La Sra. Ruth Tal también señala que el demandante se puso en contacto con ella en su carta de 26 de abril de 1996 (Rt/9 de su declaración jurada) y que se reunió con él más de una vez, y sobre la base de la investigación que realizó con él y de un examen de los cuadernos de examen, opinó que el demandante supuestamente cometió una falta disciplinaria por intentar hacer trampa en el examen, y el demandante, por su parte, le dijo que no presentaría una reclamación de prescripción ya que la iniciativa del procedimiento disciplinario era de su parte.
En su declaración jurada, la Sra. Ruth Tal señala que el profesor, el Dr. A. Bendor sí presentó la denuncia, pero no testificó en la audiencia porque no examinó los cuadernos de examen del solicitante y, por lo tanto, su testimonio no pudo arrojar luz sobre los hechos y, de acuerdo con la sección 10 (j) del Reglamento Disciplinario, Apéndice 5 del estímulo de apertura, la presencia del profesor en el momento de la audiencia de la queja no es obligatoria.
Con respecto al testimonio del testigo de la defensa, Tomer Shitrit señala que su testimonio fue marginal con respecto a la forma en que se escribieron los exámenes en la Facultad de Derecho, y que el Supervisor Adjunto de Disciplina aceptó este testimonio como correcto y, por lo tanto, no consideró adecuado escuchar el testimonio de otro estudiante que repite el mismo testimonio.
La declarante, Sra. Tal, también señala que el reclamo del solicitante de que fue perjudicado porque su solicitud de posponer la fecha de la audiencia fue rechazada, debe ser rechazada, ya que recibió la notificación 8 días antes de la fecha de la audiencia, para que tuviera tiempo de preparar su defensa.
En cuanto a la afirmación del solicitante de que el memorándum no fue firmado por el juez, el declarante señala que esto es cierto, pero el solicitante no demostró cómo se privó de sus derechos, y el declarante también afirma que existe un enfoque sofisticado y de mala fe por parte del solicitante, es decir, que cambia de opinión de acuerdo con su propio interés.