Casos legales

Solicitud de Apelación Familiar 785-03-26 Anónimo vs. Anónimo - parte 8

October 11, 2026
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El resultado es que, donde los dos padres del testador murieron antes que él, algunos de los hermanos Secundaria Los padres en el patrimonio del testador, será mayor que la porcentaje de hermanos de un solo padre.

  1. La conclusión de todo lo que se ha dicho hasta ahora es que, de acuerdo con los arreglos establecidos en la ley Herencia La división del patrimonio del testador entre sus hermanos de los mismos padres y sus hermanos de uno solo no es necesariamente igualitaria.
  2. Aunque esta conclusión es muy consistente con el lenguaje y la lógica de la ley, examinaré el propósito de la ley a continuación, a la luz de las críticas que se expresaron en la literatura jurídica sobre la interpretación anterior (que, como se señaló, fue adoptada en el asunto de Habsha, y posteriormente, parece que también ha sido adoptado En las sentencias de los tribunales de primera instancia, véase, por ejemplo: El Caso de la Herencia (Caso Familiar) 38434-12-20 M.A. contra la herencia del fallecido S.S., párrafos 6,8, 13-15 [Nevo] (9 de mayo de 2022); T (Registrador de Asuntos Hereditarios en Be'er Sheva) 65747 Z. v. Y., versículos 4,10-6 [Nevo] (16 de agosto de 2022); Véase también: Corinaldi, p. 105).  Así, por ejemplo, se expresó la opinión de que es apropiado adoptar una interpretación según la cual la herencia de un testador se dividirá equitativamente entre sus hermanos, sin distinguir entre los hermanos del testador de los mismos padres y los hermanos del testador de un solo padre.  Se argumentó que la interpretación propuesta Según lo cual la distribución del patrimonio del testador entre sus hermanos de los mismos padres y sus hermanos de los mismos padres no es necesariamente igual, es inconsistente con el principio de igualdad establecido en la Ley de Sucesiones; con la tendencia moderna en muchos países a la igualdad entre los hermanos del testador de uno de los padres y su hermano de ambos padres (ver: Shilo, en pp.  149-152; Corinaldi, en pp.  103-105); y con la intención de la legislatura expresada en las notas explicativas al Proyecto de Ley de Herencia de 1952 (Ministerio de Justicia El proyecto de ley de herencia (1952) (en adelante: El proyecto de ley de 1952 o La propuesta de 1952)).  Cabe señalar que esta crítica también fue adoptada por el Tribunal de Familia enPortafolio de la Propiedad 44229-11-17 [Nevo], en la que el apelante se apoya como se indicó anteriormente.
  3. Creo que no solo la conclusión a la que llegué es bien consistente con el lenguaje de la ley, sino que también es consistente con el La intención de la legislatura y con el principio de igualdad, tal como está fundamentado en la Ley de Sucesiones. También mostraré que esta interpretación es consistente con los arreglos consuetudinarios en varios sistemas legales en el extranjero.

La Intención de la Legislatura

  1. El arreglo de herencia según la ley, que es fijado Secciones 10,12 y 13 y14 La ley fue estipulada además en la versión original de la ley promulgada en 1965 (ver: la versión original de la Secciones 10,12,13,14 y15 a la Ley de Herencias, 5725-1965,68-63). Las notas explicativas del proyecto de ley que llevaron a su promulgación, como se mencionó anteriormente en 1965, se refieren a las notas explicativas del proyecto de ley de 1952, señalando que "solo hay unas pocas diferencias entre ese proyecto de ley y la propuesta presentada aquí.  Por lo tanto, esas notas explicativas, que se entregan a cada cláusula de la misma propuesta, pueden usarse, usualmente, así como para explicar las disposiciones que ahora se proponen" (Notas Explicativas al Proyecto de Ley La Ley de Sucesiones, 5718-1958 Proyecto de Ley de Gobierno 212,236).  Por lo tanto, las notas explicativas del proyecto de ley de 1952 son relevantes para el propósito de rastrear la intención de la legislatura en nuestro caso.
  2. De hecho, en las notas explicativas de la propuesta de 1952, se señaló, en relación con A la sección 16(A) a la ley propuesta (el paralelo A la sección 13 La ley, según la cual, como se establece, "los hijos del testador se dividen entre ellos por igual, así como los padres del testador entre ellos y los padres de sus padres entre ellos"), es la siguiente:

"Existen bastantes leyes [...] que distinguen entre hermanos y hermanas del testador 'de sangre entera [...]) y hermanos y hermanas de 'madre o padre solo' (de sangre mestiza [...]) y les dan a los primeros una parte mayor de la herencia o incluso toda la herencia.  [...] La ley judía rechaza esta distinción: "Y uno de sus hermanos que es solo de su padre o su hermano de su padre y madre" (Rambam, Leyes de Herencia, capítulo uno, halajá 6), así como la mayoría de las leyes del país, e incluso nuestra propuesta" (en la p. 55).

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