"P. Bien. Y por favor confírmeme que al final de este argumento se llegó a un acuerdo entre ustedes. El acuerdo que estipulaba que se comprometían a pagar a IAI $189,000 en seis cuotas.
A: Esto es parte de los acuerdos que se alcanzaron. En cuanto al pago a IAI, este es el monto que acordamos".
Y más adelante, en p. 275, párrafos 12-15:
"Estoy diciendo que la empresa no niega la confirmación de un pago que Eyal aprobó. Si Eyal dijo - Brooke aprueba el pago, él aprueba el pago. Ahí es donde empieza, ahí es donde termina..."
Eyal también confirmó que la suma fue aprobada por él:
- P. ¿Apruebas la cuenta NRE de $189,000, verdad?
A: Así es." (p. 376 de la transcripción de Q. 5-16).
- Eyal incluso confirmó que esta suma fue aprobada sin ninguna condición. Así, en la página 377 de la transcripción de Q. 17-18:
- P. No es porque su acuerdo sobre NRE dependiera de algo.
R: No. La cantidad del NRE fue acordada entre nosotros, había una intención real de pagarla en su totalidad."
- Brook no adjuntó ninguna evidencia, en tiempo real, de que el pago de la suma acordada estuviera condicionado a la recepción de productos, ni que tuviera objeciones al respecto. Gil confirmó en su testimonio que no se opuso al monto del acuerdo después de que fue aprobado (ver p. 277 de la transcripción de la pregunta 21), y como evidencia, esta suma fue pagada parcialmente por Brook (la suma de ILS 220,000 de un total de ILS 747,420), e incluso lo reiteró en sus resúmenes en el párrafo 23.
- Además de esta cantidad, el 29 de noviembre de 2022, una apelación civil envió a Brook una factura por la suma de ₪82,637 (sin incluir IVA) por estacionamiento, el costo de rentar una oficina y los costos de combustible. Tanto Gil como Eyal confirmaron en su testimonio que no había disputa respecto a estos componentes (véase el testimonio de Gil en p. 292, pregunta 4 y pregunta 17, y el testimonio de Eyal en p. 378, pregunta 4). Esta factura fue pagada casi en su totalidad y quedó una deuda de ILS 27,248. Cuando se le preguntó a Eyal por qué no se pagó esta suma, respondió: "No recuerdo si hay una buena razón... " (p. 378 de la transcripción de la pregunta 26).
- De lo anterior parece que Brock aprobó clara y explícitamente las sumas demandadas para el periodo NRE. Acepto la reclamación de unaapelación civil de que no era posible obtener aprobación previa para cada audiencia, correo electrónico, llamada telefónica, etc. En la práctica, los cargos se formularon mediante un proceso ordenado de presentar objeciones por parte de Brock y hacer ajustes por parte de IAI, hasta que se produjo una factura final que fue aprobada por Brock. Por lo tanto, los argumentos presentados por Brock de que se requería aprobación previa de gastos, respecto a la falta de documentación de los gastos o que el pago dependía del resultado, son infundados e irrelevantes.
- Por lo tanto, la opinión del perito también es irrelevante en este asunto, ya que el perito testificó que calculó las cantidades incluidas en su opinión, de acuerdo con los términos del acuerdo (según él), y no se refirió al acuerdo de las partes (p. 435 de la transcripción de Q. 6-10), que prevalece sobre cualquier cálculo realizado por el perito, en retrospectiva.
- Por lo tanto, Brook debe pagar a la apelación civil el saldo de los montos impagados del periodo NRE, que ascienden a ILS 527,419 (incluyendo IVA) y ILS 27,248 (incluyendo IVA) por estacionamiento, materiales y oficina, además de diferencias de vínculos e intereses.
00Segundo periodo - el periodo de octubre de 2023 a junio de 2023
- 0 octubre-noviembre de 2022 Facturas confirmadas y pagadas por Brooke.
- La factura de enero de 2023 por un monto de ILS 223,098.64 fue aprobada por Brook, pero no fue pagada por Brook (ver Apéndice 12 de la declaración jurada de caridad en la p. 139, párrafo 23 de los resúmenes de Brook; el testimonio de Eyal en p. 383, preguntas 16-17 y preguntas 23-24, donde confirmó que no tenía una buena razón para no pagar esta factura y Testimonios de Edad en p. 304, preguntas 1-3).
