Considero que debe señalarse, ya en esta etapa, que las empresas de los demandantes, en las fechas relevantes de la demanda, tienen cuatro empresas clientes: una es UFX TRADE (que fue cliente de los demandantes hasta finales de 2016) y que es una empresa constituida en Belice y operada en Chipre, la segunda es UFX GLOBAL, que es una empresa que comenzó a ser cliente de los demandantes en lugar de UFX TRADE, que está constituida en Vanuatu y opera en Chipre; la tercera, MPF GLOBAL (en adelante: "MPF") cuyo lugar de actividad se encuentra en Chipre; y el cuarto es RELIANTCO GLOBAL (en adelante: "Rialentco"), que tiene su sede de operaciones en Chipre.
(en adelante: "las Empresas Clientes de los Demandantes").
- Demandante 1 en la Apelación Civil 265-04-17 Sr. Toledano Haim – es un empresario privado cuya cuenta corriente (shekel y moneda extranjera) número 442253 se administra en el banco del demandado, a partir del 5 de agosto de 2007. Como se ha dicho, el Sr. Toledano actuó en las fechas pertinentes de la demanda como uno de los directores de Twiga Online y Twiga Media, y también es uno de los accionistas de Paragon EX, que es la empresa matriz de estas empresas, ya sea por tenencia directa de sus acciones o por la tenencia de sus acciones en ella a través de un fideicomisario.
El demandante 2 en la Apelación Civil 265-04-17 - Licht, es una empresa privada propiedad del Sr. Toledano que administra una cuenta corriente (shekel y moneda extranjera) número 441982 en el banco del demandado desde 2008.
- El 20 de marzo de 2017, el Banco envió una carta con el asunto detallando todos los números de cuenta de los demandantes como se detalla anteriormente, que estaba dirigida a todos los demandantes y el destinatario es: "Haim Toledano y el Grupo Twiga". Como parte de la carta, el banco anunció que la forma en que se administraba la cuenta (sic., L.B.) era inconsistente con la conducta habitual del banco para dicha cuenta y con sus estados de cuenta al abrir las cuentas. Se afirmó además que se pidió a los demandantes que proporcionaran explicaciones y documentos suficientes sobre la naturaleza de la actividad en las cuentas del grupo, y que se recibió una lista detallada y precisa, que los demandantes no cumplieron. El Banco explicó además que el Banco de Israel exige que esté familiarizado con la actividad del cliente, que reciba las explicaciones y referencias adecuadas para cada recibo y transacción realizada en la cuenta, y que no hay obligación de no permitir que se depositen los recibos.
A la luz de lo anterior, el Banco concluyó y anunció: