de agosto de 2020, Tiger presentó una moción para presentar una reclamación por una suma fija en la Oficina de Ejecución por la suma de 14.513 ILS más los impuestos del apelante (Apéndice "I" a la declaración de defensa enmendada, página 46) y presentó la primera reclamación que fue eliminada como se indicó anteriormente.
- Posteriormente, tras la presentación de la declaración de demanda que abrió el presente procedimiento, en contra de la carta de finalización de la cuenta y la solicitud de presentar una reclamación por una suma fija en la Oficina de Ejecución, Tiger alegó que Hochman le debía 8 meses de servicios de consultoría empresarial. Se alegó que el coste de los servicios de consultoría empresarial recibidos por Hochman ascendía a ILS 27.000 (párrafo 21 de la declaración original de la demanda); que, de acuerdo con la cláusula 1.3.7 del contrato de consultoría de 2018 por el valor de dos suscripciones que recibió en la página web de la "Universidad del Éxito" por 8 meses, Hochman era responsable por la suma de 6.533 ILS (párrafo 22 de la declaración original de la demanda) y la cantidad total, incluyendo IVA adicional, es de ILS 39.233 (párrafo 23 de la declaración original de la reclamación). Durante el periodo de enfrentamiento, Hochman pagó a Tiger un total de 16.980 ILS. Por lo tanto, la supuesta deuda restante con Hochman se estima en 22.253 ILS (párrafo 23 de la declaración original de la reclamación).
- Como parte de la declaración de reclamación enmendada, Tiger modificó la cantidad de la compensación solicitada y la forma en que se calculó. Tiger alegó en la declaración enmendada que, durante el periodo del compromiso, Hochman debía pagarle la suma de ILS 34.800 más IVA, lo que supone un total de ILS 40.716, de los cuales Hochman pagó ILS 16.980. Por lo tanto, la deuda restante con Hochman se estima en ILS 23.938 (párrafos 17-18 de la declaración de reclamación enmendada).
- Esto significa que Tiger ha cambiado la forma en que se calcula la deuda, y hoy su afirmación no es que el descuento se cancele en caso de finalización del compromiso antes de que termine el periodo, ni que la suscripción a la web de la "Universidad del Sexo" deba pagarse, sino que debe pagarse los 12 meses completos del periodo de compromiso.
- Durante su testimonio en este procedimiento, se le preguntó al Sr. Hadar sobre la posibilidad de cambiar estas versiones. El Sr. Hadar declaró que el nombre "Master Package", al que Adva se refirió en "The End of the Account", es un nombre interno de Tiger (página 6, línea 31 del acta de la audiencia). Cuando se le preguntó por qué se decidió renunciar a la referencia al "final de la cuenta" en la declaración enmendada, el Sr. Hadar no supo cómo responder y remitió a su abogado, el abogado Granovsky (página 8, líneas 7-11 de las actas de la audiencia).
- Más adelante en su testimonio, el Sr. Hadar explicó que: "En primer lugar, incluso al final de la factura, se escribe cuánto pagó y cuál es su saldo de pago, y de hecho depende mucho del acuerdo que elija la persona. Assaf eligió la vía con la base y porcentaje de crecimiento más bajos, con un compromiso de 12 meses que nos protege, ya que invertimos mucho dinero para que crezca. La cantidad misma de la transacción incluso se indica en el acuerdo, así que todo tiene su valor al lado para que, si quiere romper el paquete, sepa cuánto tiene que pagar como se le explicó en la reunión" (página 11, líneas 24 a 30 del acta de la audiencia).
- Más tarde, el Sr. Hadar declaró: "Soy consciente de que es posible terminar el cálculo final de dos maneras diferentes, y es posible acudir al cliente una vez y ser considerado como hicimos la vez pasada. En su mayoría, vamos según el más bajo de ellos" (página 13, líneas 9-11 de las actas de la audiencia).
- 00Estos cambios en la versión son especialmente significativos dado que cada versión presentaba diferentes cálculos e incluía distintos mecanismos de cálculo, desde "Paquete Maestro" hasta "Porción Proporcional" y "12 meses completos".
- No acepto el argumento de Tiger de que es posible terminar la cuenta de varias maneras, ya que la forma de terminar el compromiso debe ser clara, predeterminada y derivar de forma coherente e inequívoca de las disposiciones del acuerdo entre las partes, para que el cliente pueda financiar sus pasos. El mero hecho de que Tiger cambiara su postura con frecuencia y sustancialidad respecto a la forma de calcular la terminación del compromiso pone de manifiesto la ambigüedad fundamental y sustancial en el acuerdo entre las partes en este asunto, y proyecta una fuerte sombra sobre la coherencia y fiabilidad de sus reclamaciones a lo largo del procedimiento.
- En este contexto, como parte de sus resúmenes, Tiger reiteró que Hochman pagó pagos reducidos durante el enfrentamiento como parte de un "alivio de flujo de caja" (párrafo 4 de sus resúmenes). Sin embargo, esta reclamación no fue probada ni mencionada en la declaración enmendada ni siquiera en la declaración original; es una nueva reclamación fáctica en el procedimiento, que constituye un cambio fundamental en la base de la acusación alegada, la cual no se había reclamado en ninguna etapa anterior de los escritos. Por lo tanto, y conforme a la ley, esto es una ampliación de un frente prohibido.
- Una parte no puede apartarse del alcance de la disputa tal y como se expone en los escritos, salvo que el tribunal conceda su solicitud de enmendar sus escritos o si la parte contraria ha dado su consentimiento expreso o implícito a ello (Civil Appeal 6799/02 Yulzari v. United Mizrahi Bank Ltd., IsrSC 58(2) 145, párrafo 6 de la sentencia) ("Asunto Meshulam"). En el presente caso, no se solicitó tal enmienda ni se dio consentimiento. Por lo tanto, no es posible presentar una reclamación sobre "alivio de flujo de caja" en la fase sumaria y no le doy valor.
- Falta de pruebas de la prestación real del servicio
- Además de lo anterior, opino que los servicios prestados a Hochman durante el periodo del acuerdo para la prestación de servicios de consultoría desde 2018 no han sido probados.
- En la cláusula 1 del acuerdo de 2018 para la prestación de servicios de consultoría, Tiger se comprometió a que el servicio incluiría consultoría en varias áreas (en la medida en que estas áreas fueran necesarias para abordarse): marketing, personal, planificación financiera, estructura organizativa, materiales publicitarios y coaching personal.
- La sección 1 también establece que "la consulta incluirá, entre otras cosas: redacción publicitaria; editar contenido de marketing; Campañas de marketing acompañantes y su gestión continua; supervisar y gestionar la actualización del sitio web; Facebook; pruebas de personalidad tanto para personal nuevo como existente; Definir y gestionar presupuestos de marketing; gestión de presupuestos financieros; Elaborando un libro de procedimientos; Definir una política para la empresa; Construir un plan salarial y metas, así como una estrategia para gestionar y gestionar un club de clientes."
- En la cláusula 1.3 del acuerdo, Tiger se comprometió a que la consulta incluiría: una exhaustiva investigación empresarial, al final de la cual se redactaría un plan estratégico de acuerdo con las necesidades del cliente y en relación con los objetivos establecidos; que si durante la consulta era necesario tratar cuestiones no especificadas en el plan de negocio, se llevaría a cabo el tratamiento y luego el formato de trabajo volvería a la serie; que el tiempo para elaborar el plan estratégico lo realizaría un consultor senior; que el acompañamiento sería por un periodo de 12 meses, durante el cual se garantizaría el éxito. Dos sesiones de asesoramiento al mes durante el primer trimestre, una reunión de consulta al mes en el segundo trimestre, cada reunión tendrá una duración de unas dos horas, además de una consulta continua por correo electrónico y soporte telefónico. Durante los próximos seis meses, el acompañamiento incluirá soporte continuo por correo electrónico y teléfono.
- Tiger también prometió que se realizaría una prueba de personalidad, según la cual se adaptaría un programa personalizado de empoderamiento a través de cursos individuales en Hubbard College. El cliente tendrá derecho a dos cursos como parte del paquete de consulta; El cliente o cualquiera de sus empleados tendrá derecho a participar en los talleres que Tiger imparte cada dos semanas como parte del paquete de consulta; El cliente tiene derecho a 9 entradas para talleres de su elección; El cliente recibirá 2 suscripciones durante todo el periodo de Mentoría Universitaria de Éxito; El éxito implica que, durante el programa de acompañamiento, el seguimiento lo lleve a cabo un "supervisor de caso", que es un consultor senior que supervisa todo el proceso de consulta y revisa el expediente de consultoría del cliente una vez por semana. Además de la mayoría de las cláusulas anteriores, también hay un precio por realizar las acciones que se enumeran en ellas.
