Casos legales

Caso de herencia (Tel Aviv) 27701-09-24 R.B.S. contra Y.Z. - parte 5

August 20, 2026
Impresión

Se demostró que había un error en el testamento

  1. Tras examinar los argumentos y pruebas de las partes, he llegado a la conclusión de que el fallecido no quería ni tenía intención de perjudicar la herencia al demandado en el testamento anterior mediante el testamento anterior. La conclusión se extrae de la suma de las siguientes pruebas.
  2. El fallecido y el acusado mantenían una relación cercana, "como un padre e un hijo" (A, párrafo 9 de la declaración jurada), con ayuda y apoyo mutuos: "Y se sabía que David D. me ayudó, más de una vez y no tres" (D.  - p.  33, s.  16), y la relación se mantuvo buena y adecuada hasta la muerte del fallecido (el demandado - párrafo 13 de la declaración jurada, p.  19, párrafos 11-20,31-34; M.  Sección 7 de la declaración jurada; A.  Sección 13 de la declaración jurada; A.  Sección 11 de la declaración jurada; J.    Sección 7 de la declaración jurada).

Como prueba, el fallecido permitió al demandado conectar las subparcelas 1 y 2 y usar los dos edificios como una sola casa, en lugar de pagar el alquiler (el demandado - párrafos 24-26 de la declaración jurada; párrafos 6 y pp.  26 n/8; párrafo 9 de la declaración jurada A; N.  - p.  25, párrafos 1-3); el fallecido y el demandado alcanzaron un acuerdo respecto al apoyo económico por una cantidad de 200 dólares al mes vinculado al tipo representativo en dólares (en adelante también - el acuerdo o acuerdo de apoyo económico ) (párrafos 2-3 N/8), y el fallecido ")f) ingresos necesarios" (demandado - p.  18, párrafos 28-29; M.  - p.  17, s.  3), y según los demandantes, incluso se quejaba constantemente de la cantidad de dinero: "Son centavos de lo que recibo" (N.  - p.  25, párrafos 10-11,31-33; Véase también S.  - p.  23, s.  3; D.  - p.  33, s.  15) y sobre el acusado que no le pagó: "P: ¿Y.  se quejó con usted de que no le dio dinero? R: Sí.  P: ...  ¿S.  se aprovecha económicamente de él? R: Correcto" (véase p.  37, párrafos 11,21-24), no cambió su conducta respecto a la propiedad ni retractó su acuerdo de permitir que el demandado viviera en ella.  Cabe señalar que ninguno de los familiares actuó para ayudar al fallecido a aumentar el "alquiler" (según los demandantes) ni para protegerlo de la explotación por parte del demandado a pesar de las supuestas quejas presentadas por el fallecido (N.  - p.  25, s.  11, p.  26, s.  12-14; s.  - p.  3, s.  4-5,11; véase - p.  37, s.  25-28,33-34); A pesar de las supuestas quejas del fallecido sobre su decepción por el cambio de actitud del acusado hacia él: "No solo estaba decepcionado, sino que tenía una relación fría y distante.  Fue gravemente perjudicado por la actitud y la falta de atención" (A.  - p.  31, párrafos 19,30), el fallecido actuó para nombrar al acusado para que se encargara de sus asuntos e incluso continuó consultándole y asistiéndolo (N.  - p.  26, párrafos 9,17,19; A.  - p.  29, s.  31; véase p.  37, s.  12).  Por ejemplo, el fallecido consideró redactar un poder notarial y designar al demandado como poder notarial porque: "Ellos (el demandado y el marido de la R.S.A.) me están ayudando hoy y cuidando de todo lo que necesito" (certificado médico fechado el 6 de noviembre de 2019 N/4; véase p.  38, s.  5).  O, por ejemplo, el fallecido autorizó al demandado a actuar en sus asuntos bancarios (poder notarial fechado el 20 de febrero de 2020 N/5; demandado - p.  19, párrafos 25-27; Y.M.  - sección 7).  O, por ejemplo, el fallecido fue asistido por el demandado en relación con un proyecto TAMA en una propiedad en Tel Aviv (Q - p.  23, párrafos 26-31).

  1. 00En nuestro caso, la conducta procesal de los demandantes proyecta una fuerte sombra sobre el peso de sus reclamaciones respecto al deterioro de la relación y el trato vergonzoso al fallecido. Por ejemplo, los demandantes se abstuvieron de citar al contratista para que testificara sobre comportamientos agresivos por parte del demandado hacia el fallecido (S.  - p.  24, párrafos 1-3), y su incumplimiento de ello está conforme a su deber [ Apelación Civil 2275/90 Lima Israeli Chemical Industries Ltd.  contra Rosenberg, IsrSC 47(2) 605 (1993)].  O, por ejemplo, los demandantes optaron por no intervenir en el interrogatorio de A.  y A.  alegando que era testimonio de oídas (p.  18, párrafos 13,18), pero la afirmación es inconsistente con la naturaleza del testimonio, que se basaba, al menos en cuestiones específicas, en conocimiento personal.  Por lo tanto, no hay una explicación razonable para la negativa de los demandantes a contrainterrogar el testimonio.  Por lo tanto, el deber de los demandantes debe atribuirse a su negativa a contrainterrogar el testimonio [Apelación Civil 4584/10 Estado de Israel contra Regev Shober [Nevo] (4 de diciembre de 2012); Apelación Laboral 4510-03-20 Nissan contra Mivtachim Workers' Social Insurance Institute Ltd.  [Nevo] (26 de noviembre de 2020)].  O, por ejemplo, los demandantes intentaron basar su reclamación en un trato vergonzoso de escuchar testimonios (A.  - p.  29, párrafos 31-34; A-p.  32, párrafos 3).  O, por ejemplo, los demandantes intentaron minimizar el peso del certificado del médico sin citar al autor del documento a testificar (N.  -   26, párrafos 22-24).

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  1. A pesar de las supuestas declaraciones del fallecido, "de que tiene la intención de eliminar a Y. de su testamento...  no quiere darle nada" (véanse los párrafos 16,17 de la declaración jurada; A.  - p.  31, s.  32), en el testamento posterior, el fallecido legó sus derechos a sus sobrinos, incluido el demandado, en partes iguales entre ellos, aclarando que la caja "todos mis derechos y bienes de cualquier tipo y tipo" se refiere a ciertos bienes: "Este es un apartamento que poseo y que está registrado a mi nombre en la calle XX de Tel Aviv...  así como todos los fondos y/o derechos financieros" (p.  7 N/2).
  2. presentó la solicitud de una orden de sucesión tardía, pero retiró la solicitud: "No insisto en la solicitud de una orden de sucesión tardía, seré testigo y sean cuales sean los resultados del procedimiento, lo aceptaré" (Prov.  7.1.2025, p.  5, párrafos 27-28).
  3. Como se ha señalado, el testamento tardío incluye la recasilla: "Este testamento mío es el último y cancela cualquier testamento anterior que se haya hecho" (p. 8, N/2).  Por lo tanto, la mera retractación de la solicitud de M.  no es un asunto trivial, y esto afecta al peso que debe atribuirse a las reclamaciones del demandado en el marco de la oposición al testamento tardío y/o la respuesta a la objeción al testamento anterior, especialmente teniendo en cuenta que la retirada de la solicitud es incompatible con el interés económico directo de M.  e incluso lo contradice ostensiblemente.
  4. En nuestro caso, los demandantes simplemente afirmaron que se presentarían pruebas de que " llevó a los hermanos a él y que trabajan juntos" (Pro.  7 de enero de 2025, p.  3, párrafo 12), sin presentar ninguna base para respaldar la reclamación, que incluso fue abandonada y ya no se planteó más adelante en el proceso.
  5. La postura de R. Asher de que respalda la solicitud para la ejecución del testamento tardío y se opone a la ejecución anticipada del testamento es incompatible con su acuerdo con el acuerdo para la división del patrimonio preparado por el Abogado G.  (véase Prov.  1.2025, p.  5, s.  31; p.  36, s.  1, párrafo 3 de la carta de objeción presentada al Registrador de Herencias, p.  6 de la carta de objeción, archivo de herencias 49319-09-24).
  6. En nuestro caso, el abogado G., cuyos servicios fueron contratados por los herederos "para manejar el nombre de los herederos y representarnos" (véase la Carta de Objeción del Caso de la Herencia 49319-09-24), testificó que en sus reuniones con los herederos se presentó la dificultad en el testamento tardío y la solución (p. 9, párrafos 1,6), y que al principio hubo un acuerdo general de que "no hay problema con el apartamento de Nes Ziona, el apartamento de Nes Ziona pertenece solo a Y.Z." (p.  9, s.  2); Pasando a la fecha fijada para firmar el acuerdo de división de la herencia, todo quedó claro para todos: "Por lo que recuerdo, no hubo ninguna llamada de R.  y N.  con ninguna pregunta" (p.  11, párs.  29-30); N.  "hizo explotar" el acuerdo de división de la herencia porque "tenía asuntos no cerrados del pasado entre ella y M...  que estaban relacionados con la herencia de su padre...  El asunto no tenía nada que ver con la descendencia del fallecido.  y no a su patrimonio" (p.  9, párrafos 13-19; p.  12, s.  34, p.  13, s.  2; véase también n.    28, s.  32, p.  29, s.  2).  A pesar de ello, los otros herederos firmaron el acuerdo: "Decidieron que los tres firmarían en cualquier caso...  Más tarde intentarían acercarse a N.  y persuadirla para que lo retractara y viniera a firmar.  ...  Los tres firmaron el acuerdo para la división de la herencia.  El otro heredero, Y.M.  llegó en otro momento...  y firmó el acuerdo" (p.  9, párrafos 22-26; p.  11, párrafos 30-31).
  7. De hecho, al final del día, el acuerdo para la división de la herencia no se firmó. Sin embargo, este hecho no anula el peso probatorio que debe atribuirse al borrador del acuerdo, que refleja los acuerdos y posiciones formulados entre las partes en ese momento.  Esto es evidente en la totalidad de los datos de la siguiente manera: Los demandantes alegan la existencia de un registro, lo que afirman contradice el testimonio sobre la unanimidad entre los posibles herederos para firmar el acuerdo de división de la herencia (p.  10, párrafos 19-23), pero este registro no se presentó en ninguna etapa con todo lo que conlleva [p.  11, párrafos 9-11] [Civil Appeal 8151/98 Sternberg contra Chetzik, IsrSC 56(1) 539,549 (2001)]; Los demandantes conocían el testamento anticipado (Adv. C.  - p.  12, párrafos 24-25; véase - párrafo 17 de la declaración jurada; p.  38, art.  26 - p.  39, s.  6), y sin embargo estaban dispuestos a firmar el acuerdo para la división del patrimonio, siendo plenamente conscientes de la dificultad que planteaba el testamento fallecido; A., hija del demandante nº 1, que es abogado y participó en la reunión con el abogado G.: "Ella insistió en que el acuerdo para la división del patrimonio se firmara incluso antes de que se emitiera la orden de sucesión" (Adv. C.  - p.  8, s.  26; p.  9, p.  1-8; A.  - p.  30, s.  15); Se intercambiaron mensajes en tiempo real entre N.  y el acusado, donde se ponía: "Lo transferí al teléfono de S .  y lo abrí con él, aceptando todo, por favor avísame cuando sea hora de firmar...  También se organizó la documentación de la casa en Tel Aviv?...  Bien" (p.  40 N/13) y entre R.  y el acusado (a través del teléfono móvil de A.  - párrafo 20 de la declaración jurada de A) donde se escribió: "Entiendo que estás bajo presión sobre tu casa, pero nadie te hará daño, así que haz un acuerdo individual, no pretendo ser prisionero de esta loca después de lo que hizo en la última reunión...  Todo es deseo (el error del original - S.A.) ...  Quiero saldar cuentas de años a costa de otros" (pp.  55-56 N/16; P/2 de la declaración jurada A).
  8. A la luz de todo lo anterior, estoy convencido de que el fallecido no cambió su gusto hacia el demandado. Por lo tanto, determino que hubo un error en la casilla del testamento posterior porque "este testamento mío es el último y cancela cualquier testamento anterior que se haya hecho".