- La factura de abril de 2023 por un monto de ILS 392,895.82 también fue aprobada por Brook y no fue pagada (ver Apéndice 25 de la declaración jurada de la caridad en p. 256, párrafo 23 de los resúmenes del demandante; testimonio de Peleg en p. 335, preguntas 22-23; testimonio de Eyal en p. 397, preguntas 11-12).
- Por lo tanto, la disputa entre las partes se centra en las facturas de diciembre de 2022 y las facturas correspondientes a los meses de febrero de 2023 a junio de 2023.
Factura de diciembre de 2022
- El 8 de enero de 2023, el Tribunal de Apelaciones Civiles envió a Brock una tabla con detalles de los cargos para el mes de diciembre de 2022, que incluía un crédito de 52 horas para los meses de octubre a noviembre de 2022 (Apéndice 11 de la declaración jurada de caridad en la p. 131).
- En una admisión por correo electrónico fechada el 18 de enero de 2023, Eyal presentó varias objeciones a la cuenta y recibió una respuesta detallada de Charity ese mismo día (Apéndice 11 de la declaración jurada de la caridad en las páginas 130-131). Charity declaró en el párrafo 49 de su declaración jurada que el 24 de enero de 2023, tras deliberaciones, Eyal aprobó la cuenta por teléfono, y en consecuencia se envió una factura a Brooke por un monto aproximado de ILS 234,847 (véase también testimonio caritativo en p. 73, párrafos 4-16 y 19).
- Brook negó que esta factura hubiera sido aprobada por ella, pero como se detallará más adelante, la totalidad de la evidencia muestra que, en tiempo real, Brook no se opuso al pago de esta factura, e incluso reiteró que el pago se realizaría.
- Así, el 24 de enero de 2023, después de enviar la factura, Tzedka escribió a Eyal: "Aún no has aprobado la emisión de la factura para el mes de diciembre de 2022. Esperamos tu pronta aprobación" (Apéndice 11 de la declaración jurada de la organización benéfica en la p. 130). Después de enviar este aviso, Brook no presentó objeciones a la presentación de la factura, y de hecho fue presentada poco después.
- Posteriormente, el 2 y 21 de marzo de 2023, la Oficina de Apelaciones Civiles envió recordatorios adicionales para el pago de la factura (Apéndices 18-19 a la declaración jurada de la organización benéfica). Brook no respondió a estas solicitudes y, en cualquier caso, no expresó ninguna objeción por escrito al pago de la factura.
- En un correo electrónico enviado a Eyal el 3 de abril de 2023, Tzedaka detalló el estado de las deudas de ese día, que ascendían a ILS 873,427, incluyendo la deuda de la factura de diciembre de 2022 por un monto de ILS 234,848 incluyendo IVA (Apéndice 20 de la declaración jurada de la organización benéfica). En una correspondencia de WhatsApp entre Amrani y Eyal de ese día (Apéndice 21 de la declaración jurada de la caridad), Amrani escribió a Eyal: "Eyal, entiendo por los fondos que no se pagó ninguna factura." En respuesta, Eyal responde: "Pedí a Moneyem que transfiriera un pago el jueves y, según entiendo, se hizo. Pedí confirmación del pago, ya te la voy a reenviar." Aunque la factura de diciembre de 2022 se incluyó en el estado de las deudas enviadas el mismo día, Eyal no expresó objeción a su pago, pero si es lo contrario, confirmó que había pedido al departamento financiero de Brooke que transfiriera el pago, que incluye, como se mencionó, la factura de diciembre de 2022.
- El 18 de abril de 2023, aproximadamente dos semanas después de que Eyal prometiera que Brook saldaría sus deudas, Amrani lo contactó de nuevo: "Estoy esperando una actualización sobre la deuda. Pido que se respeten los acuerdos entre nosotros", y en respuesta, Eyal respondió: "Hola Amrani, cualquier acuerdo entre nosotros será respetado. No me queda claro por qué el pago aún no se ha hecho. Estoy revisando de inmediato y actualizaré." Nuevamente, Eyal no expresó objeción al pago de la factura de diciembre de 2022.
- El 19 de abril de 2023, después de no recibir el pago, Amrani pidió a Eyal que se asegurara de que Brook saldara sus deudas el mismo día y que las partes celebrarían una reunión al día siguiente sobre el tema del nuevo esquema. El 20 de abril de 2023, Eyal informó a Amrani: "Respecto a la transferencia del pago, no hay necesidad de detener el trabajo. Prometí y tengo la intención de cumplir la promesa."