- A pesar de lo anterior, Tiger no demostró el servicio prestado a Hochman. Primero, Tiger no citó a testificar a los asesores que, según la alegación, prestaron servicios a Hochman (primero "Liran" y luego "Yam"), que eran sus empleados y estaban bajo su control, ni testigos que pudieran arrojar luz sobre el servicio prestado a Hochman (página 13, líneas 22-23 y posteriores líneas 33-39; páginas 14, líneas 35-38, páginas 41, líneas 32-33, páginas 43, líneas 31-39, y páginas 44, líneas 1-3 de las actas de la audiencia). De manera similar, la persona encargada de los consultores, la Sra. Adva Fuchs (página 24, líneas 1-2 de las actas de la audiencia), que envió la carta de rendición de cuentas a Hochman, tampoco fue citada para declarar.
- En lugar de estos testigos esenciales, se presentó el testimonio del Sr. Hadar, quien declaró que no prestó servicios a Hochman e incluso remitió a la persona que prestó los servicios para que recibiera una respuesta sobre el servicio prestado (páginas 14, líneas 35-38 de las actas de la audiencia).
- La norma es que existe una presunción probatoria de que una parte no retendrá pruebas al tribunal a su favor, incluida la presentación de testimonios, y si se abstiene de aportar pruebas relevantes que estén a su alcance, sin dar una explicación razonable para ello, se puede concluir que si se hubieran presentado pruebas, habrían actuado en su contra. Cuanto más significativas sean las pruebas, más extremas pueden llegar a conclusiones más extremas que la negativa de una parte a presentarlas (Caso Civil (Distrito Marítimo) 2538/00 Irena Norzitz-Litvak contra la Autoridad Palestina, en el párrafo 61 [Nevo] (8 de julio de 2019)). Este asunto es aún más válido cuando tratamos de testigos materiales del proceso, como en nuestro caso (Apelación Civil 7300/21 Asraf contra Bublil, en el párrafo 36 [Nevo] (12 de marzo de 2024)).
- A la luz de la negativa de Tiger a traer a testificar a los testigos que dieron asesoramiento empresarial a Hochman, a quien en las circunstancias del caso se le habría pedido que citara, el argumento de Hochman se refuerza y el de Tiger se debilita.
- El hecho de no citar a estos testigos sustantivos para declarar socava las afirmaciones de Tiger de que Hochman recibió el servicio completo que necesitaba y, por otro lado, refuerza la afirmación de Hochman de que no recibió el servicio que Tiger realizó en el acuerdo de 2018 para prestar servicios de consultoría.
- En segundo lugar, no se prestaron servicios específicos a Hochman. Al comienzo de su interrogatorio, el señor Hadar explicó que "todo lo que está escrito en el acuerdo lo damos. Por supuesto, según las necesidades del cliente, cada uno tiene lo que necesita" (página 2, líneas 25-26 del acta de la audiencia).
- Sin embargo, el señor Hadar no pudo señalar ningún servicio prestado a Hochman. Cuando le preguntaron si Hochman tenía un plan de negocio, el señor Hadar respondió: "Repito, debería preguntarle a Liran, pero según lo que veo en la cuenta final que recibió, no veo que le hayan cobrado aunque el acuerdo dice que el plan es de 12.000 shekels, y tampoco veo que se le cobrara por un plan de negocio según la cuenta final. No todos los clientes están obligados a redactar un plan" (página 14, líneas 35-38 de las actas de la audiencia).
- Tras preguntarle cómo no se había preparado un plan de negocio, el Sr. Hadar respondió que "...Un plan puede ser una hoja de trabajo conjunta. Como a veces vienen clientes necesitan algo que es una emergencia, por ejemplo, ayuda de marketing o financiero. Y si redactáramos un plan de negocio ahora, podría llevar un mes, mes y medio, porque nuestro plan de negocio es digno y tiene decenas de páginas, y si un cliente como Assaf llega que ahora está en estrés financiero y también lo estuvo en primer lugar, entonces actuamos inmediatamente...(página 15, líneas 28 a 33 del acta de la audiencia).
- El señor Hadar afirmó más tarde "...No veo que se haya hecho un plan de negocio. Es posible que se haya ejecutado un plan estratégico. No puede ser, es seguro que se ha ejecutado un plan estratégico" (página 16, líneas 6 y 7 del acta de la audiencia). Cuando le preguntaron dónde está el plan, respondió: "No se debe presentar un plan estratégico al cliente. Esto es material entre el consultor y la persona responsable de los consultores. Es un documento interno con la información de nuestra empresa. No la compartimos" (página 16, líneas 9-10 del acta de la audiencia).