Prueba de un conocimiento "claro" de los deseos realistas del fallecido

  1. Tras examinar los argumentos y las pruebas de las partes, he llegado a la conclusión de que el propósito para el que el fallecido redactó el testamento se refiere únicamente a los derechos sobre un apartamento en Tel Aviv, y que su intención y deseo eran y siguen siendo que el demandado heredara la propiedad en Nes Ziona.
  2. En nuestro caso, se estableció una estructura probatoria que se basó en diversas bases probatorias diagnósticas que son consistentes y respaldan el hecho de que el fallecido eligió poseer los derechos en el apartamento de Tel Aviv. Lo detallaré a continuación.
  3. El difunto informó a los sobrinos y al hijo del sobrino su intención de hacer un testamento en el que haría un testamento Para ellos sus derechos sobre la propiedad en Tel Aviv: "Cogió el teléfono y me dijo que quería hacer un testamento y dividirlo entre 5 herederos. Habló del apartamento en Tel Aviv sin lugar a dudas" (M)'- p.  16, párrafos 23-24, párrafos 4 de la declaración jurada; El demandado - párrafos 35 y 37 de la declaración jurada; 10.párrafo 6 de la declaración jurada).  El asunto fue presentado a los demandantes, de lo contrario no hay explicación de cómo', que aparentemente se sorprendió y no conocía el contenido del testamento, ¿conocía la identidad de los herederos? (N'- Secciones 20-21 de la declaración jurada, p.  27, párrafos 15,29).  Tampoco hay explicación de por qué R.' que escuchó del difunto su deseo de legar toda su propiedad a cinco herederos:en partes iguales y desde luego no me dejen' La casa en Nes Ziona.  Nunca quiso hacer eso, desde luego no en sus últimos años, porque estaba muy decepcionado con él(párrafo 21 de la declaración jurada), aceptó e incluso firmó el acuerdo para la división de la herencia, sin exigir recibir una "compensación" de otra propiedad que surgiera Solo en una etapa posterior y no maduró (Adv. Gamliel - p.  9, párrafos 29-34; párrafos 30-31 de la declaración jurada de R').
  4. J.M. Declaró que: "El fallecido solo habló de la casa en Tel Aviv, y me dijo que me legaría la casa, a mí', Len', por qué' Weller'.  No mencionó la casa en Nes Ziona(párrafo 6 de la declaración jurada).  Los demandantes se abstuvieron de interrogar a la El Testigo por su testimonio sobre este asunto sustantivo.  La jurisprudencia establece que la negativa de una parte a utilizar esta importante herramienta de contrainterrogatorio deja la versión del testigo que no fue interrogado como una versión verdadera que no ha sido refutada, y se interpreta como el consentimiento de la persona que se abstuvo de interrogar respecto a la situación presentada en esta versión [Apelación laboral 36316-06-12 Ramat Hasharon Municipality v.  Ayelet Shoshani Gino, párrafo 41 y referencias allí [Nevo] (24 de febrero de 2015)].

III.     El propósito del testamento posterior era regular la distribución del resto de la herencia entre herederos específicos - Sobrinos y sobrina (40)M.  , Deceased), desde que el fallecido No quería que su patrimonio pasara a sus manos porque ella había "Muchas pertenencias y quería cuidarme' a quien quería mucho(párrafo 35 de la declaración jurada del acusado).  Cabe señalar que no se interrogó al acusado sobre su testimonio al respecto y su versión no fue ocultada.

  1. El demandado actuó para recibir Permiso de construcción (P/9), renovaciones que llevaron a la consolidación de las subparcelas 1-2 en una sola casa, mientras se invertían fondos en la cantidad de "Más de 1 millón de NIS(párrafo 7 de la declaración jurada A'; Secciones 10-11 de la Declaración Jurada A'; Párrafo 32 de la declaración jurada del demandado). Reformas en la propiedad En Nes Ziona se realizaban con el conocimiento y consentimiento del fallecido, al menos con lo implícito (P/9;'- p.  36, s.  17, p.  38, párrafos 24-25).  En otras palabras, el fallecido sabía que el demandado estaba invirtiendo dinero confiando en el testamento anterior.  En estas circunstancias, es inconcebible que el demandado se molestara en ayudar al fallecido a redactar un testamento adicional que perjudicara las disposiciones del testamento anterior que le benefician y que han estado en su conocimiento durante muchos años (el demandado - párrafos 40-38 de la declaración jurada;'- p.  15, párrafos 27-29; p.  12; A.  - p.  31, párrafos 23-26).  También Es poco probable que el fallecido busque ayuda En el acusado En la redacción de un testamento, cuando supuestamente intentó excluir al demandado de la herencia: "Eliminar Y' Del testamento" (párrafo 10 de la declaración jurada 1 del demandante; párrafo 3 de la declaración jurada 2).
  2. El acusado declaró por iniciativa propia que le había dicho al albacea del testamento: "El fallecido tiene una vivienda en Tel Aviv ... Y le dije que esa era la casa que quería legar a esas 5 personas y le di la lista" (Pro.  del 7 de enero de 2025, p.  4, s.  17).  De hecho, el Sr.  Y.' Declaró que el apartamento en Tel Aviv era el asunto central del testamento: "Eso también es lo que Shay' Prepárame antes de venir a presenciar esto" (p.  15, s.  32).  Además, el abogado B.' Declaró que el fallecido se puso en contacto con él para preparar el testamento (p.  13, s.  23) Y le contó su deseo de legar un determinado apartamento en Tel Aviv a herederos concretos: "Cinco sobrinos o primos, lo que está escrito en el testamento" (p.  13, párs.  26-27,30-31) y además testificó que las palabras "Todos mis derechos y propiedad de cualquier tipo" aparecen en el testamento posterior como parte de una redacción fija: "Sigo pensando que es un formato que aparece en todos los testamentos, al menos por lo que sé(p.  14, s.  32), de lo contrario, si el difunto hubiera querido y pretendido legar a todos los herederos la propiedad en Nes Ziona, además de la propiedad en Tel Aviv, no habría habido necesidad de detalles Dado En un testamento El difunto: "Este es un piso que poseo...  En la calle XX en Tel Aviv...  y todas las finanzas" (N/2) o los detalles de la propiedad en Nes Ziona también aparecerían explícitamente en el testamento posterior.
  3. A la luz de todo lo anterior, estoy convencido de que el deseo realista del fallecido era legar a cinco herederos solo el apartamento en Tel Aviv, y la disposición alternativa que el fallecido habría hecho de no ser por el supuesto error es cancelar o reducir la cláusula en disputa.

Se ha demostrado una conexión causal entre el error y la creación de la disposición en disputa.

  1. Tras examinar los argumentos y las pruebas de las partes, concluí que el demandado pudo demostrar la existencia de una conexión causal entre el error y la emisión de la orden anulante.
  2. En nuestro caso, el albacea del testamento testificó sobre su experiencia y la manera en que se comportó en todos los asuntos relacionados con la redacción del testamento y la firma del fallecido en él.

