Casos legales

Caso (Tel Aviv) 262-04-17 Twiga Online Ltd. v. Mizrahi-Tefahot Bank Ltd. - parte 28

December 6, 2018
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También se determinó expresamente en cuanto al suministro de la información requerida al banco para distraerlo con respecto a la actividad del cliente, enTel-Aviv (Hai) 13195-04-16 M.R.M.  Express Ltd.  v.  Bank Leumi Ltd.  [publicado en Nevo], 2 de junio de 2016) que:

"Está claro que para llevar a cabo sus deberes bajo la ley, las instituciones bancarias tienen derecho a recibir toda la información que necesitan para "apaciguar sus mentes" con respecto a esta o aquella actividad en las cuentas de sus clientes, y para poder garantizar que no haya un uso ilegal de las cuentas, y así poder cumplir con sus obligaciones con los reguladores y con el público.  Además, incluso si tales requisitos dificultan al cliente y le exigen asignar recursos e insumos con el fin de cumplirlos, soy de la opinión de que está obligado a cumplirlos, sujeto al hecho de que son razonables en las circunstancias".

Del mismo modo, se llevó a cabo en Tel Aviv (Distrito Hai) 33211-05-15 A.Y.  Illustration Ltd.  v.  First International Bank of Israel [publicado en Nevo] (9/10/15) que no hay duda de que el banco tiene derecho, e incluso obligación, a saber quién es su cliente "real", quién está "parado frente a él", y que es importante proporcionar información precisa en tiempo real sobre la identidad del cliente, incluidos (por supuesto) los accionistas y gerentes mayoritarios.

(Distrito de Nazaret) 29308-03-15 Bustan HaHermon Trading Ltd.  v.  Bank Hapoalim [publicado en Nevo] (13 de abril de 2015) (en adelante: la "Sentencia Hermon Orchard"), el Tribunal de Distrito de Nazaret discutió la decisión de un banco con respecto al cierre de la cuenta del cliente.  Como parte de la audiencia, el tribunal hizo una distinción entre la negativa a abrir una cuenta en primer lugar y la negativa a continuar brindando servicios bancarios después de que la cuenta ya se haya abierto.  Por lo tanto, según el enfoque del Tribunal de Distrito en el mismo asunto:

"Cuando se trata de cerrar una cuenta, que ha estado en funcionamiento durante un período prolongado de tiempo (en nuestro caso, la cuenta ha estado en funcionamiento durante unos 17 años), el banco debe señalar razones de peso que justifiquen el cierre de la cuenta.  Las razones que justifican negarse a abrir una cuenta pueden ser insuficientes para cerrarla y negarse a seguir gestionándola.  Durante los años en los que se gestiona la cuenta, se crea una relación de confianza y lealtad entre el cliente y el banco y sus empleados, que están expuestos a la actividad empresarial del cliente, su ciclo comercial, sus clientes, su flujo de ingresos y gastos, y una gran cantidad de otra información, que puede ser sensible para la gestión continua del negocio.  Además, durante la operación de la cuenta, el banco emite chequeras al cliente, a través de las cuales paga a empleados, proveedores, clientes y diversas instituciones.  Cerrar la cuenta y reubicar la actividad en otro banco puede perjudicar la actividad regular del cliente, el negocio que administra e incluso su reputación y buen nombre frente a todo esto".

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