- Cuando le preguntaron explícitamente sobre este asunto, respondió: " Para Assaf, este acuerdo es de 2018, han pasado 7 años y yo no soy el consultor. Puedo decirte que no grabamos porque son conversaciones entre un cliente y un consultor. A veces la gente viene a nosotros para que les den coaching. Es posible que estuviera en un estado mental muy inestable y le ayudamos con esto, no grabamos todas las conversaciones" (página 17, líneas 2-5 de las actas de la audiencia). Más tarde, el señor Hadar testificó que "recibió terapia, la terapia es algo que se hace entre dos personas. La consulta se realiza por vía oral. Afortunadamente, hoy en 2025 ya podemos documentarlo con inteligencia artificial y emitir un resumen que no existía en aquellos años, así que no grabamos todas las conversaciones. No se graba por vía oral. Se hace entre dos personas y ellas programan una reunión de nuevo, igual que una conversación con un psicólogo, y no está documentado en ningún sitio" (página 24, líneas 17-22 de la transcripción de la audiencia).
- Tampoco puedo aceptar este argumento.
- Primero, aunque no haya documentación del servicio prestado, como se deduce de las palabras del Sr. Hadar, Tiger debería haber presentado testimonios directos e individuales sobre el servicio prestado, y no basta con especular sobre ello. Una empresa que presta servicios de consultoría está razonablemente obligada a documentar su actividad, especialmente cuando exige el pago por estos servicios, y teniendo en cuenta el amplio detalle de los servicios recogidos en el propio acuerdo. La afirmación del Sr. Hadar de que "esto no se está documentando" es incompatible con esta expectativa, e incluso es irrazonable dado el carácter comercial y comercial del acuerdo y los supuestos servicios. En ausencia de cualquier documentación o testimonio concreto de algún consultor, no es posible aceptar la afirmación del demandante de que los servicios fueron realmente prestados.
- En segundo lugar, aunque algunas de las reuniones no se hayan grabado, es imposible aceptar una situación en la que no haya indicios de un servicio de consultoría empresarial que se pueda prestar a Hochman. En este sentido, Hochman testificó que el único servicio que recibía era una reunión mensual con el consultor empresarial, una reunión de una hora en la que afirmaba no recibir nada (página 41, líneas 32-33 del acta de la audiencia). El testimonio de Hochman no fue contradicho por Tiger. El testimonio fiable y coherente del demandado, que resistió la prueba del contrainterrogatorio, se ve reforzado por la ausencia de cualquier prueba contradictoria por parte del demandante, que tenía las herramientas para refutarlo.
- En tercer lugar, también debe señalarse que Tiger condicionó la obtención de los beneficios y cursos prometidos en el acuerdo a requisitos relacionados con el estilo de vida y la privacidad del demandado. El testimonio de la Sra. Perlman y del Sr. Litvak indicó que el acusado debía rellenar un cuestionario en una Performia.com web supuestamente vinculada a la doctrina de la Cienciología, y que se le exigía cambiar sus hábitos y dejar de tomar medicación psiquiátrica como condición para recibir servicios (páginas 32, líneas 21-28 de las actas de la audiencia). Esta demanda refuerza la afirmación de que Tiger fue quien no cumplió con su parte del acuerdo al impedir que el demandado consumiera los servicios debido a estas condiciones.
- Para resumir este punto, en las circunstancias detalladas arriba, Tiger no logró demostrar su afirmación de que proporcionó a Hochman los servicios completos que realizó. La carga de la prueba de que los servicios realmente se prestaron recae en Tiger, que no presentó documentación de las sesiones de consulta. Las constantes afirmaciones de Hochman de que no recibió ninguna contraprestación real y que Tiger no cumplió con sus obligaciones materiales no fueron contradichas.
- La omisión de Tiger en este asunto viola el núcleo del acuerdo y constituye una violación del deber de buena fe establecido en el artículo 39 de la Ley de Contratos (Parte General), 5733-1973, en relación con el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del acuerdo de 2018 para la prestación de servicios de consultoría. Por tanto, debe atribuirse a ella un papel en el incumplimiento del compromiso (Demanda Civil en Audiencia Rápida (Bat Yam) 28164-11-24 M. Tiger en Tax Appeal contra Levy [Nevo] (22 de junio de 2025) en el párrafo 11 de la sentencia). En esta situación, una exigencia de pagar la contraprestación completa durante 12 meses en el momento de la finalización del compromiso antes no tiene fundamento.
- ¿Los "beneficios" forman parte de los servicios que Tiger está obligado a ofrecer?
- Como se indicó, Tiger argumentó que los beneficios detallados en los párrafos 1.3.5-1.3.7 no son obligatorios, sino más bien un derecho "una especie de extra dado a los clientes del demandante, sin contraprestación, a pesar de su precio establecido en estos acuerdos y de la plena elección de los clientes" (párrafo 12 de los resúmenes de Tiger).
- Esta reclamación de Tiger no apareció en la declaración original ni en la enmendada. Por lo tanto, este argumento constituye una ampliación de un frente prohibido (caso Meshulam, párrafo 6 de la sentencia).
- Más de lo necesario, y aunque no fuera una ampliación de un frente prohibido, opino que Tiger no cumplió con la carga probatoria necesaria para demostrar que la razón por la que Hochman no recibió los beneficios fue su falta de voluntad para consumirlos.
- Así, el testimonio de la señora Perlman indicó que había impartido clases en Hubbard College; que los cursos universitarios formaban parte de los servicios de Tiger (página 26, líneas 28-29 de las actas de la audiencia); que se reunió con cada cliente; que algunos de los servicios eran los cursos del colegio (páginas 26, líneas 35-38 de las actas de la audiencia), y que después de que Hochman le compartiera la situación en la que se encontraba, dijo: "Y lo que le sugerí fue simplemente que existía la posibilidad de que fuera a la universidad. Que simplemente debería estudiar el mismo contenido con un consultor. De hecho, puede tener una entrevista individual" (página 27, líneas 38-39 y página 28, líneas 1-2 del acta de la audiencia).
- En respuesta a la pregunta del abogado Kolb sobre si Hochman recibió el mencionado servicio personal, la señora Perlman respondió: "No lo sé. No era responsable del servicio, ni de dar, ni de cuidar al cliente a este nivel si recibía tal o cual servicio. Pero transmití lo que dije a Assaf, lo trasladé al jefe de consultores, y la decisión se toma a este nivel. No tenía autoridad para decidir qué recibiría o no el cliente. Porque eso también es lo que quiere el cliente, así que al final va al supervisor consultor. En este caso, sí" (página 28, líneas 5-10 del acta de la audiencia).
- Aunque el testimonio de la Sra. Perlman no indica claramente que el servicio no se prestó a Hochman como resultado de tomar la medicación, queda claro por su testimonio que el servicio declarado en el contrato contractual con él no corresponde a su estilo de vida ni a sus características, y que no le permitía estudiar dentro del marco del colegio (páginas 29, líneas 5-9 de las actas de la audiencia).
- Esto se vio respaldado por el testimonio del Sr. Sergei Litvak, que era el responsable financiero de Tiger en el momento del contrato con Hochman (" Litvak"), cuando, en su respuesta a la pregunta del abogado Kolb sobre si recordaba lo que le dijeron a Hochman en la reunión con la Sra. Perlman, respondió: "En la reunión con Iris resultó que para recibir servicio tuvo que cambiar sus hábitos, las cosas que hace. la forma de vida que había tenido hasta entonces... Por lo que tengo entendido, habría estado medicado, y bajo el servicio tuvo que tomar la medicación para poder recibir el servicio y así poder disfrutar realmente del servicio" (página 32, líneas 21-28 de las actas de la audiencia).
- Esto significa que, contrariamente al testimonio del Sr. Hadar de que no puede obligar a un cliente a realizar los cursos y servicios proporcionados dentro del marco de los beneficios (página 20, líneas 23-26 de las actas de la audiencia), el testimonio de la Sra. Perlman y el Sr. Litvak indica que, al menos en lo que respecta a los estudios universitarios, el servicio no se prestó por razones relacionadas con Tiger y que no se le ofreció un servicio alternativo.
- El motivo de la finalización del contrato
- Por un lado, Tiger presentó la correspondencia de WhatsApp enviada por Hochman al Sr. Elad Hadar, según la cual Hochman explicó que no estaba interesado en rescindir el compromiso por insatisfacción sino por falta de presupuesto, y que quería mantener el buen gusto para poder utilizar los servicios de Tiger en el futuro (Apéndice "2" a la declaración de reclamación enmendada).
- Por otro lado, Hochman declaró que: "No consumí ningún servicio, no recibí nada, y como prueba, ni siquiera puedes demostrar el producto que me entregaron. Intento evitar confrontaciones. No me gusta" (página 39, líneas 3-6 del acta de la audiencia). Hochman añadió más tarde: "Tu cliente no contesta mi teléfono. Intento mostrarte toda la correspondencia que presentas, ¿algunas de forma tendenciosa? Los tengo todos en el móvil. Puedo enseñártelo una y otra 'Elad, quiero verte', '¿De qué se trata?', 'Elad, necesito hablar contigo', 'Estoy ocupado hasta las 9:30 p.m.', de 7 a.m. a 9:30 p.m., un cliente que paga no tiene ni un minuto. 'Quedemos el viernes', ¿quiere mi señor que le muestre la correspondencia que usa de forma tendenciosa? Tengo toda la correspondencia completa" (página 39, líneas 8-14 del acta de la audiencia).