La investigación del abogado B .  revela que: no se registró en tiempo real (p.  15, s.  6); En el momento relevante, el redactor del testamento tenía poca experiencia redactando testamentos: "Es posible contar en la palma de mi mano el número de testamentos que hice en ese momento" (p.  13, párrafos 18-20); El albacea del testamento recibió información del fallecido sobre la propiedad en Tel Aviv solo: "Me dijo que quería hacer un testamento, me dijo que no tenía hijos que yo recuerde y que quería legar un piso en Tel Aviv a 5 beneficiarios.  Eso es todo.  ...  Me dio los detalles y la dirección de la propiedad que figuraba en el testamento.  P: ¿El fallecido venía con una escritura de propiedad o mencionó él mismo el bloque de la parcela? R: Supongo que me mencionó la información, no recuerdo si vino a mí con una escritura o con una nota.  P: ¿Qué más le dijo el fallecido? R: No lo recuerdo, solo puedo estimar que le habría preguntado si hubiera otras cosas.  Era específicamente sobre una propiedad en particular que se mencionó y mencionó.  ...  P: ¿Qué le dijo el testador si dijo sobre documentos que había firmado en el pasado? R: No recuerdo que dijera sobre documentos que firmó" (p.  13, párrafos 25-27,33-34, p.  14, párrafos 4-2,7-12); El redactor del testamento preguntó al difunto únicamente sobre la situación matrimonial: "Estimo que le pregunté si no había hijos en la foto y dijo que no.  ...  No todos los días nos encontramos con muchos casos en los que la gente no lega a sus hijos, así que esto es también lo que recuerdo del caso" (p.  13, párrafos 29-32); El redactor del testamento usó el formato de un testamento: "Me centré en la esencia.  La esencia allí era un apartamento específico.  P: Pero también dice: "Toda mi propiedad"? R: Bueno, mira "toda mi propiedad", supongo que está escrito en cada testamento.  P: También hago muchos testamentos, también escribo "toda mi propiedad" y sigo escribiendo quién heredará el resto de la propiedad, y aquí dice que los sobrinos heredan toda la propiedad? R: ...  Es cierto que por un lado está escrito "toda mi propiedad", sigo pensando que este es un formato que existe en todos los testamentos, al menos por lo que sé, pero en la línea tres enfatizé más adelante en la frase "Este es un apartamento en la calle XX" específicamente.  De nuevo, no es un recuerdo sino una estimación, estimo que si hubiera otros bienes y otras cosas también los escribiría...  No lo dejaría en el aire" (p.  14, s.  25 - p.  15, s.  2).

  1. De hecho, se asume que el testador sabe lo que quiere, y su verdadero testamento se expresa en su testamento, de lo contrario no se habría molestado en preparar un testamento en absoluto [Apelación de Familia 47916-03-23 , supra [Nevo], párrafo 27]. Sin embargo, en este caso, el abogado B.  declaró: "Por un lado, recuerdo que era una persona mayor que tuvo que explicarle" (p.  13, párrafo 29), pero no recuerda haber leído y explicado las cláusulas del testamento al fallecido: "P: ¿Entonces es razonable suponer que le leyó y repasó algunas cláusulas del testamento con él, como hace con todos los clientes? R: No recuerdo" (p.  14, párrafos 23-25) y hasta el testigo del testamento solo recuerda que el redactor del testamento: "Le habló sobre la parte de la casa en Tel Aviv.  ...  Él sí le llamó, pero no recuerdo haberte contado sobre la casa en Nes Ziona" (p.  15, párrafos 30-34).
  2. A la luz de lo anterior, es razonable suponer que la disposición revocatoria aparece en el testamento tardío como una plantilla o incumplimiento estructurado en formato de testamento, y más aún cuando no se le preguntó al fallecido y no informó al Abogado B. de que se había hecho un testamento anticipado (Adv. B.  - p.  14, S.  12), el hijo del fallecido, y más aún cuando no está claro con toda duda que el fallecido recibió del testador una explicación sobre las implicaciones de las disposiciones en disputa sobre la propiedad en Nes Ziona y, en cualquier caso, para el demandado.
  3. A la luz de todo lo anterior, he llegado a la conclusión de que existe una conexión causal entre el error y las disposiciones en disputa. En otras palabras, que las disposiciones en disputa fueron redactadas por un error - el fallecido se equivocó al pensar que el testamento tardío no cancela el anterior, sino que solo se refiere a un apartamento en Tel Aviv.
  4. En nuestro caso, el fallecido no reveló ni pudo descubrir el hecho del error mientras aún estaba vivo, por lo que el fallecido no tuvo la oportunidad de corregirlo él mismo. Cabe señalar que en este caso, el fallecido no lee hebreo (p.  5 N/1; p.  8 N/2; p.  13 N/4), mientras que el acusado que acompañó al fallecido no leyó el testamento posterior: "No vi lo que estaba escrito en el testamento que mi tío hizo con el abogado B.  No lo miré.  Sabía por qué mi tío acudió al abogado B.  ...  No tenía motivo para mirar", no se le cuestionó sobre su testimonio y, en cualquier caso, su versión sobre este asunto no fue contradicha (párrafo 44 de la declaración jurada).  Además, en 2021 o 2022, el demandado contactó con el Abogado B.  tras una solicitud del Demandante 1, sin que ninguno de ellos atribuía importancia al contenido del testamento.  En este sentido, el demandado declaró por iniciativa propia en la vista previa al juicio el 7 de enero de 2025: "Después de eso, el marido de R.  me llamó y me dijo que el abogado no había registrado los documentos de identidad de las personas que D.  quería legarles.  Así que llamé a B.  y le dije que una tarjeta de identificación debería registrarse en el testamento y me dijo que solo hay una Y.Z.  en Ness Ziona y también una R.B.S.  en Bat Yam, así que no es necesario un DNI, y no le di importancia al hecho de que al final del testamento esté escrito 'toda mi propiedad' que es solo para la casa en Tel Aviv y eso es lo que el fallecido quiso decir" (p.  4, párrafos 19-23).  , testigo en nombre de los demandantes, también declaró en el contrainterrogatorio que: "Antes de morir en cierto año, un día R.  emitió una orden de herencia.  Fue hace unos dos años, antes de que falleciera...  D.  estaba presente en el salón y R.  dijo que habían emitido una orden de herencia y veo que R.B.S.  estaba escrito allí, su dirección no estaba registrada y su documento de identidad no estaba listado...  Le dije a D.  que no parecía una orden de herencia (es decir, el testamento) y llamé su atención sobre D...  Y él me dijo que R.  debía de merecérselo, lo apunté todo" (p.  21, párrafos 1-11).  De lo anterior se deduce que el error no era evidente para el fallecido y él no sabía ni podía saber del error, por lo que no tuvo oportunidad de modificar el testamento posterior.
  5. Todo lo anterior muestra que los demandantes sabían muy bien que había habido un error en el testamento tardío, que los testamentos vivían en un solo lugar, y que la objeción al testamento anticipado surgió en vista de la dificultad que surgió en el testamento tardío y el intento de obtener un beneficio secundario en la situación creada.
  6. A la luz de todo lo anterior, acepto el argumento del demandado sobre el error en el testamento tardío.
  7. La reclamación de una futura transacción de herencia - Los demandantes alegaron que el acuerdo de apoyo económico constituye una futura transacción de herencia conforme al artículo 8(a) de la ley.