- El 24 de abril de 2023, se llevó a cabo una reunión entre representantes de la Apelación Civil y Eyal, en la que Eyal se comprometió a que Brook pagaría a la Apelación Civil 1 millón de ILS por la deuda pasada (ver el correo electrónico de Eyal de ese día - Apéndice 22 de la declaración jurada de caridad en la p. 216). En el correo electrónico mencionado, Eyal no se refirió a la factura correspondiente al mes de diciembre de 2022, y en cualquier caso no se expresó objeción a su pago. En su contrainterrogatorio, Eyal intentó presentar la suma de ILS 1 millón como una especie de pago total que cubriera las facturas de febrero y marzo de 2023 (sin la factura de diciembre de 2023) (p. 392, párrafos 10-15), pero estas facturas se emitieron solo el 30 de abril de 2023 (Apéndice 24 de la declaración jurada de la caridad en p. 247), mientras que el compromiso de pagar ILS 1 millón se dio tan pronto como el 24 de abril de 2023. Además, según la sección 71 de la declaración jurada de la caridad, el resultado de combinar el monto de la deuda para el periodo NRE a esa fecha, con el monto de la deuda por estacionamiento, materiales y oficinas para esa fecha, junto con los montos de las facturas de diciembre de 2022 y enero de 2023, es de ILS 998,004, es decir, aproximadamente ILS 1 millón, que es la deuda pasada al 24 de abril de 2023.
- A esto se suma el hecho de que las facturas de octubre-noviembre de 2022 y la de enero de 2023 fueron aprobadas por Brook. Por lo tanto, resulta desconcertante que la factura de diciembre de 2022 no haya sido aprobada, y de hecho, cuando se le preguntó a Eyal en su interrogatorio si había aprobado la factura, dio una respuesta vacilante y con reservas diciendo que era: "Es bastante seguro que dijimos que no fue aprobada después" (p. 382 de la transcripción de la pregunta 20).
- En cualquier caso, no hay disputa entre las partes de que el trabajo fue realizado mediante unaapelación civil en diciembre de 2022, y que ella tiene derecho a una compensación por su trabajo. La disputa es sobre el alcance del trabajo realizado. Sin embargo, dado que Brooke no presentó ninguna evidencia de que objetara esta factura en tiempo real, junto con el hecho de que no especificó la cantidad que considera que merece una apelación civil por su trabajo, el resultado probable es que esta factura fue aprobada.
Facturas de febrero 2023 - junio 2023
- Desde febrero de 2023 hasta que Brook dejó las instalaciones de IAI el 11 de junio de 2023, una apelación civil ordenó a Brook según un nuevo plan de pagos, según el cual se le cobró una suma mensual de $74,855 por el trabajo de mantenimiento en curso, y además, Brook tuvo que pagar estacionamiento, materiales y una oficina.
- Según IAI, este nuevo esquema fue acordado oralmente en una reunión celebrada el 24 de abril de 2023 entre sus representantes (Amrani y Tzedaka) y Eyal, mientras que se acordó que también se aplicaría retroactivamente respecto a las facturas para los meses de febrero y marzo de 2023.
- Respecto al nuevo esquema, Brook planteó tanto un argumento procesal respecto a la expansión y cambio de un frente prohibido como argumentos a nivel sustantivo.
- Según Brook, la reclamación sobre la aprobación del nuevo esquema constituye una expansión de un frente prohibido ya que no aparece en los escritos. Una revisión de la declaración de demanda y la declaración de defensa muestra que las facturas de los meses de febrero-junio de 2023 que fueron preparadas según el nuevo esquema fueron adjuntas a ellas (Apéndice 9 a la declaración de demanda, Apéndice 12 a la declaración de defensa). En el Apéndice 10 (p. 89) de la declaración de defensa, un mensaje de correo electrónico fechado el 3 de mayo de 2023, en el que se menciona el nuevo esquema. Lo mismo ocurre en el Apéndice 7 de la declaración de defensa en la p. 78. Además, el tema del nuevo esquema fue elaborado en las declaraciones juradas de la apelación civil, y a Brook se le dio la oportunidad de abordar este asunto en sus declaraciones juradas, y de hecho tanto Gil como Eyal se refirieron extensamente al nuevo esquema en sus declaraciones juradas (párrafos 208,214-216 de la declaración jurada de Gil y párrafos 109-114 de la declaración jurada de Eyal). Brook también tuvo la oportunidad de contrainterrogar a los testigos sobre este tema, y aprovechó esta oportunidad. El propio abogado Brook definió el tema del nuevo esquema como "el corazón del caso" (p. 36 de la transcripción de Q. 19-20).
- En estas circunstancias, cuando la disputa se aclaró sobre el fondo del asunto, tras examinar los argumentos de las partes, escuchar testimonios y presentar pruebas relevantes en nombre de Brock también, los derechos procesales de Brock no fueron privados y no hay impedimento para discutir esta reclamación. En este sentido, las palabras del Honorable Presidente M. Shamgar en Other Municipality Applications 311/83 Finkelstein v. PlavskJ, IsrSC 39(1) 496,503 (párrafo 7) (1985):
"El tribunal debe decidir una cuestión que realmente está en disputa entre las partes, pero a veces se le impide hacerlo, ya que dicho asunto no se le presenta en los escritos y no se plantea ni siquiera durante la audiencia, pero si las partes presentan ante el tribunal, de hecho, la verdadera disputa que surgió ante ellos, como de hecho ocurrió aquí, los escritos originales no deben verse como una especie de soporte que obliga al tribunal y le impide abordar el material y los argumentos presentados durante el proceso."
- En el fondo, Brook no niega la existencia de la reunión del 24 de abril de 2023, ni que se discutió un nuevo esquema, pero afirma que solo presentó principios para un nuevo esquema, los cuales están sujetos a la redacción de un nuevo apéndice, después de que haya sido aprobado por todas las autoridades competentes en nombre de ambas partes.
- Ciertamente, de acuerdo con las disposiciones del acuerdo, cualquier cambio en el acuerdo solo puede hacerse por escrito, mientras que en este caso se argumentó que el cambio, que es indiscutiblemente sobre un tema sustantivo, se hizo oralmente; sin embargo, la imagen obtenida de la evidencia presentada ante mí es que, contrariamente a lo que afirmó Brock, el esquema fue aprobado por ella, al menos en conducta.
- El 30 de abril de 2023, tras la reunión celebrada el 24 de abril de 2024, Tzedaka envió a Eyal dos facturas para los meses de febrero y marzo de 2023, que incluían un componente de un "costo mensual básico" por un monto de $74,855. En este correo electrónico, Tzedaka escribió: "Hola Eyal, tras nuestra reunión, adjuntas las facturas de los meses de febrero y marzo de 2023 pagadas inmediatamente después de una apelación penal, los siguientes detalles... Costo mensual básico de 74,855" (Apéndice 24 de la declaración jurada de la organización benéfica). Brook, quien afirma, como se señaló, que el nuevo esquema no fue aprobado por ella, no presentó, de manera desconcertante, ninguna evidencia de que ella objetara, en tiempo real, a estas facturas, que fueron emitidas de acuerdo con el nuevo esquema. Cuando se le preguntó a Yogev sobre esto en su interrogatorio, planteó una afirmación que no apareció en su declaración jurada, que Brook no respondió al mensaje de correo mencionado porque fue enviado a un buzón que normalmente no lo monitorea (p. 394, párrafos 12-13) y por lo tanto no lo vio. Sin embargo, Eyal luego contradijo su versión y señaló: "Este es un correo electrónico que fue enviado a un usuario que monitoreé y vi este correo solo unas semanas después" (p. 394 de la transcripción de Q. 19-20). De más está decir que, incluso después de unas semanas, no se presentó evidencia de que Brock objetara estas facturas.
- Más tarde en su testimonio, cuando le preguntaron a Eyal por qué escribió caridad que las facturas se enviaron más tarde en la reunión, respondió: "Supongo que se acordó en la reunión" (p. 394 de la transcripción de Q. 25-26). Eyal incluso admitió que la suma discutida en la reunión fue efectivamente de $75,000: "Para efectos del asunto, sí, este es el número del que hablábamos" (p. 392 de la transcripción de Q. 19).