- En estas circunstancias, no he considerado que se deba dar un peso decisivo al mensaje de WhatsApp como la única y contundente prueba para terminar la colaboración únicamente por razones presupuestarias. al equilibrar esta afirmación con otras pruebas, en particular el hecho de que Tiger no logró probar la prestación real de los servicios, así como la inconsistencia en sus versiones; y el testimonio creíble y coherente de Hochman, según el cual la terminación del contrato se debió a la insatisfacción con la calidad del servicio prestado y no solo por razones presupuestarias, vi que debía darse más peso a las demás pruebas.
- El mensaje de WhatsApp podría haber surgido de un deseo de terminar el compromiso de forma agradable y dejar el asunto atrás, como testificó Hochman, y no reflejaba necesariamente satisfacción con la calidad de los servicios que recibió.
- Cláusula discriminatoria en un contrato uniforme
- Además, incluso si supongo que la interpretación de Tiger de las disposiciones del acuerdo de consultoría de 2018 se sostiene y que el servicio se prestó a Hochman (y como se ha dicho, no lo creo), es un contrato estándar y la exigencia de pago por el periodo completo del supuesto acuerdo (12 meses), incluso en una situación en la que se solicite la terminación del acuerdo antes, constituye una condición discriminatoria en un contrato uniforme y, por tanto, está sujeta a cancelación.
- Aplicabilidad de la Ley Uniforme de Contratos - La sección 23(1) de la Ley Uniforme de Contratos, 5743-1982 (la "Ley Uniforme de Contratos"), anula la aplicabilidad de la ley a una condición que determina la contraprestación monetaria que el cliente pagará por el objeto de la transacción. En el presente caso, la condición que restringe el derecho del demandado a rescindir el contrato, e incluso le exige pagar el pago completo por un periodo en el que no recibió la notificación, no es una condición que determine la contraprestación monetaria básica del servicio (la contraprestación mensual). En cambio, se trata de un acuerdo relativo a la terminación del acuerdo dentro del periodo del compromiso y sus implicaciones financieras en caso de una salida anticipada. Estos términos no están cubiertos por la excepción del artículo 23(1) de la Ley Uniforme de Contratos, ya que no determinan el precio del producto o servicio en sí, sino las condiciones que acompañan la terminación del compromiso (Acción colectiva (Center) 53033-12-12 Levy contra Zap Group en Tax Appeal [Nevo] (11 de mayo de 2014), párrafos 32-34 ("el caso Zap").
- Además, y como se detalla en detalle anteriormente, la cláusula no está formulada en un lenguaje simple y claro, contrariamente a lo que exige el artículo 23(1) de la Ley de Contratos Estándar, y por tanto se omite la restricción a la aplicabilidad de la ley.
- ¿Es un contrato estándar? Según la sección 2 de la Ley de Contratos Estándar, un contrato estándar es: "una versión de un contrato cuyos términos, total o parcialmente, fueron predeterminados por una de las partes para servir como condiciones para muchos contratos entre ella y personas que no están especificadas en número o identidad."
- La carga de demostrar que un contrato es uniforme recae en el reclamante (normalmente el cliente). Sin embargo, la prueba para el cumplimiento de un contrato uniforme es formal. Todo lo que el cliente necesita demostrar es la existencia de los elementos de la definición de "contrato estándar" en la sección 2 de la Ley de Contratos Estándar. No está obligado a demostrar que no se le dio la oportunidad de negociar un cambio en los términos del contrato (Apelación Civil 4602/97 Radal (Ashdod 88 en Tax Appeal contra Bank Leumi Le-Israel Ltd., IsrSC 55(2) 577, en el párrafo 18 de la sentencia).
- Un examen del acuerdo de consultoría de 2018 muestra que es un contrato uniforme, ya que fue redactado por Tiger, que definió sus términos con antelación para que se utilizara en muchos contratos con clientes que no están especificados en su número o identidad.
- Se puede ver que los datos de Hochman se rellenaron a mano, y que se escribió que el servicio incluiría consultas en una lista de áreas, con la información escrita "en la medida en que estas áreas necesiten tratamiento." En otras palabras, cada cliente será examinado y tratado, pero el acuerdo se refiere a todos los servicios posibles, ya que es general, y esto es lo que el Sr. Hadar incluso declaró (página 2, líneas 25-26 de las actas de la audiencia).