  8. La reclamación de ampliar un frente está prohibida - como es bien sabido, la prohibición de ampliar un frente significa que una parte no puede desviarse del alcance de la disputa definido en los escritos - a menos que la parte contraria esté expresa o implícitamente de acuerdo con ello, o si el tribunal concede la solicitud de enmendar los escritos. El propósito de esta prohibición es, ante todo, proteger a las partes contra errores judiciales, ya que les permite preparar y establecer adecuadamente su posición fáctica y jurídica y de acuerdo con la definición de la disputa que han resuelto previamente; Además, la prohibición de ampliar un frente refleja principios de eficiencia y finalización de la audiencia [LA 6251/15 Hoffa contra Cassuto, párr.  40 [Nevo] (7 de agosto de 2016)].
  9. En nuestro caso, el argumento legal planteado en los resúmenes proviene del argumento fáctico planteado en nombre del objetante, según el cual "se firmó un acuerdo entre el fallecido y el solicitante. La concesión de la propiedad en Nes Ziona al solicitante en el marco de un testamento que debía redactar el fallecido no quedó registrada en el acuerdo escrito, a la luz de las disposiciones del artículo 8 de la Ley de Herencias, que prohíbe futuras transacciones de herencia" (sección 42 de la carta de objeción, Archivo de la Herencia 3033-10-24).  En otras palabras, esto es un hecho que se encuentra en las pruebas presentadas ante la parte que se opuso incluso en la fase en que se formuló el inicio de la disputa.  En tal situación, no hay espacio para el argumento del objetor respecto a la ampliación de un frente prohibido [Civil Appeal 750/16 Sa'adtmand v.  Rehovot Assessor, párrafo 16 [Nevo] (28 de febrero de 2019)].
  10. En cuanto al fondo del asunto, el artículo 8(a) de la Ley de Herencias establece que: "Un acuerdo relativo a la herencia y renuncia de la herencia de una persona celebrado durante su vida es nulo y sin efecto." La jurisprudencia establece que: "Todo lo que el legislador buscó fue impedir que un testador obstruyera el cambio de identidad del beneficiario de su patrimonio de vez en cuando. Por lo tanto, el invalidador trató el derecho del testador a cambiar al beneficiario de su patrimonio como inválido y nulo, en contraposición a un testador que determinó al beneficiario de su patrimonio mediante la elaboración de un testamento, ya que por su propia naturaleza siempre puede ser modificado, y no hay razón para invalidar el testamento aunque se afirme que su contenido fue instruido en un acuerdo previo a su redacción.  Para ser precisos, el propio acuerdo puede ser inválido y nulo porque constituye una transacción de herencia, no el testamento que se hizo a su paso, siempre que el tribunal considere que fue hecho por voluntad propia del testador" [Caso de herencia (K.S.) Dayan contra Sabag [Nevo] (27 de diciembre de 2012)].  La jurisprudencia enfatizaba que, desde el momento en que una persona prepara un testamento por voluntad propia, no hay defecto en este testamento, incluso si se concede a cambio de un beneficio u contraprestación de algún tipo, ya que el testador puede cambiar en cualquier momento.  Solo una transacción que impida al testador cambiar el beneficiario de su patrimonio a su antojo es una transacción que el legislador intentó cancelar y anular [LA 7468/11 Anonymous v.  Anonymous [Nevo] (3 de julio de 2012)].
  11. Según la versión del demandado, utiliza las subparcelas 1-2 de 1988, paga al fallecido sin acuerdo desde 1999; se llegó a un acuerdo entre el demandado y el fallecido según el cual "Renovaré la casa en las dos subparcelas, incluyendo mediante ampliaciones de edificaciones, ... mientras que mi tío hará un testamento en cuyo marco me legará sus derechos en la subparcela 2" (párrafos 24-28 de la declaración jurada); El fallecido y el demandado recibieron asesoramiento legal para no incluir el consentimiento en el acuerdo escrito a la luz de la disposición del artículo 8(a) de la Ley de Herencias (ibid., sección 29).
  12. En este caso, en el acuerdo de apoyo económico, el acusado se comprometió a "devolver a Dios como recompensa", sin que el acuerdo impusiera al difunto una obligación legal en relación con la subparcela 2; En el testamento preliminar, el difunto conservaba su derecho a cambiar su testamento: "Mientras yo viva, tendré derecho a hacer con mis bienes y bienes lo que considere oportuno, porque tendré derecho en cualquier momento a modificar este testamento y restarlo, añadirlo o revocarlo" (sección F N/1); El testamento preliminar fue redactado del libre albedrío del fallecido, por lo que está escrito en el testamento, y no hay razón para suponer lo contrario, especialmente cuando el testigo del testamento no fue citado para declarar (p. 5 N/1).

En estas circunstancias, cuando el fallecido conservaba su derecho a retirar su testamento como quisiera hasta el día de su muerte, y por otro lado, el riesgo recaía únicamente en el demandado, que se comprometía a pagar al fallecido un pago mensual e incluso le pagaba dinero antes de que se hiciera el testamento preliminar, e invirtió dinero en reformas de la propiedad en Nes Ziona.  Por lo tanto, esto no constituye una transacción de herencia futura.  Por lo tanto, se rechaza el argumento de los demandantes en este asunto.

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