- En una correspondencia fechada el 3 de mayo de 2023 (Apéndice 25 de la declaración jurada de la caridad en la p. 257) entre Tzedaka y Eyal, Tzedaka adjuntó la factura de abril de 2023, que indicaba: "Adjunto está el cálculo para el mes de abril de 2023 según el nuevo esquema." Más tarde, el 8 de mayo de 2023, Tzedaka informó a Eyal, entre otras cosas, que estaba interesado en emitir la factura de abril de 2023. Eyal no solo no afirmó que el nuevo esquema aún no había sido aprobado, sino que aprobó explícitamente la factura cuando respondió ese mismo día: "No hay problema." En su declaración jurada, Eyal también confirmó que había decidido aprobar el monto en la factura de abril (sección 120), y esta confirmación también fue reiterada en su interrogatorio en la página 397 de la transcripción de Q. 12. Gil también confirmó en su interrogatorio que la factura de abril de 2023 fue aprobada, cuando señaló que Eyal "aprobó $92,000, acepto esta confirmación" (p. 335 de la transcripción de Q. 22-23).
- Si, como afirma Brook, el nuevo esquema no fue aprobado y no es vinculante, se esperaría que Eyal inmediatamente reclamara que no aprobó la factura ya que fue redactada según el nuevo esquema. Sin embargo, no solo no lo hizo, sino que aprobó explícitamente la factura de abril de 2023. Este hecho, junto con el hecho de que Brook no compensó en tiempo real las facturas de febrero y marzo de 2023, refuerza la conclusión de que las partes llegaron a un acuerdo para cambiar el método del contrato, de horas de trabajo reales a un monto fijo.
- En su interrogatorio, Eyal intentó justificar su aprobación de la factura de abril de 2023, alegando que también la aprobó como compensación por el hecho de que las facturas de febrero-marzo de 2023 no fueron pagadas, ya que afirmó que una apelación civil funcionó, según él, durante esos meses (p. 397 de la transcripción de Q. 8-14), pero su versión es inconsistente con los hechos. Las facturas de febrero-marzo por sí solas ascienden a ILS 813,952, mientras que la factura de abril es de ILS 392,895, por lo que no es posible que incluya cuentas de 3 meses, incluso si restamos las facturas de febrero-marzo en un 50% de su monto. Además, la afirmación de Eyal contradice su afirmación anterior en su testimonio, según la cual la suma de 1 millón de ILS aprobada por él en la reunión del 24 de abril de 2023 incluye las facturas de febrero-marzo de 2023 (lo cual, como se mencionó anteriormente, también es incorrecto). Estas contradicciones indican que las versiones de Eyal no son más que excusas, y que la realidad fue tal como la presentó IAI, tanto en relación con la atribución de las sumas dentro del marco de la suma de ILS 1 millón como en relación con el nuevo esquema.
- También debe señalarse en este contexto que las afirmaciones de Brook sobre la falta de documentación de horas de trabajo o la falta de aprobación previa por parte de Brook para los gastos son irrelevantes, ya que en estas facturas a Brook se le cobró un pago fijo más gastos de estacionamiento, oficina y servicios, que, como se mencionó, Brook no niega que debe pagar.
- Además, la afirmación de Brook de que la cantidad fija dependía del trabajo de 4.5 técnicos con la licencia adecuada no fue comprobada. Amrani testificó que la cantidad fija se determinaba como un promedio de acuerdo con el alcance del trabajo requerido, y que el número de técnicos que trabajaban a veces superaba los 4.5 técnicos y a veces caía por debajo de este número, y tampoco había obligación de que todos los técnicos tuvieran licencia (p. 183 de la transcripción, párrafos 11-12, p. 185, párrafos 9-10,16-17), y su afirmación no fue contradicha.
- Por lo anterior, parece que el nuevo esquema era aceptable para Brock, y por lo tanto debe pagar las facturas de febrero de 2023 para junio de 2023.
Resumen Interino
- A la luz de lo anterior, una apelación civil pudo probar la demanda principal, tanto en relación con el periodo NRE como en relación con el período posterior, hasta la terminación del acuerdo.
- Por lo tanto, Brook debe presentar una apelación civil por la suma de ILS 2,897,365 (más las diferencias de vinculación e intereses).
- Ahora es necesario examinar si Brook pudo probar su contrademanda.
La contrademanda
- La contrademanda enumera tres tipos de daños:
El primero, por pagos en exceso que Brock tuvo que pagar después del periodo de acumular 6 meses de experiencia práctica trabajando en helicópteros Brock, conocido como el periodo OJT.