- El Sr. Hadar argumentó que si se solicita un cambio en el contrato, puede modificarse (página 2, líneas 35-38 de las actas de la audiencia), pero no se presentó ninguna prueba de ello. En la práctica, tampoco se modificó la redacción preparada de antemano. En otras palabras, las pruebas presentadas muestran que el acuerdo es un contrato estándar y que los términos sustantivos que contiene no están sujetos a negociación.
- ¿Es la condición relativa a la imposibilidad de ser liberada antes de la terminación del acuerdo una condición discriminatoria ? Una condición discriminatoria se define en el artículo 3 de la Ley Uniforme de Contratos, como una condición que, teniendo en cuenta la totalidad de los términos del contrato y otras circunstancias, constituye discriminación hacia los clientes o una ventaja injusta para el proveedor que puede conducir a la privación de un cliente.
- El artículo 4 de la Ley Uniforme de Contratos establece la presunción de discriminación. Entre otras cosas, el apartado 5 establece que una condición "que obliga de manera irrazonable al cliente a confiar en un proveedor u otra persona, o que de otro modo restringe la libertad del cliente para relacionarse o no con otra persona" establece una presunción de discriminación. Además, el artículo 4(6) establece una presunción de privación para una condición "que niega o restringe un derecho o remedio disponible para el cliente por ley, o que califica de manera irrazonable un derecho o remedio que le está disponible en virtud del..".
- La cláusula en cuestión, que exige el pago íntegro por servicios que no se prestaron realmente debido a la rescisión, en la práctica niega el derecho del cliente a ser liberado del contrato sin pago a cambio de contraprestación que no haya recibido, y por tanto cumple con la presunción de discriminación en los artículos 4(5) y 4(6) de la Ley.
- El criterio principal para examinar la discriminación es la "prueba de equidad y razonabilidad". Una condición se considerará una desventaja si se pretende proteger los intereses del proveedor más allá del grado adecuado y legítimo en este tipo de compromiso, aprovechando al tiempo el poder preferencial del proveedor para dictar términos en un contrato en el que el cliente no tiene capacidad real para negociar en este asunto, la carga pasa al proveedor para demostrar que la condición es razonable y justificada en las circunstancias del caso (Apelación Civil 1770/21 Amir Hetzroni contra Facebook Ireland Limited en el párrafo 47 [Nevo] (14 de diciembre de 2022)).
- El Honorable Juez Grosskopf se refirió a este asunto en el caso Zap, párrafos 46-47: "La duración razonable de un compromiso sin posibilidad de salida es un asunto que depende de la naturaleza del servicio en cuestión y de la totalidad de las circunstancias del asunto... Para demostrar que un acuerdo que impida al cliente cualquier posibilidad de rescindir el compromiso es razonable y no discriminatorio, no basta con señalar un interés empresarial legítimo, pero también hay margen para convencer de que no existen formas menos extremas (en términos de perjudicar las libertades del cliente) de promoverlo."
- Tras examinar los términos del acuerdo y sus circunstancias, opino que Tiger no ha cumplido con la carga impuesta para demostrar que la condición que impide la terminación del compromiso es razonable y justa en las circunstancias del caso.
- Aunque este es un producto no esencial, y se puede suponer que existe cierta competencia en el mercado (aunque el asunto no se presentó), teniendo en cuenta la totalidad de los términos del acuerdo y otras circunstancias, la condición constituye otorgar una ventaja injusta a Tiger de una manera que podría conducir a discriminación (artículo 3 de la Ley Uniforme de Contratos).
- Por tanto, no se presentó que a Hochman se le diera la opción de elegir entre diferentes periodos contractuales, y no se demostró que la falta de posibilidad de ser liberado del acuerdo fuera evidente para Hochman. Existen brechas de poder e información entre las partes, y el lenguaje poco claro del acuerdo no contribuye a reducir dicha brecha. El hecho de que las condiciones de la restricción sean vagas refuerza el desequilibrio y el peso que debe darse al hecho de que esta es una condición discriminatoria.
- De manera similar, no acepto el argumento de Tiger de que, dado que parte de la consideración consiste en la mejora del 10 por ciento en el ciclo menstrual, existe una base para su demanda (página 10, líneas 22-25 de las actas de la audiencia, y página 11, líneas 24-30 de las actas de la audiencia).
- Este es un argumento que se hizo en general, sin presentar pruebas de que este componente realmente creara un equilibrio económico razonable para las condiciones de la supuesta discriminación. Por ello, se afirmó que se invirtió una gran suma de dinero para que el negocio de Hochman creciera, y por tanto la situación es razonable, pero no se presentó ninguna prueba al respecto. La demandante no logró demostrar una inversión concreta y, por tanto, su reclamación sobre la 'lógica comercial' quedó sin control.
- Además, esta es una condición que no necesariamente se cumple, y no hay certeza de mejora en el momento en que se firmó el acuerdo, por lo que se desvía del equilibrio requerido entre las partes. En otras palabras, como ocurrió en el presente caso, cuando a Hochman se le cobró el pago completo incluso sin recibir el servicio completo o sin ningún servicio y sin ninguna supuesta mejora en sus beneficios.
- En estas circunstancias, la condición protege el interés de Tiger más allá de lo adecuado y legítimo, y crea un desequilibrio entre las partes. Especialmente cuando se trata de un contrato estándar en el que el cliente no tiene capacidad real para negociar estos términos.
- Una determinación similar respecto a la naturaleza discriminatoria de condiciones similares en un contrato estándar se dio en una demanda civil en una audiencia rápida (Hadera Peace) 12729-11-20 M. Tiger contra Tsibulsky [Nevo] (28 de noviembre de 2022). En el mismo asunto, se sostuvo que una condición que restringe y califica el derecho de cancelación en un acuerdo estaba redactada de manera irrazonable y constituye una condición discriminatoria en virtud del artículo 4(6) de la Ley de Un Contrato.
- El hecho de que la fijación de precios se base en parte en tasas de éxito no contradice la presunción de los artículos 4(5) y 4(6) de la Ley Uniforme de Contratos, ya que restringe de forma irrazonable la libertad del cliente para ser liberado de un contrato o celebrar un contrato con otro proveedor. Para justificar una cláusula de restricción bloqueante no basta con señalar la existencia de un interés del escéptico, pero debe demostrar que no existen formas menos extremas. Es decir, cuando el interés legítimo del proveedor puede protegerse mediante medios menos perjudiciales que la restricción total (como condicionar la liberación a una tarifa relativa incluso después de la liberación en lugar de una negación total del derecho a salir). La contención total sin una alternativa de salida proporcional supera lo que se requiere y constituye una sobreprotección injusta.
- Para resumir este punto, el argumento de Tiger sobre la "lógica comercial" detrás de un cargo completo durante el periodo del compromiso, incluso en caso de terminación anticipada, es insuficiente, ya que no ha demostrado que no existan formas menos dañinas de proteger este interés y cómo equilibra las brechas de información y los posibles sesgos genéticos en sus clientes (el caso Zap, párrafo 47).
- Por lo tanto, por esta razón también, la demanda contra Hochman no debe ser aceptada.
- Una nota antes de terminar
- He mencionado anteriormente los argumentos que he considerado que tienen peso en mi juicio. Cabe señalar que se presentaron argumentos adicionales que no consideré oportuno abordar debido a su falta de peso en mi decisión, entre otros, la acusación de engaño a Hochman por el uso de los términos "college"; "Universidad" y demás. Tiene fundamento argumentar que estos términos no pueden usarse sin la aprobación del Consejo de Educación Superior, pero no creo que el uso de estos términos tuviera un peso decisivo en la implicación de Hochman en el acuerdo para la prestación de servicios de consultoría desde 2018, ni en la terminación del contrato. Aunque la reclamación relativa al uso de términos engañosos puede tener peso público, en las circunstancias del caso en que la reclamación fue desestimada por razones materiales relacionadas con la interpretación del acuerdo, la falta de prestación de servicios y el hecho de que las condiciones son discriminatorias, no es necesario pronunciarse sobre este argumento para efectos de esta sentencia.
- Lo mismo ocurre con la supuesta ocultación de una conexión con la Cienciología. Sin embargo, también en este asunto, no vi que una decisión requiriera sentencia. No se ha demostrado que mantuviera una relación así para influir en Hochman en su compromiso o en la terminación de su compromiso con Tiger. Más de lo necesario, señalaré que no se ha presentado ninguna disposición de la ley que prohíba la existencia o actividad del movimiento de la Cienciología.
- Conclusión
- A la luz de lo anterior, la reclamación queda desestimada. Tiger pagará los gastos de Hochman a razón de 7.500 ILS. Dicha cantidad se pagará en un plazo de 30 días, de lo contrario tendrá intereses atrasados conforme a la ley.
- La Secretaría dictará sentencia a las partes.
Dado hoy, 24 de junio de 2026, en ausencia de las partes.